Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #74443 Agradecimientos: 0
    Pepe pepe
    Participante
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    agosto 2018


    Buenas tardes,

    Una empresa con servicio de prevención ajeno contratado para todas las especialidades. Se pretende impartir internamente la formación inicial en PRL para art. 19 de la LPRL, ya que las formaciones que imparte el SPA son muy genéricas y no gustan.

    Para ello, se indicaría esta condición en el plan de prevención, y la plantilla de la empresa cuenta con un técnico superior en PRL con la especialidad de Seguridad en el trabajo, que impartiría la formación inicial.

    Entendemos que ante esta situación, a su vez la empresa tendría que pasar las correspondientes auditorías legales para 4 años, solo de la parte de la formación que se imparte internamente.

    Por favor, alguien podría indicar si el planteamiento es correcto o si se nos escapa algo? El propio SPA nos ha confirmado que se podría hacer así, pero estamos buscando mas opiniones de expertos en la materia.

    Muchas gracias a tod@s.

    #438132 Agradecimientos: 3
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Hola,

    Desde mi punto de vista el planteamiento es correcto. En función del tipo de actividad y tamaño se podría incluso evitar la auditoría cada 4 años, pero eso habría que estudiarlo un poco más con los datos de la empresa.

    Una opción que se puede plantear sería mantener la formación inicial que da el SPA y realizar una formación complementaria de manera interna. De esa forma tampoco tendrías que pasar la auditoría y te evitarías algunos posibles problemas. Le podéis pedir al SPA que implemente una formación genérica online o algo sencillo, ya que vosotros vais a ampliar de manera interna.

    Me parece una decisión muy buena la de internalizar la formación inicial del puesto de trabajo.

    #438135 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Estoy de acuerdo con Quierogalletas (tanto en su planteamiento como en su nick).

    Intentad salvar lo de la auditoría, que solo tiene sentido práctico en caso de que quisierais asumir alguna especialidad; para una acción puntual en mi opinión es absurdo tirarse así a los pies de los caballos. Estrategias como preparar una formación complementaria a la que facilita el SPA (sin eliminar ésta), o que el SPA “valide” los contenidos que dais de manera interna, podrían bastar.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #438134 Agradecimientos: 0
    Pepe pepe
    Participante
    0
    agosto 2018


    muchas gracias por vuestras respuestas.

    la opción se ha planteado porque nos resulta complicado que el personal realice la formación que imparte el SPA por varios motivos: los trabajadores se tienen que desplazar mucha distancia hasta el centro del spa y son reticentes, si viene el técnico a nuestras instalaciones nos cobran cada formación y es algo que si podemos evitaríamos porque es mucha gente a la que formar, y la tercera opción sería darles una formación online que imparte el spa con un video y un examen, cobrándonos cada examen y siendo una formación muy genérica.

    La opción de que el SPA asuma la formación, sería lo más adecuado, pero desconozco si lo aceptarían… es algo que les platearemos cuando vuelvan de vacaciones…

    Lo que queremos es que la gente reciba la formación más específica y practica posible, en el menor tiempo posible… y ante la evidencia de que las formaciones básicas de los SPA sirven para muy poco… queremos evitar esa “perdida de tiempo”, por decirlo de alguna manera.

    #438133 Agradecimientos: 0
    jorgito reme
    Participante
    1
    0
    agosto 2018

    Iniciado

    Hay veces que hay que ser prácticos, y una vez cumplidas las leyes/normas/auditorías, hacer acciones complementarias que sean las que realmente sean útiles a los trabajadores y a la empresa 😉

    Saludos,
    Jorge
    reparación de electrodomesticos madrid

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    #438136 Agradecimientos: 0
    Pepe pepe
    Participante
    0
    agosto 2018


    justamente lo que queremos es ser prácticos, y evitar que la gente dedice 2h de su tiempo en algo que le va a servir de poco, cuando lo podríamos invertir en una formación mucho más específica y concreta… de ahi el planteamiento.

    El SPA las opciones que nos da para la formación de los riesgos en el puesto de trabajo son:

    1. Ponerles un CD a los trabajadores y que despues hagan un examen. Nos emiten certificado de formación y nos cobran 5€ por examen.
    2. Que se desplacen los trabajadores bastantes KM hasta sus instalaciones para recibir el curso de riesgos en el puesto de trabajo. Coste 0€.
    3. Que venga el técnico del SPA a impartir la formación a nuestras instalaciones. Coste fijo por sesión.

    ¿Que nos recomendaríais?

    #438131 Agradecimientos: 1
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días

    Pues la verdad, si el SPA certifica la legalidad de esa formación (a mi la tele-formación me chirría un poco), la que más “fácil” y operativa sea para cumplir el expediente.

    A partir de ahí, y teniendo en cuenta que la formación “legal” ya estaría cubierta, yo optaría por organizar cursos internos de refuerzo, que sin el “corsé” de la formación obligatoria inicial, podríais organizar vosotros mismos, en fechas y grupos que mejor os convenga sin trastocar la producción, que podríais certificar internamente como refuerzo o complemento, y que, al no ser la formación legalmente obligatoria (ya cubierta por el SPA), no tendríais la obligación de pasar por auditoria legal, etc… Simplemente contempláis en el Plan de Prevención la “posibilidad” de realizar, en función de necesidades, una formación interna/complementaria, con “x” requisitos, y poco más. Podríais perfectamente impartirla y certificarla con esa validez: interna, sin que tengan una relación directa con la formación obligatoria inicial.

    Con esta opción, nadie os podría decir que la “legal” no está cubierta (lo cubre el SPA), y nadie va a valorar como “negativo” un refuerzo formativo (me refiero a que no va a estar mal visto por un Inspector, o por un cliente; que la empresa haga unos cursos internos, aunque no sean exigidos legalmente y por lo tanto no pasen por el control legal de una auditoria reglamentaria para la formación del art. 19).

    Si lo que realmente queréis es tener a vuestros trabajadores “más formados y seguros”, cumplid con la ley de la forma más fácil y práctica, y completad luego la “realidad” de forma interna.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

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