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  • #48462 Agradecimientos: 0
    joaltsa
    Participante
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    enero 2002


    Hola y feliz año a tod@s

    Mi pregunta es sencilla, o eso creo, tengo entendido que la distancia máxima entre cualquier punto y la salida de emergencia mas cercana no debe superar los 30 metros.¿ Estoy en lo cierto?¿Donde puedo encontrar información al respecto?

    gracias de antemano por vuestras respuestas.

    Un saludo

    #285390 Agradecimientos: 0
    magarmu
    Participante
    0
    diciembre 2002


    estas en lo cierto la distancia no debe superar los 25 metros

    lo puedes encontrar en la ley de PRL vigente

    #285391 Agradecimientos: 0
    MZR
    Participante
    0
    enero 2003


    EN CHILE, DEBES RECURRIR A LA ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCION. O EN SU EFECTO A MI PARECER DIRIGIRTE A LA PAGINA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS WWW. MOP.CL.

    #285392 Agradecimientos: 0
    JuanR
    Participante
    0
    agosto 2002


    Apartado 6, subapartado 6.3 del apéndice 2 del RD 786/2001 del 06 de Julio sobre Seguridad Contra Incendios En Los Establecimientos Induistriales. Encontrarás varias distancias en función de nivel de riesgo.

    #285393 Agradecimientos: 0
    Gilgames
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Dependiendo de la actividad, puede ser de aplicacion el RD 786 o la NBE-CPI/96 o anteriores y alli tienes las distancias segun el numero de personas a evacuar.

    #285394 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
    0
    febrero 2002


    o bien en nuestra página ver legislación

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