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    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    De un tiempo a esta parte e incluso desde mucho antes, se lleva debatiendo en el foro sobre la necesidad de titulación técnica o no del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución, si un graduado social o llamado actualmente relaciones laborales puede hacer coordinación, si un Ingeniero en Telecomunicaciones, Químico o lo que sea idem de lienzo, por no hablar de si debe disponer de formación expecífica en prevención o no. Creo que a día de hoy TODOS tenemos claro la existencia de la Ley de Ordenación de la Edificación y en lo que en la misma viene reglamentado respecto a este apartado o en el 1627 con su ya famoso “técnico competente” y al final nuestras respuestas no dejan de ser interpretaciones más o menos acertadas de los citados artículos, pero sólo eso, interpretaciones.

    No pretendo dar mi opinión porque creo que todo aquél que haya tenido a bien leerse mis respuestas sobre este tema tendrá claro cual es mi opinión pero me gustaría comentar una serie de cosas, no de interpretaciones sino de la vida real.

    Cada uno somos responsables de nuestros actos por lo que cada uno que haga lo que le dé la gana, que un graduado social o relaciones laborales o un ingeniero técnico informático quiere hacer Coordinación o una empresa le contrata para hacerla, allá él, su empresa y el promotor que le nombre, esto es un país libre o eso dicen, pero a mí no se me ocurre operar a un paisano sin ser médico y disponer de los medios adecuados, por mucho conocimiento que tenga del cuerpo humano o por muchas operaciones a las que haya asistido y a pesar de esto, se siguen haciendo operaciones ilegales en este país, de cirujía estética en peluquerías, abortos a domicilio, etc., etc., mientras no pase nada todos felices y contentos pero hay cuando pasa, ahí es cuando terceros, que sí tienen las cosas claras empiezan a opinar:

    – TODAS las autoridades laborales que tienen que ver con el tema de prevención lo tienen muy pero que muy clarito en lo que respecta a titulación técnica del Coordinador y la necesidad de formación en prevención y así se lo hacen saber a su señoría cuando se les pregunta.

    Por lo tanto, SEÑORES Y SEÑORAS de este foro, dejemos de elucubrar e interpretar sobre si un RRLL o técnico informático o lo que sea puede hacer coordinación o no y si quieren una respuesta clara diríjanse por escrito a la Inspección de Trabajo o al Insituto Autonómico de Seguridad y Salud donde vayan a desarrollar su trabajo y obtendrán la respuesta. Yo de mi Comunidad Autónoma ya tengo la respuesta y la del INSHT.

    – Como he comentado anteriormente, mientras no pasa nada todos felices y contentos, pero cuando te llaman a declarar en calidad de imputado, la boca se te queda seca y los nervios no los bajas ni con un balde de tila o vas muy tranquilo porque sabes que has hecho muy bien tu trabajo, pero va el abogado de la acusación y para arrancar la declaración lo primero que pregunta es titulación y formación en prevención, y es ahí cuando empiezan a entrar las dudas si serás o no “técnico competente” y va el abogado y dice para que conste en acta y poder atacar a otros aquello de “señoría que figure en acta que Don/Doña en virtud de lo reglamentado no está facultado para realizar coordinaciones”.

    – O cuando visita una obra un Inspector/a de Trabajo y al finalizar la visita te pregunta, que titulación tienes …. y formación en prevención, y al mes el Promotor se encuentra una carta de Inspección en la que le conmina a sustituir al Coordinador por no considerarlo “técnico competente”.

    – Y ya el colmo. Cuando empieza el baile de las hostias y va el Seguro de RC de la empresa y se lava las manos porque en el apartado 2 refleja lo siguiente: “El Tomador del Seguro, incluyendo sus empleados y técnicos en plantilla, LEGALMENTE HABILITADOS PARA EL EJERCICIO DE SU PROFESION …………”

    – Y para terminar, realizas una anotación en el Libro de Incidencias y el contratista en la siguiente página anota que en base a los criterios de la Autoridad Laboral la anotación anterior poca o ninguna validez tiene por considerar que el Coordinador, por su titulación y formación en prevención no puede tener la consideración de “técnico competente”.

    Y muchas otras lindezas más que durante todos estos años he visto y leído, pero que gracias a Dios (y toco madera) no me ha tocado sufrir. Insisto, hacer lo que os dé la gana porque la verdad es que tenemos la manía de comer todos los días pero mucho ojo, cada día se ponen las cosas mucho más jodidas para los que nos dedicamos a esto de la prevención, trabajes de Coordinador, de Técnico de Prevención (conozco dos acuerdos fiscal/abogados en los que les ha tocado parte de la china a los técnicos de prevención de las empresas), en SPA o lo que sea. Allá cada cual.

