Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #72658 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
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    diciembre 2003


    Sabio

    #429994 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @De locos wrote:

    ¿Qué os dice esto? Atentos a las competencias que se establecen para esta titulación:

    De Locos, esta titulación es la que hablamos tu y yo al final del hilo:

    Gracias y un saludo. Carlos

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    #429995 Agradecimientos: 0
    KPIQA
    Participante
    10
    27
    enero 2006

    Iniciado

    @De locos wrote:

    ¿Qué os dice esto? Atentos a las competencias que se establecen para esta titulación:

    También tiene que ver con este otro hilo:

    En aquella ocasión se discutió sobre el tema de competencias, y algunos defendieron que sólo se podían dirigir emergencias si tenías, al menos, nivel intermedio en PRL, en base a lo que dice el RD39/97 ¿Y ahora qué opinan con respecto a esta nueva titulación? ¿No es esta titulación habilitante para dirigir emergencias (véase el artículo 5), con un programa de nada menos que 120 créditos ECTS? Y OJO, este nuevo RD , en la disposición adicional tercera, capacita a los que tengan este título a a llevar a cabo las responsabilidades de nivel básico en PRL.

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    #429996 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @KPIQA wrote:

    @De locos wrote:

    ¿Qué os dice esto? Atentos a las competencias que se establecen para esta titulación:

    También tiene que ver con este otro hilo:

    En aquella ocasión se discutió sobre el tema de competencias, y algunos defendieron que sólo se podían dirigir emergencias si tenías, al menos, nivel intermedio en PRL, en base a lo que dice el RD39/97 ¿Y ahora qué opinan con respecto a esta nueva titulación? ¿No es esta titulación habilitante para dirigir emergencias (véase el artículo 5), con un programa de nada menos que 120 créditos ECTS? Y OJO, este nuevo RD , en la disposición adicional tercera, capacita a los que tengan este título a a llevar a cabo las responsabilidades de nivel básico en PRL.

    Por lo que tengo entendido y comenté en el otro hilo, esto es un intento para que los “bomberos” tengan un nivel minimo para oposiciones a cualquier puesto de trabajo, no tiene que ver con el que dirige una emergencia en una empresa, y si tiene que ver con una emergencia de escala superior, municipio, etc.
    Otra cosa, como me informaron, es que quede en aguas de borrajas, ya que las diferentes administraciones dificulten o simplemente aparquen el tema, porque cada cual es amo de su parcela… 😕

    Un saludo

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    #429997 Agradecimientos: 0
    KPIQA
    Participante
    10
    27
    enero 2006

    Iniciado

    @carlosgonzalez wrote:

    @KPIQA wrote:

    @De locos wrote:

    ¿Qué os dice esto? Atentos a las competencias que se establecen para esta titulación:

    También tiene que ver con este otro hilo:

    En aquella ocasión se discutió sobre el tema de competencias, y algunos defendieron que sólo se podían dirigir emergencias si tenías, al menos, nivel intermedio en PRL, en base a lo que dice el RD39/97 ¿Y ahora qué opinan con respecto a esta nueva titulación? ¿No es esta titulación habilitante para dirigir emergencias (véase el artículo 5), con un programa de nada menos que 120 créditos ECTS? Y OJO, este nuevo RD , en la disposición adicional tercera, capacita a los que tengan este título a a llevar a cabo las responsabilidades de nivel básico en PRL.

    Por lo que tengo entendido y comenté en el otro hilo, esto es un intento para que los “bomberos” tengan un nivel minimo para oposiciones a cualquier puesto de trabajo, no tiene que ver con el que dirige una emergencia en una empresa, y si tiene que ver con una emergencia de escala superior, municipio, etc.
    Otra cosa, como me informaron, es que quede en aguas de borrajas, ya que las diferentes administraciones dificulten o simplemente aparquen el tema, porque cada cual es amo de su parcela… 😕

    Un saludo

    Hola, Carlos, sí, la verdad es que el artículo 7 (entorno profesional) parece que lo orienta más a lo que dices (protección civil y demás), sólo quería aprovechar para retomar aquel hilo que generó cierta controversia.

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    #429998 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    En mi opinión, y a la vista del boe que adjuntas, esta titulación poco tiene que ver con la prevención de riesgos laborales.

    #429999 Agradecimientos: 1
    Tomperu
    Participante
    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    En mi opinión:
    Las emergencias son transversales y entran en varios campos: Concentraciones humanas, evacuaciones de trabajadores, diseño de las instalaciones, etc.
    Varios técnicos tienen cierto campo de competencias.
    Se han creado dos titulaciones: Una de técnico y otra de técnico superior. De forma simplificada una para operarios de emergencias y otra para responsables de emergencias.
    Los técnicos superiores tendrán competencias en los planes de autoprotección (Protección Civil, Ministerio del Interior) y obviamente en sus planes de emergencia y evacuación.
    En mi opinión los planes de autoprotección son trabajos interdisciplinares en los que diversos técnicos deben aportar su conocimiento.

    #430000 Agradecimientos: 1
    Tomperu
    Participante
    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    @KPIQA wrote:

    @De locos wrote:

    ¿Qué os dice esto? Atentos a las competencias que se establecen para esta titulación:

    También tiene que ver con este otro hilo:

    En aquella ocasión se discutió sobre el tema de competencias, y algunos defendieron que sólo se podían dirigir emergencias si tenías, al menos, nivel intermedio en PRL, en base a lo que dice el RD39/97 ¿Y ahora qué opinan con respecto a esta nueva titulación? ¿No es esta titulación habilitante para dirigir emergencias (véase el artículo 5), con un programa de nada menos que 120 créditos ECTS? Y OJO, este nuevo RD , en la disposición adicional tercera, capacita a los que tengan este título a a llevar a cabo las responsabilidades de nivel básico en PRL.

    Hola,
    actualmente todos los técnicos y técnicos superiores(a lo mejor alguno muy particular se escapa) reciben en su ciclo formativo la formación en PRL de nivel básico.

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