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    LUCKILUCKE
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    abril 2002


    Buenos días

    Una cuestión: ¿Se ha de instalar pasamanos en escaleras de más de 1,20 metros de ancho en centros de trabajo que se utilizaban antes del RD 486/1997? Si es que no ¿Qué normativa se aplica? ¿Cambia algo si se trata de un colegio?
    Gracias

    #184646 Agradecimientos: 0
    Minino Feroz
    Participante
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    abril 2006


    Yo sin referirme a ninguna norma usando la logica y el sentido comun pondria pasamanos, puesto que ir agarrado al pasamanos es la forma de evitar caidas en escaleras, es la mejor manera de evitar posibles riesgos lo oblige la ley o no.

    #184647 Agradecimientos: 0
    prequim
    Participante
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    febrero 2004


    1. El R.D. 486/1997 se aplica a todos lo lugares de trabajo con la excepciones que aparecen refladas en el mismo.

    2. Si, hay que instalar pasamanos en escaleras de más de 1,20 m a ambos lados de las mismas.

    3. Si encima me dices que es un colegio, no se a que esperas.

    #184648 Agradecimientos: 0
    Antonio Soriano
    Participante
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    abril 2005


    El R.D. 486/1997 se aplica a todos lo lugares de trabajo. Si el sitio es nuevo se tiene que aplicar automaticamente y si no lo es logicamente se tiene que adaptar a ese R.D.para cumplir con el marcon normativo en seguridad.

    #184649 Agradecimientos: 0
    mokina
    Participante
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    marzo 2004


    Cuando la escalera tiene más de 1,20m de ancho debe tener pasamanos a ambos lados (R.D. 486/97).
    Creo que deberías consultar también la NBE-CPI 96 (R.D.2177/96).

    #184650 Agradecimientos: 0
    mvarilla
    Participante
    0
    octubre 2005


    Compañer@s las normativa es para tod@s incluso para la Administración que es la primera que debe de cumplirla, pues entre otras cosas también le es de aplicación toda la normativa vigente en la materia. La ley es para tod@s y para la Administración, sea la que sea, la primera, sino de que estado hablamos.

    #184651 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
    0
    agosto 2004


    Lo mismo que ya se ha dicho, se debe aplicar RD 486.

    #184652 Agradecimientos: 0
    Borges
    Participante
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    junio 2005


    Estoy con Berbo y el restoaplicaria el RD 486 y además las recomendaciones de la NTP 404.
    Saludos

    #184653 Agradecimientos: 0
    PEJUME
    Participante
    0
    julio 2005


    si la pregunta es para evitar el gasto de dinero en este pasamanos…. piensa que la seguridad se antepone ante cualquier coste económico, además se agraba cuando estamos hablando de niños, personillas que no conciben lo que es el peligro.

    saludos

    #184654 Agradecimientos: 0
    tonymallorca
    Participante
    0
    octubre 2003


    todos los centros de trabajo deben adaptarse al real decreto, independientemente de la fecha de construccion

    #184655 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
    Participante
    0
    octubre 2001


    LOs centros escolares no dejan de ser centros de trabajo¡¡¡

    #184656 Agradecimientos: 0
    pontilob
    Participante
    0
    febrero 2002


    …Dependiendo del tipo de escuela, tambien hay que adaptar el pasamanos a los posibles pequeños usuarios

    #184657 Agradecimientos: 0
    mvilla
    Participante
    0
    septiembre 2004


    mira la guia tecnica de lugares de trabajo

    #184658 Agradecimientos: 0
    jimena73
    Participante
    0
    octubre 2005


    Buenas, En una obra tenemos subcontratada a la empresa que se encarga de poner los canalones al edificio. Los operarios de la misma ,hacen su trabajo subidos a escaleras de mano de más de cinco metros y con un cinturon de seguridad.Es esto correcto o se les podría exigir que utilizasen plataforma. Gracias

    #184659 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Parece que en nuestro país no se hacía prevención antes de la LPRL del 95. Desde el año 71, existe la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que en su artículo 17, punto 7, cita textualmente” Las escaleras cuya anchura sea igual o superior a un metro tendrán una barandilla en cada lado abierto y pasamanos en los cerrados”. Aunque derogada, en mi opinión es un documento muy útil que deberíais conocer ya que en algunas situaciones, os puede servir de referencia.
    Saludos

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