Bajo mi punto de vista y con la LPRL en la mano, el trabajo no retribuido y de caradter familiar estaría excluido, en su art.3 se hace referencia al estatuto de los trabajadores para definir su ámbito de aplicación, entre otros. Otra cosa es que requiera contratar algún tarbajo cosa muy probable en una vivienda de nueva construcción.Estatuto de los trabajadores:
:art.1 Ambito de aplicación 1. La presente Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario
Se enumeran una serie de supuestos que se excluyen, puedes consultarlo en la página del INSHT.
De todas formas para salir de dudas yo consultaria con el Instituto de Prevención de tu comunidad.
Un saludo.