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26 enero, 2006 a las 17:37:41 en respuesta a: alcoholismo -Trabajador Borracho #195970 Agradecimientos: 0
Tu no tienes por qué tomar una decisión de sanción o de despido. Pasa el tema al departamento de personal por escrito, diciendo que son manifestaciones del Jefe de Obra. Y que desde allí, dada la gravedad del riesgo que corra el trabajador en el tajo que esté, se tomen las medidas que correspondan.
Si no hay departamento de personal, al dueño, gerente o responsable de la empresa que ha firmado el contrato del trabajador.27 diciembre, 2005 a las 08:36:23 en respuesta a: Plan de Seguridad y salud #199657 Agradecimientos: 0Este es el índice que yo sigo:
1. MEMORIA DESCRIPTIVA
1.1. OBJETIVOS DEL PLAN DE SEGURIDAD
1.2. CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA
1.2.1. Descripción de la obra
1.2.2. Instalaciones para el personal
1.2.3. Primeros auxilios y asistencia sanitaria
1.2.4. Prevención de incendios
1.2.5. Maquinaria de obra
1.3. INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA
1.4. SERVICIOS AFECTADOS Y RIESGOS A TERCEROS
1.5. SEGURIDAD APLICADA A LAS FASES DE OBRA
1.6. RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS EN LA UTILIZACIÓN DE MÁQUINAS, HERRAMIENTAS Y ELEMENTOS AUXILIARES.
1.6.1. Maquinaria
1.6.2. Herramientas
1.6.3. Elementos auxiliares2. PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
2.1. LEGISLACIÓN APLICABLE
2.2. CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN
2.2.1. Protecciones personales.
2.2.2. Protecciones colectivas
2.2.3. Subcontratas y trabajadores autónomos3. PRESUPUESTO
4. PLANOS Y OTROS
16 diciembre, 2005 a las 09:56:25 en respuesta a: Procedimiento para trabajos en altura #200414 Agradecimientos: 0Vete a esta dirección. Te puede valer.
Entra o regístrate para ver los enlaces 2 diciembre, 2005 a las 12:34:17 en respuesta a: APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO #202477 Agradecimientos: 0Acabo de hcer la pregunta concreta a la Delegación de Relaciones Laborales de mi provincia, Ourense, y me dicen que es obligatoria la apretura del centro de trabajo siempre que haya trabajadores destinados en la obra. Se tiene treinta dias para dar de alta la centro desde el momento en que empiecen las obras los subcontratistas, pero deben tener una adhesión por escrito al Plan de Seguridad del contratista principal o un Plan de Seguridad propio aprobado para empezar.
EStimo que como Técnico en Prevención, tienes una responsabiidad no solo moral, sino incluso judicial si llegara a producirse algún percance y tu no lo hubieras avisado oportunamente.
Creo que lo más práctica es hablar con el constructor amigablemente y explicarselo y si lo ves muy cerrado y que no hace caso, enterate bien y pregunta en los organismos oportunos tu implicación en el tema. El mero hecho de dejar allí la pregunta, puede hacer efecto para que tomen algunas medidas.
28 septiembre, 2005 a las 11:05:37 en respuesta a: DERRIBO Y CONSTRUCCIÓN: ¿DOS OBRAS? #207037 Agradecimientos: 0Si no entiendo mal, es una obra de construcción que se va a llevar a cabo, empezando por un derribo.
Si existe un solo proyecto con un solo estudio de seguridad, haces un solo plan de seguridad y pides una sola apertura de centro de trabajo y adelante. Como que se trata de una sola obra
Si existe un proyecto para el derribo y otro proyecto para la construcción, y cada uno de ellos tiene su estudio de seguridad, yo haría un plan de seguridad para el proyecto y otro para la construcción, pero la apertura de un solo centro de trabajo.
Si el derribo es un proyecto que no tiene estudio de seguridad, haría una evaluación del riesgo y abriría el centro de trabajo para toda la obra, incluida la construcción.
Si existgen dos Planes de Seguridad, habrá dos libros de visitas y dos libros de incidencias.
