Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 22)
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  • #67192 Agradecimientos: 0
    fondriest
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    noviembre 2009


    Vamos a realizar unos trabajos en el techo de una oficina que se encuentra dentro de un pabellón.
    El techo de esas oficinas no se puede pisar porque se hundiría.
    La idea es poner unos tablones de madera sobre las vigas para formar un suelo que serviría de base para que luego el trabajador se suba a una escalera para poder así realizar su trabajo. Esta escalera estaría sujetada por otra persona. ¿se puede realizar este trabajo de esta forma?
    Muchas gracias.

    #393098 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Mi bola de cristal está resplandeciente de tanto frotis, pero no hay manera… a veeeerrr… parece que dice algo…

    ¡Mou… ¿¿¿¿presidente de gobierno????!!!!

    Perdón por la broma matutina, pero, ¿qué quiere que le diga? A priori no parece muy estable todo aquello, no le parece… ¿que tal un andamiaje? tal vez unos puntales para reforzar esas vigas…

    Suerte con ello, pero poco más dle puedo decir.

    #393099 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    En esa zona no se puede poner un andamio y las vigas son grandes y soportarían el peso sin ningún problema.

    #393100 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    La cuestión es que no lo explicas detalladamente.
    ¿Es factible meter en el pabellón una cesta elevadora para acceder al punto de trabajo?
    Si no es así, y no hay otra forma de acceso, más que una un tanto rudimentaria como la que planteas (que no digo que sea segura o no), las reflexiones son las siguientes:

    – Es factible disponer una plataforma de trabajo provisional apoyada sobre las vigas, pero ésta debe sujetarse firmemente sin riesgo de que se desplace al pisarla, y se abran los tablones.
    – La colocación de esta plataforma (subir los tablones o chapas de andamio, colocarlos en su sitio y amarralos bien, ¿No generaría riesgo de caída para quien lo hiciera?
    – Si no te entiendo mal, planteas que una vez colocada la plataforma, el acceso a la misma tiene como objetivo colocar una escalera para llegar a un punto más alto aún, donde hay que trabajar.
    Si esto es así, recuerda que por mucho que sujetes la escalera, los trabajos en escaleras de mano a más de 3,5 metros (de altura de trabajo, no donde pones los pies) requieren el uso de arnés de seguridad amarrado a un punto seguro (no la escalera); máxime si además de la altura de la escalera le añadimos la altura del techo de las oficinas.

    Todo lo anterior, plantea serias dudas a quienes no conocemos bien las circunstancias del trabajo.

    #393101 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    La pregunta es…

    Tú trabajarías así ahí arriba?

    Si tardas en contestar… te has conetstado

    #393102 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Tienes varios trabajos para documentarte:

    ;
    ;

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    #393103 Agradecimientos: 0
    Segurito50
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    septiembre 2009


    Primero los tablones atados a las vigas.
    Habitualmente la escalera no es para trabajar sino para acceder.-
    Si armas un andamio de un cuerpo o dos, según necesidades y el operario trabaja atado con arnés y cabo de vida, creo sería lo conveniente

    #393104 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Me ha quedado muy claro que la forma de hacerlo es mediante una cesta elevadora de brazo articulado.

    Ahora mi duda es ¿quien imparte esta formación? ¿bastaría con una formación teórica?

    Muchas gracias a todos.

    Un saludo.

    #393105 Agradecimientos: 0
    El Americano
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    1
    octubre 2002

    Iniciado

    Buenas dias

    No basta con formacion teórica solo. Falta practica.

    No basta con los charlas de una alquilador o una SPA, Estos normalmiente son INFORMACION.

    Ver el ISO 18878.

    Hay un curso que TÜV certifica anualmiente y con auditorios de todo los centros que imparter estos cursos en el mundo. Cual es?

    Pus los cursos de IPAF. Y si yo imparte esta formacion.

