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18 enero, 2011 a las 16:18:00 en respuesta a: nº de trabajadores por Técnico #385004 Agradecimientos: 06 febrero, 2007 a las 12:55:00 en respuesta a: Trabajadore que no quieren firmar el analisis de riesgos #154635 Agradecimientos: 0
Me parece que Alanin te lo ha dejado bastante claro y estoy de acuerdo con él. Si por el motivo que creas, decides no hecharlo, levanta acta, que la firme el encargado y a ese hombre que se le haga una advertencia formal. Pero ten presente que si el no cumple, la responsabilidad va a ser tuya!!
1 febrero, 2007 a las 07:08:00 en respuesta a: Pantalones Largos en Verano #155577 Agradecimientos: 0Depende del sector y de los riesgos, però en general si, ya que los uniformes de trabajo de industrias son de pantalon largo, en la construcción es obligatorio, etc.
5 diciembre, 2006 a las 09:29:19 en respuesta a: Ruido de empresa colindante #161369 Agradecimientos: 0Pues en realidad si que seria de aplicación el RD 171/2004 ya que os veis expuestos a un riesgo de una empresa externa pero dentro de vuestras instalaciones. El emisor del ruido es quien debe aplicar dichas medidas de seguridad, reclamdle que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa actual sobre ruido. Revisar como dicen si hay una ordenanza y en ultimo caso denunciadlo, bien al ayuntamiento, bien a Inspección de Trabajo.
Bien, grácias por nada…
Pienso que con guantes de Kevlar se quemaria las manos por la radiacion de la soldadura, eso si, no se cortaria. Existen miles de tipos diferentes de guantes, para soldador hay una gran cantidad para escoger. Hay catalogos on-line que te describen para que son específicos los tipos de guantes que tienen, busca unos de protección tèrmica elevada (normalmente ya suelen ser también para protección mecanica dado el grosor que tienen)
Totalmente de acuerdo con lo que dice el compañero, al final te va a dar igual que lleven bota o zapato, los dos tienen las mismas protecciones y por lo que entiendo, en una tienda te van a cubrir el mismo riesgo unos que otros.
Debes revisar la modificación que se ha hecho recientemente del reglamento de los servicios de prevención.
Puedes consultar el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, pero según mi criterio, un menor no puede ejercer como instalador electricista ya que considero que es un trabajo peligroso i aparece contemplado en el Anexo la prohibición de trabajos de construcción de los menores, de todas maneras te sugiero que lo mires en el RD 614/2001 o el Reglamento electrotecnico de Baja tensión 842/2002.
Revisa la NTP 124
Esta trata sobre redes de seguridad, es posible que te pueda ser útil.Entra o regístrate para ver los enlaces El tema del peso de la carga es muy relativo, lo estipulado por norma son 25 kg y si es un trabajador entrenado, hasta 40, pero depende también de otros muchos factores ergonomicos, como el tipo de agarre, el número de repeticiones que debe levantar los pesos, la distancia de transporte, etc… para ir bien debes aplicar un metodo ergonomico, como mínimo calcular el peso máximo según el método del INSHT. En esta pàgina, en descargables, hay una tabla excel que autocalcula el resultado.
ITC-MIE12 del RD 1244/1979 sobre aparatos a presión y en concreto a calderas de agua caliente.
Las normas españolas como el RD 1215/1997 i el 1435, són normas traspuestas precisamente de dichas Directivas Europeas, por tanto, si cumple con las Directivas, cumple con los mínimos en seguridad establecidos en toda la comunidad europea.
– Exposición a polvo
– Exposición a sustancias nocivas o tòxicas
– Exposición a sustancias químicas
– Incendios
– Caída al mismo nivel (resbalones)
– Exposición a contactos tèrmicos (frio y calor)
– Ruido si hay?
– atropello o golpe con vehículo
– golpes y cortes
etc…7 agosto, 2006 a las 06:19:39 en respuesta a: LÍMITES DEL TÉCNICO INTERMEDIO EN MEDICIONES HIGIÉNICAS #173737 Agradecimientos: 0Las funciones de cada técnico, en función de su grado de formación, estan definidas en el Reglamento de los Servicios de Prevención.
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