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  • #23282 Agradecimientos: 0
    AC
    Participante
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    septiembre 2001


    ¿Se puede hacer una evaluación de riesgos en al caso de un trabajador que trabaja en su propia casa?, ¿qué se consideraría centro de trabajo?, ¿cómo se fija el horario de trabajo, a efectos de considerar,si procede un accidente como de trabajo?
    ¿Conocéis legislación o sentencias al respecto?

    Gracias

    Un saludo

    #200334 Agradecimientos: 0
    Jeancito
    Participante
    0
    diciembre 2005


    Al menos debería existir en este caso un contrato de trabajo en donde se especifique claramente el horario de trabajo y también las funciones estableciendo de esta< manera una subordinación del empleado frente al empleador. Automáticamente un accidente "ocurrido con ocasión del trabajo se podría considerar como accidente de trabajo. Legislación Colombiana muy similar a la Española.

    #200335 Agradecimientos: 0
    R&L
    Participante
    0
    febrero 2005


    Esto es una situación de teletrabajo, tiene que tener un contrato de trabajo a domicilio, donde se especifique el lugar de trabajo.`Awqui es donde se debe llevar a cabo la evaluacion

    #200336 Agradecimientos: 0
    reinike
    Participante
    0
    agosto 2005


    tienes que determinar si existe subordinación y dependencia, me refiero con esto es si trabaja una cierta cantidad de horas y si s e le exige un horario determinado , ya que si no existe esto no se puede confirmar una relacion laboral y no se deberia evaluar su puesto de trabajo
    Solamente seria evaluable a solicitud personal del trabajador , pero como independiente.

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