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  • #69273 Agradecimientos: 0
    Sestao2
    Participante
    1
    10
    marzo 2006

    Iniciado

    Buenos días a todos:

    En los últimos días me ha surgido la duda de si un grupo electrógeno >10 kW debida tener el consiguiente proyecto de instalación.
    Por un lado se indica en el convenio estatal de la construcción y en la ITC-BT-04 (REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN DECRETO 842/2002, DE 2 DE AGOSTO)tengo dudas de si pertenece al grupo c o al d.

    El caso es que se ha consultado con Industria y se me ha comunicado que no es obligatorio realizar proyecto por pertenecer al grupo d por no ser un grupo electrogeno definitivo.

    Que pensais de todo esto?

    Gracias.

    #407903 Agradecimientos: 0
    josema13
    Participante
    1
    julio 2004


    Yo creo que la obligación del proyecto no viene tanto determinada en el caso que comentas con la temporalidad o el caracter definitivo de la instalación, sino con la potencia a la que hace referencia el apartado d,potencia superior a 50kw con caracter temporal, entiendo que no habría que realizar proyecto, en cuanto al apartado c tendriamos que prestar atención a la humedad que se vaya a generar en la obra, pero si atendemos al apartado c, creo que tendríamos que atender también al b Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de corrosión.
    Entiendo que aplicariamos el d con la potencia de referencia(no superior a 50 kw).

    #407904 Agradecimientos: 0
    Ziredna
    Participante
    3
    0
    agosto 2006

    Iniciado

    Sestao2 – ¿aclaración de Industria por escrito? Agradecería enlace…

    #407905 Agradecimientos: 0
    Sestao2
    Participante
    1
    10
    marzo 2006

    Iniciado

    Ziredna, que va solamente lo han dicho de palabra.

    Si consigo algo incluyo el enlace.

    Un saludo

    #407906 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    ¿Qué pienso de todo esto? Pues que si entre ellos no se ponen de acuerdo como para ponernos de acuerdo nosotros. El Convenio es muy claro (Art. 230), Proyecto a partir de 10 Kw., es decir, ha cogido la parte más restricitva de la ITC-BT04, grupo C. Por otra parte bastantes delegaciones de Industria, no todas, dicen que una mier.., que son grupo D, por lo que proyecto a partir de 50 y no tramitan la legalización.
    ¿Qué hacer?
    Con el Convenio en la mano, proyecto si te lo tramitan en tu provincia. Si no lo hacen, lo primero es meterles la consulta por registro y la segunda seguir los pasos para legalizar la instalación sin proyecto, que en muchas Comunidades se puede realizar por Internet.
    Nadie te puede decir nada si sigues este camino porque parece ser que SU problema, no se ponen de acuerdo entre la Autoridad laboral y la de Indstria, es NUESTRO problema.
    Parecido a los trabajos de ejecución de túneles con ténicas mineras.

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  • El debate ‘ Proyecto de Grupo electrógeno en obra de construcción’ está cerrado y no admite más respuestas.