Muy buenas!
Quería preguntaros una cosa, a ver si me podéis ayudar:
Según el nuevo Real Decreto 598/2015 (ha salido hace poquito), la señalización de advertencia de MATERIAS NOCIVAS O IRRITANTES se suprime (supuestamente porque puede confundirse con otras relativas a circulación vial).
Imaginad que en una empresa hay una señalización de éstas, mi pregunta es: ¿por qué nueva señal la reemplazais?
Según este Real Decreto, si no hay una señal de advertencia, lo mejor es usar directamente el pictograma nuevo del REGLAMENTO CLP. Por tanto, y según mi juicio, esta señal se cambiaría por el nuevo rombo rojo con la exclamación en color negro.
Más concretamente:
Esta es la situación que tengo y me gustaría que me dierais vuestra opinión. Gracias de antemano!!!
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