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  • #58989 Agradecimientos: 0
    Jbarba TPRL
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    julio 2005

    Iniciado

    Sabéis si ha salido nueva normativa referente al peso máximo que puede levantar cada trabajador?

    En relación al envasado de dichos productos. Si existe o se está tramitando nueva normativa que obligue a reducir el peso de los envases.

    Muchas gracias de antemano.

    #330123 Agradecimientos: 0
    koss
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    julio 2007

    Iniciado

    ¿A que país te refieres?

    #330124 Agradecimientos: 0
    Jbarba TPRL
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    julio 2005

    Iniciado

    Pais: España

    #330125 Agradecimientos: 0
    Jbarba TPRL
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    julio 2005

    Iniciado

    El pais es España

    #330126 Agradecimientos: 0
    Ergow.COM
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    diciembre 2006

    Iniciado

    No. Hay la que había.

    Saludos.
    Equipo Ergow

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    #330127 Agradecimientos: 0
    carmelo.sanchez
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    abril 2009


    Sigue vigente el Real decreto 487/1997 sobre manipulación de cargas

    #330128 Agradecimientos: 0
    koss
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    julio 2007

    Iniciado

    El RD 487/97 no especifica ningún peso máximo de referencia para manipulación manual.
    SI alguien no me corrige, creo que la UNICA referencia en vigor sobre el peso máximo que puede levantar un trabajador, es la que se recoge en el Decreto de 26 de julio de 1957, sobre trabajos prohibidos a mujeres y menores. En lo referente a hombres que recoge que hasta los 16 años se pueden movilizar 15 kk y entre 16 y 18 años se pueden movilizar 20 kg.
    Aunque entiendo que el primer apartado, menores de 16 años, deja de tener efecto por la ley que promulga la Enseñanza Secundaria Obligatoria, lo que impide trabajar en ese rango de edad, por lo que solo estaría vigente para el tramo 16-18 años, mientras el gobierno no desarrolle las previsiones contenidas en el apartado 2 del art. 27 de la LPRL. Protección de menores. (Ver disposición derogatoria única de LPRL)
    Espero estar en lo cierto
    Un saludo

    #330129 Agradecimientos: 0
    GONZA71
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    octubre 2001

    Iniciado

    Bueno, como dice Koss el Real Decreto no establece una carga máxima, pero si lo hace la Guia del INSHT sobre el Real Decreto.

    Si, no salteis como perros que ya se que la guia lleva la etiqueta de caracter no vinculante, pero….es la referencia para hacer una evaluación de riesgos (ver RSP. Artículo 5)y por lo tanto cuando tengamos una manipulación manual de cargas por encima de estos valores, deberemos proponer medidas preventivas dirigidas a la reducción del riesgo.

    #330130 Agradecimientos: 0
    jovale
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    octubre 2007


    Y, aquello de 25 mujeres y 50 hombres?

    Bajo condiciones Ergonomicas Optimas?

    #330131 Agradecimientos: 0
    koss
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    julio 2007

    Iniciado

    No se de donde sale esa referencia

    #330132 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Lo de los 50 kg sale de la ley de granos de los años 20. El peso máximo de un saco de grano es de 50 kg. La verdad es que yo creo que es una traducción mala de las 50 lb americanas (Corresponde aproximadamente a 23 kg, y con ellos funciona el método NIOSH). Me imagino que habrá el mismo problema con el peso de las mujeres (25 lb). Se cambia las unidades de peso…. y ya están los 25 y los 50 kg. Lástima que luego todo funcione mal cuando se realiza una evaluación con esas alegrías

    #330133 Agradecimientos: 0
    Mavida
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    febrero 2009


    Peso máximo recomendado para una carga en condiciones ideales de mantenimiento: El peso máximo recomendado es de 25 kg. Si la población expuesta son mujeres, jóvenes o mayores, o si se quiere mayor protección de la población, no se debería sobrepasar cargas superiores a 15 kg. En situaciones especiales, trabajadores sanos y entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 kg, siempre que la tarea se realice de forma esporádica y en condiciones seguras. La mejor referencia es: Guía Técnica evaluación manipulación manual de cargas (INSHT) y RD 487/1997 Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación de cargas

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