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    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    De un tiempo a esta parte e incluso desde mucho antes, se lleva debatiendo en el foro sobre la necesidad de titulación técnica o no del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución, si un graduado social o llamado actualmente relaciones laborales puede hacer coordinación, si un Ingeniero en Telecomunicaciones, Químico o lo que sea idem de lienzo, por no hablar de si debe disponer de formación expecífica en prevención o no. Creo que a día de hoy TODOS tenemos claro la existencia de la Ley de Ordenación de la Edificación y en lo que en la misma viene reglamentado respecto a este apartado o en el 1627 con su ya famoso “técnico competente” y al final nuestras respuestas no dejan de ser interpretaciones más o menos acertadas de los citados artículos, pero sólo eso, interpretaciones.

    No pretendo dar mi opinión porque creo que todo aquél que haya tenido a bien leerse mis respuestas sobre este tema tendrá claro cual es mi opinión pero me gustaría comentar una serie de cosas, no de interpretaciones sino de la vida real.

    Cada uno somos responsables de nuestros actos por lo que cada uno que haga lo que le dé la gana, que un graduado social o relaciones laborales o un ingeniero técnico informático quiere hacer Coordinación o una empresa le contrata para hacerla, allá él, su empresa y el promotor que le nombre, esto es un país libre o eso dicen, pero a mí no se me ocurre operar a un paisano sin ser médico y disponer de los medios adecuados, por mucho conocimiento que tenga del cuerpo humano o por muchas operaciones a las que haya asistido y a pesar de esto, se siguen haciendo operaciones ilegales en este país, de cirujía estética en peluquerías, abortos a domicilio, etc., etc., mientras no pase nada todos felices y contentos pero hay cuando pasa, ahí es cuando terceros, que sí tienen las cosas claras empiezan a opinar:

    – TODAS las autoridades laborales que tienen que ver con el tema de prevención lo tienen muy pero que muy clarito en lo que respecta a titulación técnica del Coordinador y la necesidad de formación en prevención y así se lo hacen saber a su señoría cuando se les pregunta.

    Por lo tanto, SEÑORES Y SEÑORAS de este foro, dejemos de elucubrar e interpretar sobre si un RRLL o técnico informático o lo que sea puede hacer coordinación o no y si quieren una respuesta clara diríjanse por escrito a la Inspección de Trabajo o al Insituto Autonómico de Seguridad y Salud donde vayan a desarrollar su trabajo y obtendrán la respuesta. Yo de mi Comunidad Autónoma ya tengo la respuesta y la del INSHT.

    – Como he comentado anteriormente, mientras no pasa nada todos felices y contentos, pero cuando te llaman a declarar en calidad de imputado, la boca se te queda seca y los nervios no los bajas ni con un balde de tila o vas muy tranquilo porque sabes que has hecho muy bien tu trabajo, pero va el abogado de la acusación y para arrancar la declaración lo primero que pregunta es titulación y formación en prevención, y es ahí cuando empiezan a entrar las dudas si serás o no “técnico competente” y va el abogado y dice para que conste en acta y poder atacar a otros aquello de “señoría que figure en acta que Don/Doña en virtud de lo reglamentado no está facultado para realizar coordinaciones”.

    – O cuando visita una obra un Inspector/a de Trabajo y al finalizar la visita te pregunta, que titulación tienes …. y formación en prevención, y al mes el Promotor se encuentra una carta de Inspección en la que le conmina a sustituir al Coordinador por no considerarlo “técnico competente”.

    – Y ya el colmo. Cuando empieza el baile de las hostias y va el Seguro de RC de la empresa y se lava las manos porque en el apartado 2 refleja lo siguiente: “El Tomador del Seguro, incluyendo sus empleados y técnicos en plantilla, LEGALMENTE HABILITADOS PARA EL EJERCICIO DE SU PROFESION …………”

    – Y para terminar, realizas una anotación en el Libro de Incidencias y el contratista en la siguiente página anota que en base a los criterios de la Autoridad Laboral la anotación anterior poca o ninguna validez tiene por considerar que el Coordinador, por su titulación y formación en prevención no puede tener la consideración de “técnico competente”.

    Y muchas otras lindezas más que durante todos estos años he visto y leído, pero que gracias a Dios (y toco madera) no me ha tocado sufrir. Insisto, hacer lo que os dé la gana porque la verdad es que tenemos la manía de comer todos los días pero mucho ojo, cada día se ponen las cosas mucho más jodidas para los que nos dedicamos a esto de la prevención, trabajes de Coordinador, de Técnico de Prevención (conozco dos acuerdos fiscal/abogados en los que les ha tocado parte de la china a los técnicos de prevención de las empresas), en SPA o lo que sea. Allá cada cual.

