Es evidente que hay un vacío legal. Pero, tal como lo planteas, el trabajador que realmente consuma tóxicos simplemente no se va a realizar el reconocimiento médico.
Porque la única forma de que el consentimiento del trabajador sea válido, en caso de una demanda, es si indica claramente las pruebas a las que se van a someter y el motivo de las determinaciones. Por tanto, en cuanto estén informados no se lo van a hacer.
La legislación actual, en este sentido, protege más los derechos individuales que los colectivos.
De todas formas, “ve con pies de plomo” en este tema si no quieres verte delante de un juez. Espero que todo te salga bien.
Saludos.