- Este debate tiene 6 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 15 años, 7 meses por esther13.
-
AutorEntradas
-
buenios días,he leido y me ha comentado una empresa de formación de que a partir del 2011 va a ser obligatoria la posesión de la Targeta Profesional de la Construcción que acredite la formación en Prevención de Riesgos Laborales además de otras cosas, He le´do por encima el Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011 y no he visto nada que hable sobre la obligatoriedad de tenerla, ni perjuicios de no tenerla, ni sanciones, ni nada.
Sí alguien me pudiera decir donde aparece todo esto. donde nos dice que va a ser obligatorio? que sanciones contrae no tenerla? se podrá entrar en la obra sin ella? todo son dudas.
Muchas gracias a todos
Para que una empresa del sector de la construccion o del sector del metal te contrate necesitas acreditar tu formacion en prevencion de riesgos laborales por medio de esa tarjeta, es tu curriculum en formacion preventiva, para ello lo de la Tarjeta.
Puedes entrar en la pagina siguiente:Entra o regístrate para ver los enlaces A partir de 2011 será obligatoria para ser contratado en el sector de la construcción, y para tenerla habrá que acreditar una formación mínima de 8 horas (AUALA PERMANENTE) además de un curso específico según oficio.
Esto es grosso modo. Consulta el ConvenioCorrijo. Para la optención de la TPC solo es necesario el curso de aula permanente (8 horas). El curso específico por oficios será obligatorio por Convenio, pero no requisito para la obtención de la TPC
Cierto. Para la tarjeta solo es obligatorio tener las 8 horas. El curso por oficio es obligatorio para realizar ese oficio específico.
Agradezco la corrección.CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
2007-2011
Para obtener la TPC (obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011) hay que realizar, al menos, una de las actividades formativas en materia de prevención de riesgos laborales que se exponen en el citado convenio.Si se ha recibido otro tipo de formación en esta materia, se debe acreditar, para su validación, en cualquier punto de tramitación de la FLC.
ACUERDO ESTATAL DEL SECTOR DEL METAL
2008-2011
La Tarjeta profesional para las actividades y sectores del Metal que trabajan en obras de construcción únicamente será exigible a partir del 31 de diciembre de 2011.La formación recibida por los trabajadores del Sector del Metal en materia de prevención de riesgos laborales antes de la entrada en vigor de la revisión de este Acuerdo Estatal del Sector del Metal (17 de abril de 2008), es válida y podrá ser acreditada por éstos ante la FMF o la delegación territorial correspondiente, a efectos de solicitar la Tarjeta, siempre que el contenido de la formación abarque, al menos, el primer ciclo inicial mínimo de formación establecido en el anexo III del citado Acuerdo.
¿Y las empresas que trabajen en construcción pero tengan otro convenio? Según la consulta que realicé a FLC si no perteneces al convenio de la construcción no te dan la tarjeta. Aunque me imagino que esto cambiará a medida que les vaya surgiendo este problema.
-
AutorEntradas
- El debate ‘ TARGETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN’ está cerrado y no admite más respuestas.