Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: CAIDAS EN ALTURA #209329 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    La protección más eficaz sin ninguna duda es la red horizontal. La alternativa que tienes a colocar la red sobre los fondos de viga, es colocar la red mediante ganchos a puntales entre sopandas. Esta solución es rápida de colocar, la puedes hacer desde el forjado inferior con la ayuda ,en este caso de 5 m de altura, de una escalera de tijera, y protege al trabajador antes de que empiece el entablado. Lo que está claro también es que cuando haces los fondos de viga dependes de una protección individual.

    La otra opción que conozco es un sistema de la casa comercial ALSINA que si no me confundo se denomina ALSIPERCHA. Es una especie de horca que se mete en el pilar, en donde a la hora de hormigonar se mete un cono de aluminio, y a la que se engancha el trabajador. Tiene la ventaja de que a pesar de que se trata de una protección individual, tiene un radio de giro amplio y el trabajador tiene bastante movilidad.

    Un saludo

    en respuesta a: MENOR EN CONSTRUCCION #209438 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    La LPRL en el artículo 27.2. establece que el gobierno limitará la contratación de menores en trabajos que presenten riesgos específicos, y el RD 1627/97 en el anejo II define los riesgos de altura como trabajo con riesgo especial. En el decreto del 57 aunque sea una castaña pone en el artículo 1 d) que están prohibidos los trabajos a más de 4 m del suelo para menores salvo condiciones especiales

    Con esto que te comento me resulta dificil encajar un menor en trabajos de encofrado en el que en general su principal riesgo es la caída de altura.

    Es cierto que salvo error mío, no existe un texto legal que lo prohíba expresamente pero opino que la unión de estos textos imposibilita estos trabajos a menores.

    Un saludo

    en respuesta a: categoria profesional #209383 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    En el convenio general de la construcción en vigor en el artículo 32 se establece que antes del 31 de diciembre de 2002 habría una clasificación profesional nueva que sustituya a la que está en vigor que si mis datos no son erroneos es la ordenaza laboral de la construcción de 1970. Hasta la fecha no se tiene conocimeintos de que haya salido esta nueva clasificación.

    Para complicarlo un poco más me consta que la inspección de trabajo sanciona a las empresas por tener a peones especilaistas manejando una sierra de corte, en contradicción con las atribuciones de la ordenaza de 1970.

    Lo que en general están haciendo las empresas de construcción es que para manejar cualquier tipo de máquina el trabajador sea oficial 2ª mínimo. Hecha la norma hecha la trampa, los peones se convierten automáticamente en oficales 2ª (la diferencia a pagar es mínima), pero la aptitud el trabajador es la misma.

    Un saludo.

    en respuesta a: comedor y vestuarios #209351 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    En el RD 486/97 sobre condiciones de los lugares de trabajo en el anejo V A) apartado 2 punto 10ºdice que los vestuarios no se utilizarán para usos distintos que para los que están destinados, con lo cual se entiende que debe estar separados del comedor. En este RD dice además que los comedores deben permitir la alimentación de los trabajadores en condiciones adecuadas. No parece que la unión de vestuario (que genera olores y polvo) sea compatible con lo dicho anteriormente.

    Además en la Ordenanza de Seguridad e Higiene de 1971, que ya está derogada, pero que se toma como referencia para cuantificar y definir lo que está expresado de forma general en el RD 486/97 dice en su artículo 36.1. “Los comedores que instalen las Empresas para sus trabajadores, estarán ubicados en lugares próximos a los de trabajo, separados de otros locales y de focos insalubres o molestos.

    Un saludo

    en respuesta a: Novato en riesgos laborales #209345 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Lo primero de todo, tal y como tu comentas es hacer el curso superior de prevención de riesgos laborales. Te recomiendo que sea presencial porque la diferencia en cuanto a conocimentos adquiridos es notable. Hasta que no tengas el título no debes encargarte de ningún tema de prevención, al menos de manera oficial, pues no dispones de la titulación ni de los conocimientos para ejercer.

    Un saludo

    en respuesta a: empresa -4 trabajadores #209525 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Es obligatorio para todas las empresas tener un modelo de organización preventiva según se detalla en el capítulo III del RD 39/1997sobre Reglamento de los Servicios de Prevención, pero no tiene porque ser obligatoriamente un servicio de prevención ajeno.

    Esa es una de las opciones. Las otras dos que encajan en una empresa de 3 trabajadores de escayola es que el empresario asuma la actividad preventiva o se designen trabajadores para que realicen estas funciones.

    Si asume el empresario la actividad preventiva hay que tener en cuenta que el nº de trabajadores sea menor de 6. Tanto para la modalidad de empresario como de trabajador designado deben tener una formación preventiva acorde con las labores que se van a desarrollar, y que se detalla en el capítulo VI del RD 39/1997.

