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  • #60862 Agradecimientos: 0
    romro
    Participante
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    octubre 2003


    Necesito saber si cualquier instalación electrica debe realizar revisiones anuales y si es así, en donde viene recogido, ya que lo que encuentro no es de la instalación completa sino solo de la puesta a tierra o para instalaciones concretas y a los 5 años.
    Gracias

    #342522 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Pues no todas.
    Hay que llegar a un limite de potencia
    contratada, me suena algo de 75, pero no lo recuerdo bien. Suele haber legislacion por comunidades autónomas.Lo he leido hace muy pocos días pero no recuerdo la disposición. Si lo encuentro te mando la referencia.

    #342523 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Pues donde te viene es en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y concretamente en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-05 Verificaciones e inspecciones.

    #342524 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Deverá consultar a legislação vigente mas nada obsta que as revisões tenham uma periodicidade menor tendo em vista a prevenção.

    #342525 Agradecimientos: 0
    sergiete
    Participante
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    enero 2007


    Hola,

    Debes consultar la ITC correspondiente a revisiones del Reglamento Electrotecnico de Baja Tension.
    En el siguiente vinculo tienes la ITC de la que te hablamos.

    Un saludo.

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    #342526 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    En Argentina por la Ley Nac. 19.587/72 es obligatorio efectuar la revisión de todas las instalaciones eléctricas que son consideradas críticas, debiendo registrarse en planillas de controles periódicos (mensual,trimestral o anual), y son evaluadas por las aseguradoras de riesgos del Trabajo.

    #342527 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
    Participante
    0
    marzo 2004


    Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, con respecto a la toma de tierra general de las instalaciones (ITC-BT-18):

    ­ “Personal técnicamente competente efectuará la comprobación de puesta a tierra, al menos anualmente, en la época en la que el terreno esté más seco. Para ello se medirá la resistencia de tierra, y se repararán con carácter urgente los defectos que se encuentren”.

    En la comunidad de Castilla y León, si la instalación eléctrica de la empresa supera los 100 Kw de potencia contratada, está obligada a las revisiones periódicas previstas en la Orden EYE236/2005 de la Consejería de Economía y Empleo de la JCyL.(hay excepciones à los 100 kw instalados para casos especiales como suelos mojados,de pública concurrencia, riesgos de incendio y explosión ,etc.)

    #342528 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Ya te han dicho la ITC donde lo pone. Una regla de recordatorio es que las instalaciones que necesitan contrato de3 mantenimiento de un añ, que se debe hacer con en instalador que ha hecho la instalación, es que debe haber proyecto electrotecnico.

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