Buenos días a todos:
Soy técnico superior de prevención y leyendo el RD 1161/2001, por el que se establece el “Título Superior en Prevención de Riesgos Profesionales”, así como el RD 277/2003, por el que se establece el currículo del ciclo formativo. Sin embargo si se indica que para la lengua extranjera y sistemas informáticos si deben ser especialitas en el tema. En ningún sitio he visto indicado que el resto o parte del profesorado deban ser técnicos superiores en PRL, que sería lo lógico.
Este hecho es algo que me ha llamado mucho la atención, ya que no comprendo que una persona pueda enseñar sobre algo que no ha estudiado, no tiene una titulación ni experiencia. Está claro que todos sabemos leer un libro y contar aquello que hemos leído, pero también está claro que, por ejemplo yo que soy licenciada en químicas, no puedo dar clases de lengua y literatura en módulos, enseñanza secundaria o bachillerato.
¿Se da por supuesto que los profesores deben ser TÉCNICOS SUPERIORES EN PRL?
Si alguien sabe algo acerca de este heho le agradecería que me contestara a través del foro. Desde mi punto de vista es importante que los conocimientos adquiridos por los técnicos que salgan de este ciclo formativo no se basen únicamente en libros, sino que se puedan razonar desde el punto de vista de un técnico de prevención que ha realizado visitas y que conoce el tema in situ.
Un saludo y gracias por adelantado.
Silvia Moreno