Si lo resuelves todo dentro del mismo Plan de seguridad, solo necesitarás uno.
Un saludo.
26 septiembre, 2005 a las 11:02:43 en respuesta a: TRABAJO EN O SOBRE CUBIERTAS INCLINADAS #207322 Agradecimientos: 0Por si te puede valer, te envío un trabajo que preparé para una charla en una obra.
Trabajo en tejados en pendiente
Sin las precauciones adecuadas, el trabajo en techos y tejados es una de las operaciones más peligrosas de la construcción.
Los accidentes más comunes que sufren los trabajadores se deben a:
Caídas desde el borde del techo;
Caídas a través de aberturas en los techos;
Caídas a través de techados frágiles.
Los accidentes les ocurren en su mayoría a obreros especializados en tejados y azoteas. Y hay otros muchos trabajadores que se ocupan simplemente de mantener o limpiar techos. Por lo que el riesgo de accidente es muy alto.
Antes de comenzar, es preciso planificar un sistema seguro de trabajo.
La superficie del tejado puede ser resbaladiza a causa del material del que está construida o por estar recubierta de musgo o liquen, o porque se ha puesto resbaladiza después de la lluvia o nieve.
Hay que tomar precauciones para reducir el riesgo de caídas, o para que si ocurren, no causen lesiones graves a los trabajadores.
1. Tejados en pendiente
Todos los tejados en pendiente desde donde se pueda caer más de 2 m., necesitan protección en los bordes.
La protección debe tener forma de barreras lo suficientemente altas y resistentes como para detener a un obrero que rueda o se desliza por la pendiente.
A menos que los listones que sujetan las tejas al techo tengan la resistencia necesaria y puedan servir de apoyo a pies y manos, deben utilizarse escaleras de mano construidas para tal fin, aún en las tareas de inspección de corta duración.
2. Tejados frágiles
Antes de usar un techo como medio de acceso o lugar de trabajo, debemos asegurarnos de que ninguna parte de él tenga material frágil.
Algunos tejados pueden dar la falsa impresión de seguridad y de una superficie capaz de soportar peso, pero no van a resistir una carga concentrada como la del talón del pie o de todo el cuerpo si se tropieza o se cae.
No cometer el error muy común de creer que no hay peligro si se camina a lo largo de las líneas de remaches del recubrimiento.
A veces lo materiales frágiles no son fáciles de reconocer, sobre todo si se han pintado, alquitranado o arreglado.
Hay materiales como el fibrocemento, el vidrio con tejido metálico, el plástico ondulado, la chapa acanalada herrumbrada y las placas aislantes sin reforzar, que deben considerarse siempre como frágiles.
Una vez identificado el material frágil, o si se tiene dudas, utilizar por lo menos dos escaleras de techo o tablones con listones para pararse sobre uno cuando se mueve el otro.
Hay que adoptar precauciones especiales cuando se utiliza una canaleta de pretil como medio de acceso y el techo adyacente es de material frágil.
Utilizar tapas o barandillas de contención para no caer a través de él si se tropieza o resbala.
Es preciso colocar carteles destacados de advertencia en los accesos a los tejados frágiles.
3. Tablones de listones y escaleras de techo
Las tablas con listones atravesados y las escaleras de techo deben estar bien diseñados y construidos, y no hechos con sobrantes de madera que se hallen en la obra.
Las tablas deben tener listones de por lo menos 32 mm de groso a una distancia no mayo de 380 mm unos de otros, y deben amarrarse.
El anclaje o gancho de cumbrera de la parte superior de la escalera o tablón no debe apoyarse sólo en la cumbrera, que puede desprenderse, sino pasar por encima de ella a la pendiente opuesta del techo, y estar sujeta con una cuerda.
Las canaletas de los aleros no deben usarse como estribo, ni para apoyar las escaleras, ya que no son suficientemente resistentes.
14 septiembre, 2005 a las 10:57:47 en respuesta a: Sanción a un trabajador #208112 Agradecimientos: 0Esa pregunta es de recursos humanos.