    Y para terminar, sigo sin tener mayor interés en operar sin tener el título de médico.

    #224270 Agradecimientos: 0
    RvR
    Participante
    0
    junio 2004


    Yo soy Diplomado en RRLL, y técnico superior en prevención de riesgos laborales en las especialidades de Seguridad en el trabajo, Higiene industrial, y Ergonomia y psicosociologia aplicada., y hoy por hoy que aun estoy iniciando mi carrera profesional (por desgracia aun no de pleno en la prevención), no se me ocurriria aceptar un puesto de coordinador de obra, ya que conozco mis limitaciones, y si ya un puesto de tecnico superior me requeriria un gran esfuerzo para poder desarrollar las actividades propias del pusto, ya que al empezar se que estaria muy perdido en cuestiones de normativa especifica del sector respectivo. Pero tambien te digo una cosa, si un día debido a la mala costumbre que tenemos los humanos de necesitar comer, necesitase el trabajo, y algun empresario me ofreciera un puesto de coordinador, no diria que no, tendria que doblar mis esfuerzos para poder no cagarla, y tener que asesorarme y trabajar 15 horas diarias, pero lo haria, y estoy seguro que mejor que algun “tecnico competente lo haria”. Y es que la ley no entiende de condicionantes, por que contestame una cosa, quien sabra mas, un tecnico en prevención que lleva 10 años en ejercicio, o un recien titulado que se encuentra con un titulo, el cual obtubo “pagando”, vale, la ley seguroq ue exoneraria antes al texnico competente, pero ¿quien sabria mejor lo que se hace?. Al igual que hay enfermeras que saben mas que los medicos, por que se preocupan por saber mas, he ir mas alla de su propio puesto de trabajo, tambien hay tecnicos intermedios que saben más que un superior y a su ves, tecnicos superiores titulados universitarios en RRLL, magisterio, ….. que se toman las cosas en serio y si se meten en alguna faceta profesional se molestan en aprender.

    Se que diras que eso no pasa, de acuerdo, en un juicioi como tu dices solo vale la titulacion, por que tenemos una ley incopentente,

    ¡no seria mejor someter a esa persona a un tribunal tecnico?, por que al igual que al aplicar la ley de prevencion tienes que ver la verdadera efectividad de unas medidas para una determinada tarea( por que igual si aplicas la ley no se puede trabajar), la ley deberia albergar un resquicio para determinados casos.

    #224271 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Muy oportuna la reflexión expuesta. La realidad pura y cruda tuve ocasión de manifestarle en estos dias, cuando se ocupan puestos como coordinadores de obras con una titulación académica que no guarda relación laboral en materia de construcción. La normativa vigente en este sentido no lo define integra y rigurosamente, conllevando a situaciones delicadas nada aconsejables a profesionales sin la competencia necesaria para tal fín. Pero, como muy bien dices, corroborado por Rvr, hay que comer, porque el hambre es muy fea, realidad que nos hace arriesgarnos en la vida, con las consecuencias derivadas posiblemente por un mal trago, incluso ajena a nosotros. Entonces, aplicamos aquél dicho de ” zapatero a tus zapatos”, y así evitaremos disgustos innecesarios.

    #224272 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Totalmente de acuerdo con XIrgu, excepto que hoy por hoy de modo extricto y sólo extricto podríamos decir que es exigible la formación en prevención, incluso a nivel superior, según lo que se dice en la LOE en su Artículo 1, punto 2 “Las obligaciones y responsabilidades relativas a la prevención de riesgos laborales en las obras de edificación se regirán por su legislacióin específica”. Pero lo cierto y posible es que el Técnico Competente sea aquel “que teniendo los suficientes conocimientos y experiencia, tenga la formación adecuada” (frase de D. Florentino Alonso Arenal subdirector del INSHT en la presentación del RD 1627/1997 el día 03-12-97 en respuesta a mi pregunta ¿Qué es Técnico Competente?), excepto cuando nos referimos a la LOE que todavía no había salido. Luego un Técnico Competente para una obra de dedoración “puede” serlo unm Decorador, pero para una obra de una vivienda tiene que serlo un Arquitecto o un Arquitecto Técnico sin que en base al RD 1627/1997 se le exija formación alguna en prevención, sí podría exigírsele en el ámbito de la LOE pero con una interpretación de modo absolutamente escatológico.

