- Este debate tiene 7 respuestas, 8 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 22 años, 1 mes por Pablo11892.
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Un edificio de varias plantas, en el que las escaleras están protegidas pero dispone de varios ascensores, y no dispone de puertas RF. ¿El sector de incendios sería por planta, o al existir el hueco del ascensor, todas las plantas que este comunique formarían un único sector de incendios. Gracias.
sem portas corta-fogo torna-se dificil compartimentar uma qualquer secção, pelo que seria útil considerar toda a secção como um único sector de incêndios
Si las puertas no son cortafuegos habría que considerar todo el edificio un sólo sector. Mírate el R.D. 786/2001 de 6 de julio (BOE del 29 o 30 de Julio -Ministerio de Ciencia y tecnología) que igual te aclara algo.
Saludos.
Para que una parte del edificio pueda considerarse sector de incendios debe estar totalmente cerrado y en este caso se trata de un unico sector. Ademas de los huecos de los ascensores, debes comprobar que la instalacion del aire (si la hay) tiene compartimentacion, que las paredes que delimitan el sector traspasan el falso techo y llegan hasta el suelo del piso superior que sera el que tenga la RF necesaria, que no hay pequeños montacargas, montaplatos, etc que puedan hacer de chimeneas, que no hay patios interiores acristalados, …. Todas estas circunstancias pueden convertir en nula una pretendida sectorizacion.
bueno no me aclaras una cuestión: dices que las escaleras están protegidas, pero que las puertas no son RF. ¿ te refieres a las puertas de los ascensores, a las puertas de las escaleras o a las puertas internas de cada planta? porque de ello depende la cuestión
Si las puertas de las escaleras son RF, porque dices que las escaleras están protegidas,
Si las de los ascensores también (debe ser muy antiguo el ascensor y además incumplir la ley para no tenerlas)
Si, como apunta un compañero no hay comunicación por medio de conductos de aire, etc…que no estén protegidos por material RF (quiero decir que si el conducto de aire está fabricado o recubierto de un material RF se puede considerar aislado)
Puedes considerar cada planta como un sector de incendios . Si hay alguna condición que no se cumple, no.
Espero servirte de ayuda.
si los ascensores no disponen de vestibulo prévio que independice el hueco del ascensor de la planta se deberia considerar un único sector de incendios el edificio.
Sector de incendio será por planta.
Entiendo que una escalera es protegida cuando dispone de paredes resistentes al fuego en función: del uso, de altura de evacuación, o nivel de riesgo intrínseco de incendio, aparte debe disponer de la ventilación necesaria de la superficie capaz, etc.. La puerta que accede a dicha escalera debe ser la mitad de la RF de las paredes. He entendido que las puertas (de las escaleras) no son RF, por lo tanto, no es una escalera protegida. Lo normal es que el ascensor esté dentro del sector que constituye la escalera protegida. No obstante, consulta la NBE-CPI/96, 7.3.3 Aparatos elevadores y tal vez encuentres otra solución.
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