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  • #687020 Agradecimientos: 0
    TecnicoPRLD
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    noviembre 2023


    Hola.

    Planteo un caso real: empresa A, titular de un centro de trabajo, contrata empresa de servicios B. La empresa A pone a disposición de trabajadores B una oficina (ubicada dentro del centro de trabajo). En la oficina están dos administrativas de la empresa B toda su jornada laboral. La oficina no cumple RD 486/1997 en temas de ventilación. Se requiere instalar un sistema de ventilación adecuado. La empresa A dice que le corresponde a la empresa B asumir el coste de la instalación; la empresa B dice que le corresponde a la empresa A por ser la propietaria del centro. ¿Conocéis alguna sentencia o referencia normativa al respecto, quién tiene razón? ¿Algún consejo para solucionarlo?

    #687091 Agradecimientos: 0
    CaTPrev2000
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    3
    junio 2023

    Iniciado

    Buenas tardes Tectnico PRLD

    ¿Si hay un contrato de por medio, debería venir reflejado en él quien se encarga de estas adecuaciones (ventilación, iluminación…etc, etc?

    Saludos!

    #687105 Agradecimientos: 0
    TecnicoPRLD
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    noviembre 2023


    Desafortunadamente, el contrato no refleja nada al respecto.

    Supongo que al final tendrán que ponerse de acuerdo ambas empresas. La consulta era más que nada por saber si os habíais encontrado con algún caso parecido.

     

    #687198 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    La empresa B puede gastarse ella el dinero, o pedírselo a la empresa A, quien le pasará la factura correspondiente por la gestión de esa oficina cedida. También podría -a partir de ahora- pedirle un alquiler, que lógicamente la empresa B le repercutiría a la empresa A en su facturación mensual.

    Otra opción es que la empresa A expulse a la empresa B y la obligue a alquilar una caseta de obra para su oficina.

    Es que siempre estamos igual, todos queremos que las cosas pasen pero sin gastar dinero.

    #687199 Agradecimientos: 1
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    En cualquier caso, recuerdo que la obligación empresarial corresponde a la empresa a la que pertenecen los trabajadores afectados.

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