    Puedo contactar con migo in

    Saludos

    P.D.IPAF PARTICIPA EN EL GRUPO DE TRABAJO DE AENOR PARA LA REDACCIÓN DE UNA NORMA SOBRE LA FORMACIÓN PARA LOS OPERADORES DE PLATAFORMAS ELEVADORAS

    El día 4 de noviembre empezaron los trabajos para el desarrollo de una norma UNE sobre la formación para los operadores de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP). El subcomité 9 del comité técnico 58 de AENOR se reunió en Madrid en la sede de AENOR, para la creación del grupo de trabajo que se dedicará a la labor de redacción de una norma que armonice los criterios para la formación de los operadores de PEMP.

    Se trata de un paso importante para la seguridad del sector de las plataformas elevdoras, ya que la actual ley de PRL y R.D. 1215 no hace mención alguna sobre los requisitos básicos para una formación adecuada y suficiente de los operadores, hecho que genera en el mercado mucha confusión y la impartición de cursos que se encuentran por debajo de cualquier estándar de calidad.

    En el grupo de trabajo participará activamente IPAF aportando todo su conocimiento y su experiencia de más de 25 años promoviendo la seguridad y la efectividad de los trabajos con plataformas elevadoras.

    Además de IPAF, el grupo de trabajo estará compuesto por expertos a nivel nacional que representan por completo el sector de las plataformas aéreas, tales como distribuidores, fabricantes, empresas de formación y alquiladores.

    #393106 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pero esa formación NO cumple con el artículo 19 de LPRL NI con la formación exigible por convenio colectivo de construcción (si es que es de aplicación)

    #393107 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    972
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    y también creo que hace falta el carnet de la NASA, porque como estás muy alto.
    Me parece que exagerar no conduce a nada.
    Todo eso me parece muy bien, pero la formación requerida para manejar una cesta elevadora es teórica y práctica y adecuada a los riesgos existentes. Y punto. Nadie define ningún carnet, ni que tenga que darla nadie.
    Un Servicio de Prevención puede perfectamente documentar una formación impartida por un monitor de una empresa alquiladora, complementado con las instrucciones contenidas en el manual de la máquina o las aportadas por el propio técnico en una o varias sesiones formativas que incluyan el manejo real de la máquina y el ejercicio de determinadas situaciones más o menos conflictivas.

    Lo demás son requisitos a mayores -que no quiere decir inútiles ni no recomendables- que ninguna ley exige.

    Me parece loable el esfuerzo de algunos organismos por normalizar esta cuestión -y de paso meterse pa la saca un porrón de dinero-; pero mientras tanto, no existe carnet de “cestero” ni nada que se le parezca, salvo lo estipulado en las normas específicas de construcción.
    Si así fuera, los alquiladores de cestas elevadoras estarían más tiesos que la mojama, porque no habría quien las manejara.

    #393108 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
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    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Y ¿Por qué no hacerlo por abajo la cubiertq con una plataforma elevadora? Aunque su pregunta es parecida, por la precisión y datos para opinar, como quien bajará de cada grupo de 2ª a 2ªB, aunque esta está mucho más acotada. . .(y dese cuenta que ni fijo el año). . .

    #393109 Agradecimientos: 0
    coordin
    Participante
    0
    febrero 2011


    Hola a todos

    Tengo una duda a ver si alguién me la puede resolver argumentándola Legalmente.
    Estoy como Coord. de Seg. y la cuestión es que el arquitecto ha montado un cimbrado de 3m de altura y a partir del cual quiere colocar los puntales (3 m.) para realizar el encofrado de la cubierta.
    Le he comentado que eso está prohibido por ser un Doble Apuntalamiento, pero me dice que se lo argumente legalmente, ya que en el doble apuntalamiento hace referencia a puntal contra puntal, pero no aparece nada de puntal sobre cimbrado.

    Muchas gracias

    #393110 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Que lo calcule (y lo firme) y posteriormente que certifique su correcto montaje antes de ponerlo en carga.

    Argumentos:

    RD 1627/1997, Anexo IV, Parte C, punto 11.b.

    #393111 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

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