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Propuesta de sancion, por parte de Inspeccion de Trabajo, a una empresa, por no haber actualizado la evalaucion de riesgos (año 99) ni haber realizado absolutamente nada su SPA desde ese año. Curioso que en vez de al SPA, sancionen al empresario. Será que quieren que sea el cliente el que apriete las clavijas a los SPA que solo hacen caja.
El tema de no haber realizado nada de la evaluación, veo correcto que sancionen al SPA.
Pero, el tema de realizar el trabajo que conlleva la actividad preventiva, no solo es culpa de un SPA, porque el empresario muchas veces no quiere hacer nada, aunque les digas que van a sancionarlos.
Me parece bien que sancionen al empresario, y el SPA muchas veces no hace nada porque el empresario no quiere nada más que lo que sea necesario para cumplir la ley, lo que para ellos la mayoria de las veces es simplemente, la evaluación de riesgos
PROPUESTA DE SANCION
ES CORRECTO QUE LA INSPECCIÓN LEVANTE ACTA AL EMPRESARIO , PUES ES EL QUE TIENE LA MAXIMA RESPONSABILIDAD EN EL TEMA.
lA EVALUACIÓN NO HAY PORQUE ACTUALIZARLA SI NO HA HABIDO ACCIDENTES GRAVES O VARIACIONES EN EL PROCESO DE TRABAJO.
EL EMPRESARIO CON SU S.P.A. DEBE PLANIFICAR SU ACCIÓN PREVENTIVA ANUALMENTE Y ESE ES EL PRINCIPAL PROBLEMA QUE NO HA RESUELTO.
En Catalunya se piden ya las auditorias, o sea que la inspección considera además de que la prevención tiene que hacerse desde dentro de las empresas, organizando su sistema y creando un departamento como el de producción, compras, personal o facturación, que debe ser un departamento activo y vivo en constante actualización y con un control de si es eficaz o no (auditoria), ya ves.
Hola Xirgu. En este foro se ha cuestionado y opinado, en más de una ocasión, sobre la capacidad, eficacia, competencias, etc… dudosas de algunos profesionales o personas inmersas en este campo de la prevención. Como ejemplos más recientes, le recuerdo el debate que se abrió sobre la figura del Delegado de Prevención o, el caso de los Inspectores de Trabajo.
“Haberlos los hay en todas partes”, pero no creo que debamos generalizar porque no todos somos iguales, prueba de ello lo tiene usted aquí delante, en este foro, porque, precisamente los que aquí participamos, luchamos en contra de toda mala actuación o mala gestión preventiva por parte de algunos.
¡¡¡Por supuesto que los SPA no iban a ser una excepción!!!, pero como le dije antes, no se puede generalizar. Los hay que desempeñan sus funciones concienzudamente y bien; y los hay que hacen caso omiso a muchas de ellas y lo que prima es el valor monetario.
Por último, a la Ley 31/95 sobre PRL y al RSP me remito para recordarle que el primer y último responsable, sobre la gestión preventiva de una empresa, es el propio empresario, independientemente de la modalidad organizativa que haya elegido para llevar a cabo la actuación preventiva en su empresa.
Es, por tanto, a él (empresario/empresa) a quien debe sancionar la Inspección de Trabajo por no actualizar su sistema de prevención y, no al SPA. Después de lo sucedido, el empresario será quién decida si seguirá confiando la gestión de su sistema de prevención a dicho SPA o extinguir el concierto que les une.
Atentamente le saluda;
Marian.
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