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    RUBIDIO
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    marzo 2006

    Iniciado

    * En el día de ayer entró a trabajar en una empresa de construcción un trabajador de 32 años.
    Creo que ese mismo dia se formalizo el contrato de trabajo y se le dio de alta en la seguridad social, pero no es seguro.
    Tampoco ha pasado Reconocimiento médico previo y suministrado información ni formación.

    El caso es que este trabajador por la tarde sufrió un infarto en la obra y falleció.

    La empresa está lógicamente preocupada por lo que va a ocurrir a partir de ahora, puesto que no ha tenido tiempo de realizar esas actividades que estaban previstas para proximos días.

    Ruego me comenteis lo ocurrido en situaciones similares de las que tengais conocimiento.

    Un saludo

    #108890 Agradecimientos: 0
    prevencs
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    febrero 2008


    El tema, de entrada, es peliagudo, ya que la empresa ha incumplido(segun dices)casi todas las normativas( no reconocimiento medico de ingreso,no informacion,no formacion..etc. Ahora bien,se deberia estar seguro que el fallecimiento ha sido a consecuencia de un infarto. Este tipo de muerte casi subita, que yo sepa, solo se ha considerado accidente de trabajo en muy pocos casos, y diria que ninguno en un trabajador de la construccion.De todas maneras, si se hubiese llevado a cabo la preceptiva vigilancia de la salud inicial, se podria haber detectado algun tipo de patologia que posiblemente, hubiera derivado en un apto medico condicional, o no apto.
    Lo mas probable, es que si la defuncion de este trabajador es atribuible a una causa de origen cardiaco y no constan antecedentes de patologia de este tipo,es obvio que no ha sido a consecuencia de falta de medidas de seguridad, no ha existido negligencia en ningun aspecto por parte del empresario, a excepcion de la infraccion de normativa, con lo cual el resultado de todo, podria tener una dimension mas positiva para la empresa.
    No obstante, como he dicho mas arriba, lo que mas va a pesar en cuanto al punto de vista legal, va a ser la falta del preceptivo reconocimiento medico de ingreso.
    Un saludo.

    #108891 Agradecimientos: 0
    Ziredna
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    agosto 2006

    Iniciado

    No quiero ser alarmista pero… Sólo un par de noticias, asumiendo que no tuviese contrato ya que no estás seguro:

    Otro tema es que el infarto haya sido “accidente de trabajo”. Lo del reconocimiento médico – incluso en este foro parece que no hay “consenso” – de todas maneras, artículo 16:

    A ver si algún compañero tiene acceso a jurisprudencia de casos similares, aunque todos estos son incumplimientos regulados (p.e. formación e información).
    No nos damos cuenta que estas prácticas tan comunes en la construcción para que la gente se ponga a trabajar antesdeayer pueden resultar en marrones de este tipo…

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    #108892 Agradecimientos: 0
    prevencs
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    febrero 2008


    Doy por sentado, que aunque tu lo desconoces, el trabajador tenia contrato y estaba de alta en SS. ya que si no, la historia si que se complica para la empresa…bastante.
    Un saludo.

    #108893 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
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    marzo 2006

    Iniciado

    Muchas gracias intentaré recopilar mas información a lo largo del día.
    El seguimiento de este caso espero que sirva para concienciar a más de uno y más de dos.

    Un saludo.

    #108894 Agradecimientos: 0
    Herucuiwie
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    junio 2004


    Yo tuve un suceso parecido hace 3 años, en los que el trabajador no tenía realizado los reconocimientos médicos de vigilancia de la salud.

    Si mal no recuerdo, el protocolo de construcción, obliga a la realización de un electro de manera obligatoria a partir de 40 años (que alguien me lo aclare si me equivoco, por favor).

    Así que a pesar de que la ley dice que los trabajadores deben de tener la vigilancia de la salud, y la formación PREVIA al inicio de actividad, la realidad es muy, muy diferente.

    Por eso todos los spa, ponen un plazo razonable de realización de reconocimientos médicos y formación.

    Si estaba dado de alta en la seguridad social y contrato laboral en marcha, no tiene en principio que ser algo muy malo.

    Recuerdo un caso de un trabajador que en su primer dia de trabajo sin tener vigilancia ni formación, se subió a un andamio y le dio un medio ataque epiléctico, ya que esa condición se le había pasado comentar al jefe de obra que lo contrató……y delante de un técnico habilitado de prevención del organismo de mi Comunidad Autónoma.

    Y no pasó nada pq era el primer dia y el resto estaba en regla….Eso si, se bajó del andamio de por vida.

    #108895 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    Hablamos de un tema muy serio, y por eso quiero dejar constancia de que lo que aporto a continuación no es más que una opinión, basada en los pocos datos conocidos.

