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  • #67128 Agradecimientos: 0
    tais
    Participante
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    agosto 2007


    Mi pregunta es la siguiente:
    En una empresa que es una sociedad cooperativa, con cinco socios y todos autonomos, tienen que contratar la vigilancia de la salud. La empresa no es de construcción, solo es un taller mecánico.
    Gracias.

    #392432 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    NO, lo que tienen es obligación de ORGANIZAR la atividad preventiva (TODA, incluida la vigilancia de la salud) de su empresa a traves de alguna de las modalidades existentes.

    #392433 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    En mi opinión, salvo que tengan contratados trabajadores por cuenta ajena, o sea para cumplir con alguna cláusula de contrato de servicios a “otras empresas” o haya algún requerimiento de ITSS no recurrible (basándose en alguna norma autonómica o vete tú a saber), la respuesta es NO.

    #392434 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    A las sociedades cooperativas les de aplicación la ley 31/95 de PRL en los mismos términos que a cualquier otra emrpesa, teniendo los socios cooperativistas que presten sus servicios en la misma la doble condicion de empresarios y trabajadores por cuenta ajena.

    #392435 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
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    11
    mayo 2005


    Maestro

    Totalmente de acuerdo con Icm:
    Ámbito de aplicacion de la LPRL “Igualmente serán aplicables a las sociedades cooperativas, constituidas de acuerdo con la legislación que les sea de aplicación, en las que existan socios cuya actividad consista en la prestación de un trabajo personal, con las peculiaridades derivadas de su normativa específica.”
    aludos

    #392436 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    ¿también para una cooperativa que no presta servicios a empresas sino únicamente a parículares? Sólo pregunto. Si así fuera, estaría de acuerdo con tu respuesta ICM.

    (recordemos que es un taller mecánico, no creo que salgan del taller a actuar como emrpesa de servicios para otras empresas… que no lo sé, todo puede ser, no te digo que no)

    #392437 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿Y que tiene que ver para quien trabajen?

    Las obligaciones de la ley de prl estan establecidas independientemente de para quien trabaje la empresa.

    #392438 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    pero no es una “empresa”…

    #392439 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    A efectos de la ley de prl sí (art. 3).

    #392440 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    Por si es de su interés. Lo digo más que nada porque estoy un poco oxidado y puede ser que mis opiniones al respecto estén erradas. Aquí tiene información que puede serle útil.

    Hasta luego!

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    #392441 Agradecimientos: 0
    Corsario76
    Participante
    0
    agosto 2010


    Ok!. Teneis razón tanto tú como Morgan. Un saludo a tod@s.

    #392447 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
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    1
    0
    febrero 2003

    Iniciado

    Independientemente de a que se dedique la empresa se tiene que disponer de un sistema de gestion de la PRL y esto incluye la vigilancia de la salud. La prevención puede se asumida por el empresario o por un trabajador designado, pero la VS no puede ser asumida por ellos y por tanto tiene que contratarse

    #392446 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    O no, también puede optar por constituir un SPM con otras empresas.

    #392445 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
    Participante
    1
    0
    febrero 2003

    Iniciado

    En efecto, la forma en gestionar la PRL no afecta a la NECESIDAD de que la vigilancia de la salud la haga un tercero ya que nadie de la empresa puede asumirla y una forma de contratarla es con un servicio de prevencion ajeno, o como indicas, mancomunado. En definitiva siempre tendran que CONTRATAR LA VS

    #392444 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Con un SPM NO se contrata, puesto que “en parte es tuyo”.

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