    Y para terminar, sigo sin tener mayor interés en operar sin tener el título de médico.

    #224275 Agradecimientos: 0
    Sal_va
    Participante
    0
    febrero 2005


    Creo que debiera tener como minimo una Titulacion Tecnica.

    #224276 Agradecimientos: 0
    Wladim
    Participante
    0
    febrero 2005


    La titulación debe darse solo si la persona es un poco joven e inexperta, debe acreditar estudios inherentes a su oficio. Si la persona no es titulada y obedece a años de experiencia, la podríamos aceptar, siempre y cuando algún organismo lo califíque y/o le entregue concimientos teóricos-técnicos en el area especifica.

    #224277 Agradecimientos: 0
    Ing. Hector
    Participante
    0
    diciembre 2003


    muy bueno tu articulo

    #224278 Agradecimientos: 0
    chacal
    Participante
    0
    junio 2002


    SI TIENES TITULACIÓN TÉCNICA, FORMACIÓN EN PREVENCIÓN Y TU COLEGIO PROFESIONAL TE RESPALDA Y TE VISA, NO VEO MAYOR PROBLEMA QUE EL QUE UNO ASUMA LA RESPONSABILIDAD.

    #224279 Agradecimientos: 0
    PrevenciónConstrucción
    Participante
    0
    julio 2004


    Opino que un coordinador que no tenga formación en prevención (master en prevención o curso de coordinador) tampoco debería trabajar de coordinador. En cuanto a la titulación que debería tener debería ser alguna de las relacionadas con construcción, arquitecto, aparejador, obras públicas, topografía, industriales,……, carreras que en sus asignaturas dan temas de construcción y que en la vida laboral están en obra la mayor parte del tiempo. Un ingeniero técnico naval por ejemplo no habrá pisado en su vida una obra por muy ingeniero que sea, y un abogado las habrá visto de lejos.

    #224280 Agradecimientos: 0
    zas5454
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Es absurdo que un licenciado en relaciones laborales, ingeniero informático, licenciado en derecho o diplomado en literatura pueda ejercer de coordinador de seguridad en edificación u obra pública. Por dos razones:

    1-La loe deja claro que no son técnicos competentes.

    2-La lógica dice que estos señores no tienen ni idea de donde se meten, no saben diferenciar lo que es una roldana de un ensayo de corte de un terreno. Por dios, no entiendo ni como se plantean estas cuestiones.

    Me parece un insulto a la inteligencia y querer llevar por bandera la ignorancia el hecho de que un graduado social si quiera se plantee este tema. Cada uno sabe de lo que sabe y seguro que el graduado social y tsprl sabe de cuestiones legales de prevención, pero ignora infinitamente lo que es una obra y qué medidas pueden ser necesarias y cómo se pueden adoptar. Alguna vez he leído informes de técnicos de prevención (no titulados en carrera técnica) sobre una de sus visitas a una obra y son de risa incluyendo frases como (riesgo en la obra de atrapamientos en la grúa amarilla). ESTE TIPO DE PERSONAS DESPRESTIGIAN LA PROFESIÓN DE PREVENCIONISTA PORQUE SALEN DE SU CAMPO NATURAL DE ACTUACIÓN. ES UNA VERGUENZA.

    #224281 Agradecimientos: 0
    maxachs
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Me parece muy correcto tu articulo y evidente lo que la LOE dice respecto a tecnico competente pero la descripción de ingeniero o ingeniero tecnico, arquitec …etc..me parece incorrecta.

    Primero a la hora de ser Coordinador debería especificar el 1627/97 que este técnico competente debería tener titulación en PRL

    Segundo como es posible que pueda ser coordinador un ingeniero informático, o forestal por poner ejemplos y sin embargo otras titulaciones que en determinados tipos de obra o trabajos serían un perfecto técnico competentes no lo pueden ser p.e. un geólogo en una establización de un talud, arqueólogo en un campaña arqueológica, etc…

    #224282 Agradecimientos: 0
    Indocumentao
    Participante
    0
    agosto 2004


    Enhorabuena por el artículo, ahora bien también nos podemos encontrar con un caso a la inversa, coordinadores de seguridad que tengan titulación técnica pero no tengan ni idea de prevención y no tengan ni siquiera el nivel básico, creo que todo esto debería quedar concretado en el RD 1627/1995 por que hay cada coordinador por ahí que……….

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