Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 17)
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  • #838 Agradecimientos: 0
    muntplein
    Participante
    8
    2
    octubre 2002

    Iniciado

    Trabajadora sale por la puerta de mi centro de trabajo y se dirije al de la otra empresa para la que trabaja; en el trayecto la atropellan, en coma en el hospital y ya veremos cómo acaba.

    Al ser in itinere y afectar a un sólo trabajador no es necesaria comunicación urgente.

    La cuestión, yo creo que no es AT. Primero ya que no es un AT en el centro de trabajo, segundo no es en misión y tercero no es in itinere ya que no se trata del trayecto desde el domicilio al centro de trabajo.

    ¿Cómo lo véis?

    #78377 Agradecimientos: 0
    Tixu
    Participante
    0
    abril 2007


    En cuanto a la procedencia del trabajador, hay que justificar la causa. No importa si se sale del domicilio habitual o de otro cualquiera; lo decisivo es que el trabajador no interrumpa o desvíe su trayectoria hacia el trabajo por motivos ajenos al mismo. No obstante, se permiten pequeñas interrupciones, como desviarse para evitar un embotellamiento o para tomar un café o un bocadillo.

    #78369 Agradecimientos: 0
    preven 2005
    Participante
    0
    septiembre 2005


    Hay que ver por que sale o pasa por tu centro de trabajo, es el trayecto habitual? y si es asi se considera accidente del trayecto.

    #78370 Agradecimientos: 0
    Eduardo Benjumea Rodriguez
    Participante
    0
    febrero 2014


    Con esos datos, es accidente in itinere, porque alguien lo mandaría donde estaba. Digo yo

    #78371 Agradecimientos: 0
    Chemav
    Participante
    0
    noviembre 2007


    A ver, si el otro centro de trabajo, es de la misma empresa o grupo de empresas, y es dentro del horario laboral, sería in misión y se consideraría accidente de trabajo tal cual. Si la trabajadora va a otra empresa diferente para la que también trabaja (pluriempleo)sería, desde mi punto de vista, un accidente in itínere imputable a las dos empresas, de una sale, a la otra va. Sería imputable a las dos empresas si no hay solución de continuidad entre los dos trabajos, si la hubiera, habría que analizar donde estaba la trabajadora y de donde venía o hacia donde iba para imputar el accidente a una empresa o a otra.

    #78372 Agradecimientos: 0
    Abulop
    Participante
    0
    noviembre 2008


    Pues yo lo primero que opino que es un accidente de trabajo in itinere. Ahora si, solo estara de baja por AT en una de las empresas y en la otra por accidente no laboral/baja por IT, nada mas.

    Lo que hay que tener en cuenta e hilando muy muy fino, a que distancia del otro centro de trabajo estaba? mas cerca del tuyo o del otro? cuanto tiempo habia transcurrido desde la salida del trabajo? (hay que tener en cuenta que in itinere es el tiempo necesario de desplazamiento habitual desde el centro de trabajo al domicilio) por eso yo me declino que seria AT en la otra empresa por ir hacia ese trabajo y en tu empresa seria accidente no laboral, por tanto, baja por IT.
    Espero te sirva de ayuda, pero lo que esta claro es que en el pluriempleo, no puede estar en 2 sitios a la vez por Accidente de Trabajo.

    Un saludo

    #78373 Agradecimientos: 0
    BOMBERO 83
    Participante
    0
    junio 2008


    ESta persona realiza trabajo en horario establecido en tu empresa o solo algunas labores y

    #78374 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Desde luego, algo te dejas en el tintero: ¿que hacia la trabajadora en tu empresa? estaba trabajando para la otra empresa (como contrata), de visita, de pasada, trabaja para vosotros…¿? es un dato fundamental para poder saber de que hablamos.

    Otra pregunta: ¿cuando se dirigía a la otra empresa era para empezar su jornada, durante su jornada, fuera de su jornada,….?

