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    LUIS RÁPALO SUÁREZ
    Participante
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    agosto 2005


    Saludos a todos!

    Me han comentado que los prevencionistas pueden certificar que máquinas anteriores a 1995 puedan cumplir con todas las disposiciones de seguridad que le fuesen aplicables. Entendía que eso sólo lo podían hacer organismos autorizados o el fabricante de las máquinas mediante declaración de conformidad.

    En caso que los prevencionistas podamos acreditar tal cosa,ejemplo: acreditar que un máquina que comprueba la carga de las baterías de los coches.

    ¿qué modelo, fuentes o lo que sea podría ayudarme para realizar tal trabajo?

    Muchas gracias

    Un deseo navideño: que todos cobremos el triple el año k viene.

    #200496 Agradecimientos: 0
    Fuga23
    Participante
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    octubre 2003


    SI puedes acreditar, o mejor dicho comprobar, si una maquina pasa el 12/15. Le tapas protecciones moviles, q tenga parada de emergencia y parada normal, q no se rearme, q tenga manual de instrucciones, etc etc. lo q no puedes es ponerle marcado CE si no eres de una empresa de certificacion. mirate el real decreto 12/15 de maquinas.un saludo

    #200497 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Ahí está, puedes comprobarlo, igual que compruebas que una obra está en condiciones. Lo que no puedes es acreditarlo, y por lo tanto sí que tendrás que recurrir a un organismo oficial si necesitas esa acreditación oficial.

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #200498 Agradecimientos: 0
    emod
    Participante
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    septiembre 2004


    Toda persona competente puede realizar lo indicado en el artículo 4 del rd 1215 (condiciones mínimas de seguridad en la utilización de los Equipos de trabajo).Después continúo.

    #200499 Agradecimientos: 0
    Lestsha
    Participante
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    octubre 2005


    Los TPRL podemos comprobar o verificar si una máquina está en condiciones de uso o si cumple los requisitos marcados por el RD, pero las autorizaciones legales como el marcado CE solo lo puede dar la empresa competente para ello.
    Si miras en esta dirección, tienes toda la legislación que corresponde a la maquinaria y su uso y autorización,
    Saludos

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    #200500 Agradecimientos: 0
    Jose Mª A.C.
    Participante
    0
    agosto 2001


    Un técnico competente se basta y se sobra para realizar el informe de certificación CE.

    Es decir, podemos evaluar el cumplimiento del RD1215, pero también podemos coger una máquina nueva, y certificarla.

    Es un decir, claro. Certificarla, la certificará la empresa fabricante. Nosotros podemos hacerle a esta empresa el expediente de certificación (que podemos firmar nosotros), y el certificado en sí (pero que firmará el representante de la empresa fabricante).

    No hay “empresas certificadoras”. Y las EIC's, ECA's, OCA's o como las queráis llamar sólo son necesarias cuando la máquina está incluida en el anexo I. Si no, son inútiles (son otra opción, pero más cara, y no es mejor que cualquier ingeniería o ingeniero de libre ejercicio).

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