Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #72369 Agradecimientos: 0
    ARS1955
    Participante
    0
    octubre 2013


    Estoy sorprendido a la vez que indignado.
    Mi mujer trabaja en una residencia de ancianos, de Mensajeros de la Paz.
    Sus labores son acostar, levantar, asear y dar de comer a los residentes.
    La pasada semana, levantando a uno de ellos, se hernió.
    La empresa reconoce que es un AT y cursa el correpondiente parte a la Mutua.
    La Mutua responde que no lo considera AT por lo que la remite a la Seguridad Social.
    Si esto no es AT, ¿que es?
    ¿Para que sirve pagar a una Mutua de AT y EP si luego se inhiben de sus cometidos?
    ¿Porque la gente sigue optando por las Mutuas cuando la opcion del INSS es gratuita y siempre responde?

    Esta estupenda Mutua es MC MUTUAL, numero de registro 001, antigua Mutua Castilla.

    OJO los que tengais una empresa o seais autonomos, y tengais el seguro de AT concertados y pagando a una Mutua privada como MC MUTUAL, yo que vosotros os sugiero que de inmediato escribais a esa Mutua y la pidais que os haga constar por escrito, lo que os cubre y lo que ella considera como AT y EP, pues luego vienen las sorpresas, y lo mismo, sobre todo a los autonomos, no os paga un duro de vuestra baja.

    Mi mujer ha tenido que ir a su medico de cabecera de la Seg. Social, y este la ha atendido como debe ser, por la gravedad del caso, pues tiene antecedentes de una Peritonitis que casi la cuesta la vida hace años, y ya tiene cita con un cirujano del Sistema Nacional de Salud. Esto si es atender a los trabajadores que cotizan, aunque en este caso, como la empresa paga una Mutua Privada, la Seg. Social bien podria haberse inhibido del caso, pero esto, por suerte en España, nunca pasa y la Seg. Social siempre responde

    #427687 Agradecimientos: 2
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @ARS1955 wrote:

    Estoy sorprendido a la vez que indignado.
    Mi mujer trabaja en una residencia de ancianos, de Mensajeros de la Paz.
    Sus labores son acostar, levantar, asear y dar de comer a los residentes.
    La pasada semana, levantando a uno de ellos, se hernió.
    La empresa reconoce que es un AT y cursa el correpondiente parte a la Mutua.
    La Mutua responde que no lo considera AT por lo que la remite a la Seguridad Social.
    Si esto no es AT, ¿que es?
    ¿Para que sirve pagar a una Mutua de AT y EP si luego se inhiben de sus cometidos?
    ¿Porque la gente sigue optando por las Mutuas cuando la opcion del INSS es gratuita y siempre responde?

    Esta estupenda Mutua es MC MUTUAL, numero de registro 001, antigua Mutua Castilla.

    OJO los que tengais una empresa o seais autonomos, y tengais el seguro de AT concertados y pagando a una Mutua privada como MC MUTUAL, yo que vosotros os sugiero que de inmediato escribais a esa Mutua y la pidais que os haga constar por escrito, lo que os cubre y lo que ella considera como AT y EP, pues luego vienen las sorpresas, y lo mismo, sobre todo a los autonomos, no os paga un duro de vuestra baja.

    Mi mujer ha tenido que ir a su medico de cabecera de la Seg. Social, y este la ha atendido como debe ser, por la gravedad del caso, pues tiene antecedentes de una Peritonitis que casi la cuesta la vida hace años, y ya tiene cita con un cirujano del Sistema Nacional de Salud. Esto si es atender a los trabajadores que cotizan, aunque en este caso, como la empresa paga una Mutua Privada, la Seg. Social bien podria haberse inhibido del caso, pero esto, por suerte en España, nunca pasa y la Seg. Social siempre responde

    Independientemente de que la atención a tu mujer haya sido buena o mala (eso nosotros no lo podemos saber), creo que debes aclarar algunos conceptos confusos.
    La diferenciación que haces entre lo público y lo privado no tiene ningún sentido por lo siguiente:

    Tu médico de cabecera pertenece al sistema de salud autonómico de tu comunidad autónoma, y existe y te atienden porque pagas tu impuestos y por derechos reconocidos.
    La empresa y tu mujer (en menor medida) paga mensualmente una cantidad en concepto de AT y EP, independientemente de a quien lo pague; quiero decir que la empresa puede optar por pagárselo a una mutua de accidentes o pagárselo al INSS, que es el Instituto Nacional de Seguridad Social, que no es el sistema autonómico de Salud que ha atendido a tu mujer.
    Por lo tanto, el INSS no es gratis, es una organización pública, pero se nutre de las cuotas empresariales y de los trabajadores. En definitiva, si la empresa paga al INSS, le cuesta lo mismo que si se lo paga a la mutua.
    Lo que ha hecho tu mujer es que como no le reconocieron el accidente de trabajo, lo ha metido como una enfermedad común, de las que atiende el sistema autonómico de salud, pero a costa de vuestros impuestos.
    Si tu empresa pagara las cuotas al INSS, y le hubieran reconocido el accidente, también le habría atendido el sistema autonómico de salud, pero su atención la habría pagado el INSS.
    Te aconsejo que por una mala experiencia no juzgues un sistema que tradicionalmente ha dado buenos resultados, al poner a disposición de los trabajadores (sin mayor coste para ellos ni para la administración pública) medios de atención sanitaria a mayores de los existentes en el sistema público.
    El caso de tu mujer no es nuevo ni el único, y efectivamente puede obedecer a criterios dados a ciertos médicos para que no acepten accidentes. Eso supone para la mutua un ahorro económico muy claro.
    Ahora bien, frente a pirateos semejantes (el caso de tu mujer podría ser uno de ellos), está la posibilidad de defenderse; y en este caso, créeme que la administración pública estaría de tu lado, porque si tu ganas el pleito, la administración pública ahorra en costes, que deberá afrontar la mutua (que para eso recibió el dinero de las cuotas de tu mujer y de su empresa).
    No sé si ahora ya merece la pena; pero te aconsejo que te asesores (por ejemplo, en un sindicato) sobre cómo pleitear contra ellos.

    Repito, esto no tiene nada que ver con lo público y lo privado; porque en este caso se mezcla todo.
    Por ejemplo, las mutuas son entidades privadas sin ánimo de lucro, pero con un fuerte control público, ya que todo el dinero que manejan es público (las cuotas de accidentes y EP); de hecho, en la práctica (como curiosidad) la forma de trabajar, o no hacerlo, es muy similar a la de los funcionarios, y de hecho (si no estoy mal informado) creo que a ellos también les han recortado en sueldos.
    Por ejemplo, y aunque no tenga nada que ver con la atención derivada de AT y EP, los propios funcionarios (es algo que nunca he entendido) tienen opción de acogerse a seguros médicos privados a través de MUFACE, y la opción abrumadoramente mayoritaria es la opción de seguro privado.
    Conclusión: Mucha suerte para tu mujer, pleitea todo lo que puedas si ha sido una injusticia y un pirateo (en este país chillamos y pataleamos mucho, pero en realidad somos muy borregos y no pleiteamos nada); y no pierdas el Norte; el problema de este país no es plantear permanentemente guerras entre lo público y lo privado, entre lo central y lo periférico, etc. Eso son entretenimientos que nos pone la oligarquía política (como bien expresaba Arturo Pérez Reverte en el programa Salvados) para despistarnos de lo importante, e instigar rencores y sentimientos de odio muy poco constructivos. No caigamos en su trampa. A quien hay que poner firmes es a ellos.

    #427688 Agradecimientos: 3
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Por lo que describers habrán pasado más de 3 días desde que la mutua derivó a la seguridad social a tu mujer.
    Para reclamar una determinación de contingencias (que es como se llama cuando no estás de acuerdo con la calificación que ha hecho la mutua de tu lesión) tienes tres días para presentar reclamación ante la mutua (durante los cuales puedes estar recibiendo tratamiento en el sistema autonómico de salud). Si la mutua nuevamente niega la determinación de la lesión como accidente de trabajo puedes presentar una nueva reclamación ante el INSS y ellos tomarán una decisión vinculante para la mutua. El último paso es ir a juicio pero si el INSS y la mutua están de acuerdo es difícil que ganes.
    Con respecto al sistema de mutuas hay que decir que tiene sus cosas buenas y sus cosas malas, como todos los sistemas, pero en general suelen atender a los trabajadores con mayor celeridad que el sistema autonómico de salud, sobre todo cuando el alta del trabajador depende de la realización de una prueba o tratamiento, y a menudo se consiguen resultados igual de buenos pero mucho más rápidos que con el sistema autonómico (que tiene listas de espera diferentes).
    En todo caso no es opcional para los empresarios. Pueden escoger una mutua u otra (aunque hace ya algún tiempo que, una vez escogida no puede cambiarse excepto causa extremadamente justificada) pero el INSS no se hace ya cargo directamente ni admite los autoseguros para las empresas (cosas que antiguamente sí se hacían a menudo).
    Además en bueno que os vayais acostumbrando a las mutuas porque de aquí a no mucho tiempo tendrán capacidad de darte el alta aunque la baja te la haya dado el médico de familia.
    Por lo demás, para saber lo que es un accidente de trabajo o una enfermedad profesional te recomiendo la amena lectura del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    Un saludo.

