- Este debate tiene 25 respuestas, 17 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 7 años, 8 meses por karla hernandez enriquez.
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Hola claudio, incialmente realiza una auditoria de la documentación que tiene la empresa en materia de seguridad y luego visita la construccion y comienzan a recopilar información el para diagnostico
Saludos
Buenas claudio… estoy de acuerdo con teresita.. pero una pregunta que tipo de diagnostico vas a realizar… es tecnico? mira como es una contructora me imagino que es de campo osea te recomiendo hacer ART (Análisi de Riesgo en el Trabajo) para que puedas realizar tus evaluaciones de riesgo o los AST pero debes de saber que tipo de diagnostico vas hacer porque hasta puedes diagnosticar la accidentalida….
Muy, cierto, ademas una cosa es la obra como tal, (construcción) y otra las instalaciones de la Cosntructora a las cuales también se deben hacer los correspondientes AST y ART, como sugiere Ingenieroind
Paso 1.
Identifica los procesos de tu organizacion.
Luego identifica a partir del proceso las tareas.
Paso 2.
Para cada una de las tareas identificadas Identifica el peligro el riesgo asociado y la consecuencia.
Paso 3.
Analisa el riesgo y/o valora el riesgo pudiendo usar una matriz para ello.
Paso 4.
Trata el riesgo y/o plantea controles para cada uno de los riesgos identificados.
Aplica para ello la gerarquia de controles.Finalmente puedes elaborar un formato para evaluar el riesgo en el dia a dia por que las condiciones cambian.
Espero te sirva el alcance.
Buenas tardes, tengo una gran duda ya que he trabajado en areas muy diferente a la academica, donde se valoraban otros tipos de riesgos… Hoy dia me desempeño en un instituto universitario, y no se si debo realizar Notificacion de Riesgo Laboral a los diferentes Trabajadores Administrativos, Profesores y a los obreros si el riesgo es minimo… Agradeciendo la atención que sirva prestar a la presente comunicación y en espera de su pronta respuesta, me suscribo de ustedes.
Hola,Masiel95, pues claro, aqui en Venezuela de acuerdo lo establecido en el art. 56, numeral 7 de la Ley Organica de prevención condiciones y Medio Ambiente de trabajo, todos los trabajadores deben ser notificados por escrito de los Riesgos a los que estan expuestos durante la jornada laboral, por minimos que estos sean,.
saludos
Teresita de JesúsGracias Diego Cortés, y a usted señora Teresita de Jesús, por ello era que tenia la duda… en Venezuela lo establece en la Ley base que rige la materia, pero siempre se dirige al riesgo químico de los profesores de química… bueno tendré que diseñar un formato que se ajuste a la necesidad de la Institución Muchas Gracias Muy amable…. es agradable intercambiar ideas con quien entiende la materia….
hola quien me puede facilitar una notificacion de riesgo gracias
hola quien me puede facilitar una notificacion de riesgo gracias
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