La sanción es un recurso que te aconsejo no utilices nunca. No soluciona nada y crea malestar y rebote en los compañeros. Lo cual es lógico.
Debemos tener paciencia y mucho diálogo y formación con los compañeros que están en el tajo. Es una cuestión de cultura; cultura de prevención; y eso lleva tiempo.
Hoy la letra no entra con sangre, sino con paciencia. En muchos casos, tendremos que esperar un cambio de generación.
Haz cultura de prevención.
13 septiembre, 2005 a las 17:48:55 en respuesta a: Qué obras requieren proyecto #208180 Agradecimientos: 0Planteas el tema desde dos puntos de vista.
Punto de vista del promotor: debe hacer para ese caso proyecto y estudio de prevención a nivel básico o, digamos, normal, según las características del proyecto.
Si no lo hace, es su problema y responderá ante la Autoridad competente.
Punto de vista del constructor: debe pedirle el proyecto y el estudio; si no lo tiene, debe procurar que se lo aporte; si a pesar de todo no se lo da, el constructor, si es práctico, no tiene por qué perder la obra; hace una evaluación de riesgos por la obra que tiene que realizar, presenta la apertura de centro y empieza a construir.
Siento disentir de la opinión dada por Don Prevencio. Creo que la Mutua no tiene razón. El accidente in itinere se produce entre el domicilio y el centro de trabajo o viceversa.
Se entiende desde que sale del domicilio hasta que llega al trabajo, como desde que sale del trabajo hasta que llega a su domicilio.
Si fuera dentro del domicilio, no sería in itinere. Pero al ser en las escaleras del edificio, es como si estuviera en la calle. Conozco el caso de una caída en el portal de casa, con fractura de costilla, que el médico dictaminó accidente in itinere, y aunque el patrón se opuso a esta clasificación, el médico se mantuvo y se dió el accidente como tal.
1 junio, 2005 a las 15:57:26 en respuesta a: [RD 1627] A ver si lo tenemos claro… [ PROYECTO > ESTUDIO SS ] > PLAN #216201 Agradecimientos: 0El contratista siempre puede hacer un Plan de Seguridad, aunque no haya Estudio ni Estudio básico por razones de falta de supuesto para hacerlo.
Lo que no habrá será Coordinador en fase de ejecución que lo pueda aprobar.
Cuando la obra es tan pequeña y rápida que no da pie a proyecto y por tanto a Estudio de Seguridad, lo que cabe hacer es una EVALUACION DE RIESGOS, que es en lo que se convierte el Plan de Seguridad del que hablé antes.
El contratista evalùa los riesgos de la pequeña obra, los redacta, los presenta en la correspondiene Delegación para su control y los conserva en obra como se conserva el Plan.
De modo, que en vez de titularlo Plan de Seguridad, se titula Evaluación de Riesgos y cumple los requisitos legales.
Esta es la información que me ha facilitado un Inspector de Seguridad de mi Comunidad.
Y me parece lógico.
30 marzo, 2005 a las 07:51:47 en respuesta a: Proyecto de montaje de Andamios #221688 Agradecimientos: 0Te recomendaría que leyeras con calma las NTP 530, 531 y 532. Te darán suficiente información sobre riesgos, medidas preventivas y normas conctructivas y de estabilidad. Las puedes encontrar en .
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces 30 marzo, 2005 a las 07:50:07 en respuesta a: Proyecto de montaje de Andamios #221687 Agradecimientos: 0Te recomendaría que leyeras con calma las NTP 530, 531 y 532. Tedarán suficiente información sobre riesgos, medidas preventivas y mpr,as conctructivas y de estabilidad. las puedes encontrar en .
Un saludo.
Entra o regístrate para ver los enlaces 18 marzo, 2005 a las 11:20:29 en respuesta a: Mi primer Plan de Seguridad y Salud #222356 Agradecimientos: 0Si me das tu dirección, puedo enviarte un plan tipo que te puede servir. Tendrías que adaptarlo a las necesidades de cada obra, pero creo que es suficiente para cumplir con los requisitos de prevención en la obra.
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