- Este debate tiene 4 respuestas, 3 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 6 años, 4 meses por ICM75.
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Hola a tod@s,
Este es mi primer post en el foro. Después de un tiempo leyendo y aprendiendo, me he decidido (un poco obligado, eso sí) a consultaros un tema que me ha surgido en el curro
El caso es que me han encargado que me ocupe del tema de la revisión de la OCA de incendios en una EDAR. Y, después de n años, ésta (la OCA) se descuelga diciendo que según el RD 2267/2004, que tengo que poner sí o sí pulsadores manuales en la EDAR
¿Esto es así? ¿Me aplica el RD 2267/2004? Después de leer por encima el 2267 y la definición de industria de la Ley 21/1992, ¿una EDAR es una industria?
Gracias por anticipado por vuestra atención y vuestras posibles aportaciones.
Un saludo
Csmn
@Cusman Martínez wrote:
Hola a tod@s,
Este es mi primer post en el foro. Después de un tiempo leyendo y aprendiendo, me he decidido (un poco obligado, eso sí) a consultaros un tema que me ha surgido en el curro
El caso es que me han encargado que me ocupe del tema de la revisión de la OCA de incendios en una EDAR. Y, después de n años, ésta (la OCA) se descuelga diciendo que según el RD 2267/2004, que tengo que poner sí o sí pulsadores manuales en la EDAR
¿Esto es así? ¿Me aplica el RD 2267/2004? Después de leer por encima el 2267 y la definición de industria de la Ley 21/1992, ¿una EDAR es una industria?
Gracias por anticipado por vuestra atención y vuestras posibles aportaciones.
Un saludo
Csmn
De que año es la EDAR?
Una EDAR entra dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto.
La cuestión es que dicha normativa tiene una referencia en cuanto a su aplicabilidad a instalaciones existentes o no.
Depende de la fecha del proyecto de ejecución de la instalación.Pues me temo que entonces sí que le aplica porque el proyecto es del año 2010
Muchas gracias por vuestras respuestas
Csmn
@Cusman Martínez wrote:
Pues me temo que entonces sí que le aplica porque el proyecto es del año 2010
Muchas gracias por vuestras respuestas
Csmn
Bienvenido a este mundo. Yo también tuve que demandar la instalación de pulsadores que se habían “obviado” en el montaje original de una reforma. Se pusieron lógicamente, a pesar de que todos (incluido yo) veíamos una tontería y una inutilidad.
Es una aberración que el sistema de pulsadores (que tiene su precio porque implica una centralita de gestión y una importante tirada de cable) no pueda legalmente sustituirse por un sistema de comunicaciones alternativo (Ej: En muchas empresas, el personal lleva emisoras conectadas con una centralita, que son bastante más efectivas que darle a un pulsador). -
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