    #427689 Agradecimientos: 0
    ginberme
    Participante
    1
    3
    junio 2013

    Iniciado

    Hola, comprendo perfectamente tu indignación, pero como dice el compañero, tenemos que acostumbrarnos que es lo que viene a continuación con la nueva reforma en la que las mutuas van a dar el alta de las contingencias comunes y si el inss no dice nada va a ser efectiva, pero bueno vamos a lo que te preocupa, deberías de ir al INSS y pedir la determinación de contingencia, que casi seguro van a decir que es AT, por lo que me supongo tu mujer seguirá con la baja médica, la cual a partir de la determinacion de contingencia si es favorable a A.T, el proceso será todo Accidente de Trabajo pero ten cuidado si ensegida la mutua te da el alta de a.t., pues si tu mujer sigue sin encontrarse bien, tienes que hacer una reclamación ante esa futura alta medica de a.t. en los 4 dias siguientes naturales, ante el inss. No te conformes y reclama.

    Un saludo.

    #427690 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @ginberme wrote:

    Hola, comprendo perfectamente tu indignación, pero como dice el compañero, tenemos que acostumbrarnos que es lo que viene a continuación con la nueva reforma en la que las mutuas van a dar el alta de las contingencias comunes y si el inss no dice nada va a ser efectiva, pero bueno vamos a lo que te preocupa, deberías de ir al INSS y pedir la determinación de contingencia, que casi seguro van a decir que es AT, por lo que me supongo tu mujer seguirá con la baja médica, la cual a partir de la determinacion de contingencia si es favorable a A.T, el proceso será todo Accidente de Trabajo pero ten cuidado si ensegida la mutua te da el alta de a.t., pues si tu mujer sigue sin encontrarse bien, tienes que hacer una reclamación ante esa futura alta medica de a.t. en los 4 dias siguientes naturales, ante el inss. No te conformes y reclama.

    Un saludo.

    Yo también insisto: Si no estamos de acuerdo, a reclamar, a reclamar siempre. De lo contrario, seremos un pueblo eternamente cabreado, que arranca plantas y lanza gritos espeluznantes en medio de la selva, como hacen nuestros ancestros los monos desde hace millones de años.
    Si creemos que tenemos la razón, reclamemos, porque generalmente los primeros pasos en un proceso de reclamación no requieren desembolsar dinero (eso llega cuando se va al juzgado).

    #427691 Agradecimientos: 0
    beatriz caceres collado
    Participante
    0
    febrero 2015


    Hola yo soy nueva en los foros me he visto en la obligación de contactar con todo el mundo que esta en la misma situación gracias a MC MUTUAL,ya estoy desesperada yo recibí un burofax el 26-6-14 en el que decía que tenia cita con la doctora de la mutua el 20-6-14, llame a la doctora y me dijo que se lo mandara por escrito lo sucedido,lo hice y la respuesta es que no es suficiente justificación,hice escritos pidiendo una cita nueva y nada reclame en el INSS y se lavaron las manos y así todo el mundo. Ahora llevo desde el 20-6-14 sin cobrar con 2 niños y madre soltera,he pedido ayudas en todos los sitios y por tener contrato no me dan nada,estoy a la espera del juicio pero es demasiado lento y ya debo dinero de alquiler,colegio,etc…
    Como ya no se que hacer ni a quien recurrir necesito toda vuestra ayuda y apoyo,el20-3-15 me he propuesto encadenarme a la puerta de MC MUTUAL hasta que me den una solución porque ya no puedo mas.Muchas gracias a todos y no podemos dejar que los ricos nos hagan esto,un saludo.

    #427692 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Vaya hilo!!!!

    Creo que este hilo se sale ya de lo estrictamente preventivo…

    Lo que indica el forero respecto a MC Mutual pasa también en otras mutuas, me atrevería a afirmar que en todas. Se ha pasado de aceptar la lesión del partidillo de fútbol de los domingos como accidente de trabajo del lunes, a aceptar como AT solo lo totalmente evidente y ante cualquier duda, derivación a la SS. y quizá sea el propio médico de cabecera el que ante tu explicación diga que es AT y a la mutua.
    Si no estás conforme, reclamación de contingencias al INSS y que decida, y si el fallo no te convence, abogado y a los tribunales.

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • El debate ‘ MC MUTUAL Mutua estafadora de AT y EP’ está cerrado y no admite más respuestas.