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  • #23869 Agradecimientos: 0
    joaltsa
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    enero 2002


    Buenas noches.
    Tendo una duda, o varias.
    Están consideradas las plantillas ortopédicas como EPIs?
    En el caso de serlo, ¿tiene obligación el empresario de proporcionarselas?
    Me podríais indicar tambien documentación o legislación relativa a este tema?
    Un saludo y gracias de antemano

    #203337 Agradecimientos: 0
    sergioC
    Participante
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    marzo 2003


    Estimado.
    Te diré que en Argentina, en la Empresa en la que trabajo, se le prové a las personas de los Elementos de Protección Personal (EPI´s)convencionales, y además cuando las personas tienen problemas en sus pies, es “política de la empresa” solucionárselos (más allá de lo que diga la legislación) proveyéndoles por ejemplo: las plantillas ortopédicas o también en un caso un calzado con realce en la zuela por tener (luego de un accidente ajeno a la empresa) una pierna más corta que la otra. Lo que no se ha conseguido solucionar es el problema de los anteojos de protección para pequeños impactos con aumento.
    Espero haberte sido útil. Saludos!!!!
    Sergio Cabral

    #203338 Agradecimientos: 0
    chosicano
    Participante
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    octubre 2005


    no la plantilla es un tratamiento mas no una medida de segurida ,por otro lado el trabajador si lo usa debe de usarlo ya que sin ellas no podra desarollase bien esus funciones,no esta normado segun entiendoni tampoco es obligacion de la empresa comprarlo

    #203339 Agradecimientos: 0
    Edalgamo
    Participante
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    agosto 2005


    No se si la legislación de tu pais lo considera pero tecnicamente no; a no ser que hubiese sido suministradas como parte del tratamiento post accidente o EP y se requiera dentro del proceso de reubicación y readaptación laboral.

    #203340 Agradecimientos: 0
    rebeca vallejo da costa
    Participante
    0
    julio 2004


    Yo entiendo que no, ya que con las gafas de seguridad el empresario debe proporcionar las gafas y si el trabajador usa gafas graduadas, con buscarle unas de proteccion que se puedan colocar encima, es suficiente.A no ser que el empresario quiera darlas.
    Por otro lado las plantillas de pies, no solamente las llevara con los zapatos de la empresa sino con todos, por lo tanto no tiene que darle nada si no quiere el empresario.
    No hay una reglamentacion especifica, pero yo lo consulte al ISSLA.

    #203341 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Buenas.
    Las plantillas ortopédicas pertenecen a la categoría de “ortesis”, que son dispositivos que ayudan en la ejecución de su función a una determinada parte del cuerpo que tiene problemas para realizarla correctamente.

    El ejemplo más sencillo de ortesis son unas gafas para la miopía: el ojo está ahí, pero su función no es del todo correcta, aunque queda alguna función. La ortesis es la que facilita la función hasta hacerla mejorar.

    Si la parte del organismo, en vez de tener una disfunción, faltara, sería una prótesis.
    Por ejemplo, ese mismo ojo que antes tenía miopía, ahora resulta que por ser un inconsciente (el señor) ha perdido el ojo porque le saltó una viruta metálica al cortar con la radial (eso lo he visto yo) y nada, hay que ponerle un ojo de cristal…..eso sería una prótesis.

    Al paso que vamos acabaremos dudando de si el coche de empresa es un EPI, como lleva airbag…y me protege de un choque….

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

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