Así es la Inspección de trabajo. Aunque el 1627 no obliga en ningún momento a que el plan lo firme una persona en concreto, el 39/97 especifica un nivel de formación mínimo para realizar las evaluaciones de riesgos (nivel básico, intermedio y superior). De esto se puede deducir que para realizar una evalución de riesgos se debe contar con al menos la formación anterior. Como un plan de seguridad debe llevar una evaluación de riesgos, en teoría debería firmado al menos por una persona con el nivel básico. El problema está en determinar que evaluaciones de riesgos se pueden realizar con cada nivel de formación. Los del nivel básico pueden realizar evaluaciones de elementales de riesgos, pero ¿hasta dónde pueden llegar? ¿donde termina una evaluación elemental de riesgos? Una obra de construcción puede ser mas o menos compleja, pero yo encuentro excesivo que el plan lo deba firmar un tecnico superior, a lo sumo sería un tecnico intermedio. Para exigir que valla firmado por tecnico superior el plan debería de contener “una estrategia de medición” o una aplicación no mecánica de los criterios de evaluación. Yo creo que una evaluación de riesgos para una obra de construcción se termina conviertiendo en algo mecánico. Al final todo es lo mismo: caídas, barandillas, contactos eléctricos, etc. Una vez que se tiene algo de experiencia a nadie se le escapa un riesgo.