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  • #17748 Agradecimientos: 0
    Julen2007
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    mayo 2006


    Hola, trabajo en una empresa constructora, y para los trabajadores que estan en obra tengo claro que tienen la obligacion de hacerse el reconocimiento medico, no pueden negarse por el tipo de trabajo que realizan.

    Sin embargo, para los trabajadores que realizan funciones de administración, en oficinas, es “obligatorio” el reconocimiento médico??

    La empresa le presenta un escrito para que den su consentimiento, y creo que pueden negarse no?

    #169641 Agradecimientos: 0
    menjar
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    mayo 2005


    No existen ningun tipo de legislación/protocolo de la salud que oblige a realizar el reconocimiento a los trabajadores expuestos a pantallas de visualización de datos, por tanto no les puedes obligar a realizarsela, pero si que tendrias que tener una forma de registro/documento como que la empresa les ha ofrecido el poder acceder al reconocimiento.

    #169642 Agradecimientos: 0
    gusanit@
    Participante
    0
    septiembre 2006


    Los reconociminetos médicos obligatorios son los marcados por ley (radiaciones ionizantes tipo A, atmosferas sobre presión, …) o los acordados en el comité de Seguridad y Salud de las empresas.Si no se ha acordado en el comité de Seguridad y Salud de la empresa que sean obligatorios, no se puede obligar a nadie excepto que pudiera ocasionar un daño a terceros. La obligatoriedad significa que no vale ningún escrito por el que se les pueda eximir, la única exención que sirve es la de un juez. Otra cosa es que sean altamente recomendables, pero no es obligatorio.

    #169643 Agradecimientos: 0
    Okupita
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    0
    septiembre 2006


    Para los administrativos no es obligatorio que se hagan el reconocimiento siempre y cuando firmen la carta negándoses a realiozar el reco. Un saludo.

    #169644 Agradecimientos: 0
    A.TORRES
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    marzo 2004


    Si que hay un protocolo médico para pantallas de visualización de datos (veasé en la web del ministerio de sanidad. Al existir ese protocolo, como es para controlar cómo inciden las condiciones de trabajo en la salud del trabajador, la aplicacíón de ese protocolo a es puesto de trabajo es abligatoria y el trabajador no puede negarse a ello

    #169645 Agradecimientos: 0
    jose55
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Como sabes el artículo 22 o de vigilancia de la salud estipula que estos reconocimientos son voluntarios y la actividad de administractivo con trabajo en oficinas y PVD no se consideran como excepción. Por tanto, pueden negarse aunque deben firmar la negativa

    #169646 Agradecimientos: 0
    josema13
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    1
    julio 2004


    Si el administrativo está en obra y está adscrito al convenio de la construcción, el inicial es obligatorio tal y como marca el convenio (art.24)y el periódico anual puede ser objeto de renuncia por parte del trabajador, en caso de que esté en el convenio de oficina, consulta dicho convenio para ver lo que te dice y aplicalo.

    #169647 Agradecimientos: 0
    mincho70
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    0
    febrero 2003


    El reconocimiento es obligatorio para todo aquel trabajador que tenga en su labor algún tipo de riesgo, Ahora bien toda labor tiene riesgo, entonces según la lógica tendriamos que realizar examenes a todos nuestros trabajadores.

    #169648 Agradecimientos: 0
    TONI76
    Participante
    0
    julio 2004


    Siempre a vueltas con el art. 22., si lo leemos bien dice; “”…De este carácter voluntario sólo se exceptuaran…los supuestos en los que la realización de los reconocimientos médicos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud…”

    La única forma para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud son los Recos con su debida protocolización, que para este caso es el protocolo de pantallas de visualización de datos ( PVD ).

    Por tanto en todos y escribo todos los puestos de trabajo para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud son obligatorios los reconocimientos médicos.

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