Ya lo he repetido un millón de veces.
La prohibición es de “estar bajo los efectos del alcohol, drogas y/o medicamentos que pudieran interferir en l apercepción de la realidad o que pudiera considerarse como un facotr de riesgo para el mismo trabajador, para sus compañeros o para otros ciudadanos.”
Ni Usted, ni nadie, puede poner en la política de Alcohol y drogas que esté prohibido beberse una cerveza durante el almuerzo y esperar que esto le sirva de algo en caso de accidente del trabajador dentro de la obra. Ahora si quioer ponerlo con el sello de la empresa, adelante. No le servirá de nada.