    En lo que no estoy ni un poco de acuerdo es con la contestación de Rvr por la que la necesidad primera de la persona, del animal vivo que es el comer, sea pretexto para hacer lo que sea, en ese sentido llegaríamos a…

    #224273 Agradecimientos: 0
    Kuaki
    Participante
    0
    octubre 2004


    Una bonita respuesta que seguro que viene de un ingeniero que no se encuentra con puertas cerradas de gente que tal vez (no quiero decir todos) sacaron su título pagando 1000 € en su colegio y asistiendo un único dia a clase (aunque despues resulta que son titulados competentes (yo diria superincompetentes) y que su colegio les regala un titulo pa que ganen un dinero muy facil). Yo la verdad nunca me arriesgaré a ser coordinador hasta que no cambie la ley y se me reconozca la formación suficiente (que creo tener igual que otros muxos) y se me conceda el privilegio de algunos pocos.

    Señalar también que no niego que un quimico será mejor higienista que yo y que un arquitecto sabra más de estructuras que yo, pero en temas de coordinación aun no conozco ninguna carrera especifica que sea de coordinador. Y el curso ese de coordinador que regalan los colegios ciertamente me lo paso por….(con perdon) pq como solo es para los del colegio supongo que debe ser el mismo tongo qe con los títulos de superior, es decir, a pagar y a cobrar.

    Espero no ofender a nadie aunque dicen que la verdad ofende y quien asi se sienta tal vez debería recapacitar de lo que dice y lo que piensa.

    Bonito artículo aunque trata de justificar algo injustificable y que únicamente pretende apartarnos de la prevencion a los graduados sociales (gente a la que se ha preparado para defender los derechos de los trabajadorres) y qe cuando unos listos vieron el xollo pretenden qitarnos a pasos agigantados de la prevencion, cubriendose tras sus colegios “profesionales” ( en perdon de los que realmente lo sean)

    #224274 Agradecimientos: 0
    Saboya
    Participante
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    agosto 2002


    Leida la reflexión. Leida la apreciación de Rvr.

    He de comentar, que a más de uno/a, de los que han dado lugar a la “Reflexión” de Xirgu, sobre como ser coordinador de seguridad, en la fase que sea, sin reunir las condiciones legales para ello, se les quitarian las ganas simplemente pasando unos dias a pié de obra y viviendo el mundo de la construcción.

    Si los legisladores han decidido sobre quienes puden ser coordinadores en fase de proyecto, o en fase de ejecución de obra, será porque han pensado que esas titulaciones habilitantes, eran las adecuadas para el desempeño de tal función. Los habilitados, se entiende, que estan formados academicamente en la materia que se trata. Mas tarde (LOE), delimitan sobre quienes han de ser los “técnicos competentes” y ahondan un poco más en el tema y precisan que deberá tener una cierta “dosis” de formación en materia de seguridad y salud, supongo que esto no parará ahí, que se seguirá precisando la “cantidad” de formación complementaria, por ejemplo; a mi personalmente, no me valdría que simplemente el técnico estuviese “habilitado”, sino que le exigiría un mínimo de experiencia acreditada en el sector: Tiene la formación académica, tiene una formación en materia de seguridad (a considerar), tiene una experiencia acreditada, … puede ser coordinador de seguridad, si no es así, no me vale. Un pipiolo/a (con formación en SS) no debe ser coordinador hasta que no tenga una experiencia mínima que le permita “conocer, localizar, evaluar,…. las distintas situaciones de riesgo/peligro, en una obra, en cada fase de obra, en cada unidad de obra. Como se desarrolla una obra de inicio a fín, las distintas situaciones de riesgo, de conflicto, una idea aproximada de la seguridad aplicada, lo que cuesta, en tiempo, en dinero, etc. Las pillerias de los operarios, las trampas de los “Empresarios”, los distintos oficios intervinentes, su comportamiento, “la falsa seguridad” aplicada, etc.

    ¿Te imaginas un coordinador/a de seguridad, que no tenga idea de que “vibrar, picar…” un hormigón?, ¿que formación ha recibido?, ¿como va ha ser coordinador en fase de proyecto?, ¿con que “cara” lo sueltas en la obra?. Formación académica ADECUADA, formación complementaria SUFICIENTE, ¿Y?… UNA EXPERIENCIA MÍNIMA.

    Este, señores foristas, el mundo de la construcción, es un mundo dificil, muy dificil, llevo 32 años de oficio, cronológicamente; jefe de obra, constructor, promotor, ejercicio libre …. y cada dia me encuentro con situaciones diferentes, no paras de sorprenderte, cuando crees que con tal “sujeto” has alcanzado el cenit, llega el burro de turno y…., ¡ te jode el record !.

    Creeme Rvr, si te digo que la legislación no se hace por capricho, se tienen en cuenta montañas de factores, técnicos asesores, legislación anterior, consultas al sector implicado, etc.

    Si has equivocado tu vocación, o ésta, se presentó tardiamente, rectifica…. y no te quejes. Para el estudio ni hay edad, ni barreras, es cuestión de tenacidad y sacrificio.

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