Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, con respecto a la toma de tierra general de las instalaciones (ITC-BT-18):
“Personal técnicamente competente efectuará la comprobación de puesta a tierra, al menos anualmente, en la época en la que el terreno esté más seco. Para ello se medirá la resistencia de tierra, y se repararán con carácter urgente los defectos que se encuentren”.
En la comunidad de Castilla y León, si la instalación eléctrica de la empresa supera los 100 Kw de potencia contratada, está obligada a las revisiones periódicas previstas en la Orden EYE236/2005 de la Consejería de Economía y Empleo de la JCyL.(hay excepciones à los 100 kw instalados para casos especiales como suelos mojados,de pública concurrencia, riesgos de incendio y explosión ,etc.)