    #78375 Agradecimientos: 0
    muer-d
    Participante
    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    según lo que cuentas es accidente en misión de trabajo puesto que como intuyo es en horario laboral.
    si no es en misión deberá el patrón demostrar que no estaba cumpliendo sus labores y por lo tanto ya no sera accidente de trabajo.
    es el empresario el tiene la obligación. Y salvo excepciones grandes siempre se presume que es accidente laboral si se produce en su horario de trabajo.
    es mi opinion

    #78376 Agradecimientos: 0
    Charly-risaro
    Participante
    0
    octubre 2008


    Es un accidente In Itínere, derivado de pluriempleo, se debe tener en cuenta varios factores:
    Primero, el trayecto realizado entre un centro de trabajo y el otro, debe ser lógico.
    Segundo, los tiempos, corroborar los horarios de salida de un empleo y el de ingreso al otro, ya que el accidente debe haber sucedido en un tiempo lógico en el cual la accidentada debía estar trasladandose hacia dicho lugar, es decir que tenía que estar alli en ese espacio tiempo.
    Tercero, de haber desviado su trayecto, corroborar si fue por razones validas, cortes de calles, embotellamientos, etc.
    Espero aporte.

    #78368 Agradecimientos: 0
    Batalleta
    Participante
    10
    15
    julio 2007

    Iniciado

    Añadiendo a lo que han dicho los compañeros, si es accidente in itinere pero de las dos empresas. A la hora de compensaciones económicas si queda demostrado que esa trabajadora estaba haciendo un trayecto habitual entre una empresa y la otra, vendrá del % cotizado en cada una de las empresas ya que las dos tienen la misma responsabilidad en el caso. Lo que sucederá es que la indemnización tardará ya que al no ser un caso claro y por su puesto ninguna de las empresas aceptará de buenas a primeras la responsabilidad e intentarán que la empresa contraria pague con todo basandose en el artículo “trayecto normal desde domicilio habitual hasta el centro de trabajo”. Pero lo que está claro es que hay muchas personas que trabajan 4 horas en una empresa y 4 horas en otra y por tanto tienen que estas protegidas en caso de que el accidente ocurra en estas circunstancias.

    Espero haberte ayudado.

    #78366 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    ¿Qué es?
    Pues es un tema de laboral, del DEPARTAMENTO DE RRHH, del Asesor que lleve estos temas o de la gestoría que hace las nóminas. NO ES UN TEMA DE PREVENCIÓN y ellos deben determinar qué es y si no existe alguna de estas figuras, un consejo, contratar a alguien para que os asesore.

    #78367 Agradecimientos: 0
    muer-d
    Participante
    15
    12
    octubre 2007

    Iniciado

    xirgu si que es un tema de prevencion. es un accidente y por tanto un tecnico deberá hacer una investigacion de accidente.
    Las consecuencias son otra cosa, y en eso si tedoy la razon que se apañen los empresarios asesores y demas agentes

    #78365 Agradecimientos: 0
    Softor
    Participante
    5
    5
    mayo 2007

    Iniciado

    Buenas tardes,

    Sin duda alguna es un accidente “in -itinere”, y creo que las dos empresas, falta saber cual de las dos mutuas emite el parte de baja (tu empresa o la otra) creo debéis comunicarlo a la ITSS y, que sean ellos los que os orienten un poco. También te aconsejo que antes de realizar la consulta con la ITSS, hables con tu servicio jurídico y te asesoren. Es un tema muy interesante, te ruego que cuando sepas el desenlace, tengas la amabilidad de compartirlo conmigo ()

    Un saludo.

    #78364 Agradecimientos: 0
    lindamae165809
    Participante
    0
    noviembre 2008


    Desde mi punto de vista, se puede considera Accidente in itinere(en camino). Se presupone que esta dentro del horario laboral y por alguna circunstancia fue requerida su presencia en tu centro de trabajo. Así que se dirigía del domicilio particular a su domicilio laboral.
    De igual forma, te sugiero que realizen un árbol de causas(investigación de accidentes). Tanto el Dpto. de RRHH como autoridad laboral que le competa.

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