    Hay una razón fundamental para que se hagan reconocimientos iniciales, y es determinar la aptitud o no del trabajador para el desempeño de su trabajo. Existe la posibilidad de que este trabajador padeciese alguna patología que le impidiera por ej. realizar esfuerzos físicos importantes, como los que pueden ser necesarios en la construcción.

    No obstante el Reglamento del Servicio de Prevención establece que la evaluación de la salud inicial deberá efectuarse DESPUÉS de la incorporación al trabajo o DESPUÉS de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.

    Un reconocimiento médico previo a la incorporación puede interpretarse como una cura en salud ante casos como el acontecido, pero también hay quien puede verlo como una herramienta para discriminar en la contratación a aquellos que presenten algun tipo de falta de aptitud.

    También será importante conocer la posición de la mutua, en cuanto a considerarlo o no como accidente de trabajo, al tratarse de una patología no traumática.

    #108896 Agradecimientos: 0
    El Soro
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    diciembre 2003


    Es una pena!!

    Al principio todo el mundo se asusta mucho, después pasados unos meses………todo vuelve a ser como antes.

    #108897 Agradecimientos: 0
    rebeca vallejo da costa
    Participante
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    julio 2004


    Bueno si el suceso ha ocurrido tal y como estas describiendo no puede pasar gran cosa. Para empezar los contratos de trabajo tienen 10 dias para ser formalizados, lo que se exige es que este dado de alta antes de su incorporacion al trabajo, por otro lado el reconocimiento medico inicial es depués de su incorporacion al trabajo, art.37.3 apartado b)1ºdel RSP( reglamento servicios de prevencion), en cuanto a la formacion no ha dado tiempo a poder impartirla, en todo caso es la informacion de los riesgos lo primero que se podria haber dado.
    No obstante todo dependera porque si la familia decide denunciar a la empresa, lo mas seguro es que la responsabilidad civil tenga que pagarla y por supuesto mas vale que le hayan dado de alta antes de empezar a trabajar aunque sea la hora de antes por que si no tendra recargo de prestaciones. En fin te dejo mi correo por que me interesaria saber como acaba esto. , espero noticias de lo que vaya sucediendo.
    Un saludo.

    #108898 Agradecimientos: 0
    Chemav
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    noviembre 2007


    Con que estubiera dado de alta en la SS vale, ya que hay 10 días para la firma del contrato, y si no se firma, se presupone que hay un contrato verbal de carácter indefinido. Lo del reconocimiento médico, en función de qué fuera ha hacer el trabajador podría llegar a no ser obligatorio, aunque siendo un trabajo de la construcción….difícil…

    #108899 Agradecimientos: 0
    RUBIDIO
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    marzo 2006

    Iniciado

    * El trabajador habia sido dado de alta en la seguridad social esa mañana y hay contrato de trabajo. Por otra parte el informe del forense dice que el fallecimiendo se ha debido a muerte subita y parece ser que no hay síntomas de que este hombre tuviera dolencia cardiaca alguna.
    * La cita para pasar el reconocimiento médico estaba solicitada en la Mutua y las actividades con el Servicio de Prevención concertadas.

    La duda que les asalta y a mí también es sobre el momento en que la empresa debe cumplir con sus obligaciones conrespecto al trabajador.
    A mí me comunican periodicamente la entrada de nuevos trabajadores a las empresas pero la formación y la información hasta que les suministramos como SPA transcurre un periodo de tiempo, igual ocurre con los reconocimientos médicos, se contrata a un trabajador y se da cita para dentro de 3, 4 días o una semana.
    ¿Que ocurre entonces con ese trabajador, puede trabajar o no? La teoria o la normativa es muy clara pero la práctica…
    Como habeis mencionado el reconocimiento médico hay que hacerlo al trabajador una vez contratado, pero esto está en contradicción con lo que llamamos reconocimiento médico previo no?

    #108900 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    La información de riesgos y medidas preventivas (de su puesto de trabajo, de la obra, emergencias) ¿por qué no puede darla la empresa directamente? Por ejemplo a través de los mandos, recursos preventivos, etc.

    #108901 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: perdón, ya se porque no.

    #108902 Agradecimientos: 0
    javikoki
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    marzo 2004


    ¿Por que?

    #108903 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
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    mayo 2002


    Si el trabajador comenzo a trabajar sin reconocimiento medico y la formacion en una empresa homologada y fallecio de un sincope cardiaco ella sera la responsable de la muerte por no realizar tramites previos de acuerdo a las normativas.
    Si la empresa tiene buenos abogados la podran sacar a flote declarando que el trabajador comenzo a trabajar sin el consentimiento de ella.
    Pero tendra que justificar que no le notificaron la ficha de trabajo al trabajador.

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