• Este debate tiene 9 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años por solo09.
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  • #12687 Agradecimientos: 0
    Dimoni
    Participante
    0
    abril 2002


    Mi pregunta va dirigida porque el otro día un inspector de trabajo me dejo a cuadros. Si tienes formado e informado de los riesgos de la utilización de una determinada pequeña maquinaria, instruido mediante unas horas en su correcto manejo, entregado el manual de instrucciones de la maquinaria a utilizar (radial, martillo rompedor, etc…), firmada la autorización para su uso por parte del empresario, entregados y comprobando la utilización de los EPI's pertinentes, ¿por qué según este señor un peón no podría utilizarlas? Yo no he visto en ningún sitio que la categoría determine que maquinaria de este tipo se pueden o no utilizar, exceptuando claro aprendices y menores de edad.¿Alguien sabría contestarme a la pregunta?

    #143013 Agradecimientos: 0
    valentino23
    Participante
    0
    mayo 2006


    1º Me parece que los Inspectores están perdiendo un poco el norte.
    2º Una trabajador puede estar toda su vida siendo un peón.
    3º Puede utilizar la maquinaria que requiera su puesto de trabajo y a la que este instruido.
    4º Si te sirve pag 116

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    #143014 Agradecimientos: 0
    Segurito 1573
    Participante
    0
    abril 2007


    Por que seguro que la maquinaria necesita ser operada por un personal calificado y certificado porque asi sea el mal diestro si no tiene estos dos requisitos no puede operar el equipo

    #143015 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Segurito, ya vale…

    #143016 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Porque los peones no pueden utilizar maquinaria. Si se vé obligado a hacerlo deberá ser considerado como Peón Especialista. Así está la normativa…

    #143017 Agradecimientos: 0
    carlos mar
    Participante
    0
    febrero 2006


    Tras haber leído este documento, juro que no entiendo nada de lo que pone.
    Quiero decir: es parcial, irreal, desfasado, inexacto… en cuanto a los técnicos de prevención.
    Y es un documento oficial del INEM (pena penita pena).

    #143018 Agradecimientos: 0
    XOMALOGA
    Participante
    1
    0
    abril 2002

    Iniciado

    El Convenio General de la Construcción establece que en lo relativo a Clasificación Profesional y Seguridad y Salud, se mantiene de forma transitoria lo contemplado a ese respecto en la Ordenanza Laboral de la Construcción de 1970, aún cuando estén derogados los artículos correspondientes.

    Como despues de 4 años aún sigue la cosa en “tránsito” se aplican a la utilización de equipos de trabajo las competencias de las diversas categorias y oficios y eso hace que un peón no pueda utilizar máquinas o ¡¡herramientas eléctricas!!.

    Como los jueces y la Inspección a algo han de agrrarse, la situación es la que hay y lo demás no importa independientemente de todo lo que explicas, pues se supone que si tiene toda esa formación y experiencia debería haber ascendido de categoría y por consiguiente salirle más caro a la empresa…

    A lo mejor el problema surge de otras fuentes ¿O no?

    #143019 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    VEamos
    Pues esto te lo dice porque un inspector de trabajo no lo es solo de materia preventiva, si no tambien laboral.
    Desde el punto de vista preventivo, un trabajador debidamente formado de forma práctica y teórica, con la autorización, puede manejar una máquina.
    En cambio, esto choca frontalmente con la normativa laboral, de la cual el inspector se debe hacer echo.
    En este sentido, un peon ordinario, según las categorías profesionales establecidas actualmente, realiza trabajos para los cuales no es necesario un conocimiento ni operativa previa.
    Así, si por una parte un peon no realiza trabajos para los que se exige formación, y para manejar una máquina según la LPRL necesitas formación, se deduce que un peon no puede usar una máquina.
    De ahí que se exija al menos la categría de peon especialista.
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #143020 Agradecimientos: 0
    frfyone1
    Participante
    0
    mayo 2001


    Tremendamente es así…y no se entiende..todos tenemos razón en este tema..que lastima que aún se nos cuestionen algunas cosas…yo me he vuelto loco a mirar y buscar, hasta a hacer consultas, y jejejejeje, la administración me reenvia a la orden de 28 de agosto de cuando?, de 1970 por la que se aprueba…..bueno aprobó…..la ORDENANZA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCIÓN, VIDRIO Y CERAMICA, para que me haga una idea de lo que pueden hacer los puestos o diferentes puestos de trabajo que pueden contemplarse en la construcción…en este articulado si que habla algo de todos estos temas, diciendo que un peón es un trabajador no experto en la materia y que puede hacer mucho de todo pero….es decir que debe de sacrificar la técnología y hace gran cantidad de trabajo en el que prime la fuerza física, es decir no contempla la posibilidad de usar herramientas específicas. Pero claro, como decia un compañero, así un peón puede ser toda la vida peón, no podrá aprender ni usar máquinas sino le ascienden, y como le van a ascender si no sabe usar máquinas…´gato…..ratón. ¿no?

    #143021 Agradecimientos: 0
    solo09
    Participante
    0
    mayo 2007


    No he leido todas las respuestas pero creo simplemente que debe leerse con detenimiento las funciones y competencias que tiene un peon ordinario, y resumiendo no pueden utilizar ninguna herramienta que no sean las manuales, quizas esten desfasadas estas competencias, pero no se han cambiado sus atribuciones, por lo tanto la ùnica soluciòn es :Cambiarlo de categoria en su contrato y ante la Seguridad Social, por ejemplo de peòn especialista para arriba.

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