    Un saludo

    Alberto L
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    agosto 2005


    Estas subvenciones las suelen dar las comunidades autónomas a través de los Institutos autonómicos de Prevención de riesgos laboles o a través de la Fundación Laboral de la Construcción de cada comunidad autónoma. Infórmate en estos 2 sitios.

    Un saludo

    en respuesta a: Técnico básico en obra de construcción #209715 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Si en el contrato que firmasteís con la contrata del promotor no pone nada de que debaís tener un prevencionista básico en obra, tal como han relatado otros compañeros, la subcontrata no debe asumir ese coste.

    Según el criterio técnico sobre presencia de recursos preventivos de la Inspección de trabajo y seguridad social en su punto segundo apartado 1.a) dice literalemente “La exigencia de la presencia de recursos preventivos en las obras se aplicará a cada contratista, teniendo en cuenta la definición de tal figura contenida en el artículo 2.1 h) del RD 1627/1997” (el que contrata con el promotor). Por tanto la obligación del recurso preventivo cuando así lo establece la ley es del contratista y nunca del subcontratista.

    Un saludo.

    en respuesta a: ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD #209632 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    El Estudio básico de seguridad y salud lo debe hacer el técnico designado por el promotor de la obra (el que pone el dinero). Hay que tener en cuenta la cualificación técnica que te relatan en la anterior respuesta, y que si es necesario nombrar coordinador de seguridad y salud en fase de proyecto (cuando en el proyecto intervengan varios proyectistas), el que elabore el estudio debe ser el coordinador en fase de proyecto. Cualquiera de las tres opciones que planteas es válida, si lo nombra el promotor.

    en respuesta a: MARTILLOS #209824 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Enhorabuena por la solución que pretendes aplicar porque estas aplicando los principios de la actividad preventiva como es reducir el riesgo en el origen.

    Entiendo que el ruido que se pretende minorar es debido al golpeo del martillo tradicional contra los elementos metálicos del andamio en la fase de montaje. Creo que en cualquier tienda de herramientas un poco grande debe haber martillos con la cabeza de goma o semejante para reducir el ruido. Lo que no sé, es si esta herramienta es operativa para el trabajo de montaje de andamios.

    Un saludo

    en respuesta a: ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD Y SALUD #209742 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Estás en lo cierto , hay que realizar el Plan de Seguridad y Salud de la obra, que tiene que ser aprobado, en el caso de que no sea necesario nombrar coordinador de seguridad, por la dirección facultativa de la obra.

    Esto es lo que pone el RD 1627/97, en la práctica el plan de seguridad de una obra pequeña de una comunidad que no dispone de dirección facultativa, debe ser aprobado por el representante del promotor (presidente de la comunidad)

    Un saludo

    en respuesta a: EQUIPOS DE TRABAJO #209951 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    Te debe entregar certificado CE de conformidad de la maquina. Si no tiene este certificado por ser una máquina de fabricación anterior al año de publicación del RD 1215/97, la maquina debe tener un “certificado de adecuación” a este RD mencionado.

    Este “certificado de adecuación” debería tenerlo, pues el plazo que da el RD para adecuar todos los equipos de trabajo es el 05/12/2003. De todas maneras hay empresas que hacen a día de hoy estas adecuaciones como son en general todas las que tienen departamento de seguridad industrial (eca, bureau veritas, sgs, itevelesa,…..).

    Un saludo

    en respuesta a: Y de repente una línea eléctrica… #209863 Agradecimientos: 0
    Alberto L
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    agosto 2005


    No te queda más remedio que redactar un anejo al PSS aprobado inicialmente por el coordinador en el que se detalle un procedimiento de trabajo y las medidas preventivas a adoptar. Pero eso lo tienes que hacer con esta línea eléctrica que apareció de repente y con todos los trabajos no contemplados en el PSS.

    Respecto a los Estudios de Seguridad y Salud constatar que son bastante deficientes, del tipo pega y corta para todos. Pero mientras las Inspecciones de trabajo cuando vayan a visitar una obra no pregunten por el estudio y como se ha adaptado la redacción del proyecto a la aplicación de las medidas preventivas descritas en el ESS no hay nada que hacer. Al final parece que vale cualquier estudio, sea bueno o malo.

    Creo que la obligación de los que somos técnicos de seguridad en las obras es que los planes de seguridad para obras, independientemente que los estudios sean deficientes, es que todas las operaciones que hay en la obra estén reflejadas en el Plan de seguridad y lo que es más importente que lo que dice el Plan lo conozcan los trabajadores.

    Un saludo

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