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Independientemente de lo que pensemos cada uno, objetivamente, quien puede valorar la situación es la auditoría legal que la empresa ha de pasar obligatoriamente. En mi opinión, la dedicación del técnico es discutible pero contratar la vigilancia de la salud con un SPA lo veo correcto.
Un saludo.
18 febrero, 2004 a las 22:31:57 en respuesta a: Pyme o Comercio “modelo” en el tratamiento de la prevencion de riesgos laborales #256955 Agradecimientos: 0Puedes obtener información en CEPYME (Confederación española de la pequeña y mediana empresa).
Un saludo.
La referencia es el artículo Artículo 115. Concepto del accidente de trabajo de la Ley General de la Seguridad Social. En el apartado 4 punto a dice lo siguiente:
Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, entendiéndose por ésta la que sea de tal naturaleza que ninguna relación guarde con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente. En ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.
Por tanto, es posible que no lo sea, pero debes juzgar tú mismo que sabes los detalles del suceso. Un saludo.
En la página del INSHT puedes obtener la mayoría de los Servicios de Prevención Ajenos, Centos de Formación etc. En septiembre saldrán más ofertas. Ten paciencia. Cuentas con una buena experiencia y ahora en prevención es muy importante. Un saludo y suerte.
8 julio, 2003 a las 18:45:16 en respuesta a: herramientas necesarias para seguridad en el trabajo #273911 Agradecimientos: 0Dependiendo para las especialidades para las que estén acreditados por la autoridad laboral deberán contar con unos medios u otros, a parte del personal capacitado necesario en función de las especialidades asumidas y el número de empresas a las que se les va a dar servicio.
Si están acreditados para Vigilancia de la Salud, tendrían que contar con todo el instrumental y personal necesario para poder llevar a cabo los protocolos mínimos establecidos por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud y otros específicos.
Si cuentan con Higiene Industrial, deberán ser capaces de tomar mediciones de agentes químicos (amianto, fibra de vidrio etc.), físicos (ruido, estrés térmico etc.) y biológicos.
Si cuentan con Ergonomía deberán tener los medios necesarios para realizar mediciones de confort térmico, ambiental, cámaras de video, etc.
Un saludo.
8 julio, 2003 a las 18:36:35 en respuesta a: Memoria anual de actividades #273919 Agradecimientos: 0En cuanto a la memoria, debe incluir todas las actuaciones con fecha (mes) que ha llevado a cabo el Servicio de Prevención: realización de evaluaciones, auditorías, cursos de formación, planes de emergencia etc. en fin, todo.
En cuanto a la evaluación, habría que tomar unos indicadores como pueden ser estadísticas de siniestralidad, resultados de auditorías, indicadores de implantación del sistema, inspecciones, resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo, resultados del control activo etc. Si consultas la norma UNE 81900, te quedará seguramente más claro.
Un saludo.
8 julio, 2003 a las 18:28:08 en respuesta a: servicio mancomunado de prevencion #273926 Agradecimientos: 0El punto de origen sería el acta de constitución, que daría validez a su funcionamiento.
Los medios serían:
Personales: Técnicos para cubrir las tres especialidades y personal de apoyo necesario (con titulación en prevención ya sea intermedio o básico).
Técnicos: Sistemas de comunicación necesarios, aparatos para mediciones si es necesario aunque se pueden contratar tales mediciones, instalaciones adecuadas geográficamente etc.
Una vez que todo esto está descrito detalladamente en el acta de constitución, habría que programar las actividades anualmente, concluyendo con la memoria anual de los Servicios de Prevención.
Un saludo.
Añado a lo anterior y a modo de introducción, la página .
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces En la NTP puedes encontrar bastante información. Por ejemplo, en la NTP 509: Válvulas de seguridad: modos de fallo y fiabilidad, puedes encontrar tablas de indicadores. También NTP 566: Señalización de recipientes y tuberías: aplicaciones prácticas habla del color de las tuberías de los distintos fluídos, incluído el gas natural.
Si estás interesada, en un check list sobre seguridad en instalaciones de gas, aunque no es propiamente fabricación, mándame un email y te lo envío.
Un saludo.
2 diciembre, 2002 a las 18:19:33 en respuesta a: Ejemplos de planes de prevención #287609 Agradecimientos: 0Puedes ver un ejemplo de un índice en la siguiente dirección:
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces En también hay una sección de material didáctico que incluye vídeos. Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces 2 diciembre, 2002 a las 17:47:48 en respuesta a: INDIGNANTE: Trabajo en menores #287628 Agradecimientos: 0De acuerdo contigo compañero, pero no generalices en los países de habla latina porque no es justo. Gente sin conciencia la hay pero no toda.
Un saludo.
Hace relativamente poco tiempo se ha actualizado el Reglamento de Aparatos a Presión por normas europeas armonizadas. Para saber si es obligatorio o simplemente recomendable lo que tu expones puedes consultar el reglamento o las normas actuales (), publicadas como UNE. Lo primero habría que identificar se la instalación de la que hablas aplica a alguna ITC específica.
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces 30 noviembre, 2002 a las 20:55:53 en respuesta a: Curso de Auditor de Riesgos Laborales #287730 Agradecimientos: 0Conozco varios: Universidad Carlos III, Suffolk Universy Boston, Escuela de Ciencias de la Salud, SGS-ICS, Bureau Veritas, AENOR etc. Sólo el de la Suffolk University se ajusta a las especificaciones de cualificación de la norma UNE 81903 cualificación de auditores.
Un saludo.
Puedes consultar las siguinetes notas del insht:
NTP 494: Soldadura eléctrica al arco: normas de seguridad
NTP 495: Soldadura oxiacetilénica y oxicorte: normas de seguridad
Son las más básicas pero deben existir más.
Un saludo.
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