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    FRANCISCO Nebot Edo
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    enero 2015


    Hola foreros:

    A ver que opinais sobre un asunto. Una empresa que cuenta con camioneros han dicho a la empresa que según “normativa existente o que va a salir” que a partir de 700 kg no se debe utilizar transpaleta manual y si eléctrica. Claro que la empresa quiere saber si están obligados por ley a hacerlo. Parece obvio bajo mi criterio que así debería ser para el tema de esfuerzos, pero NO encuentro nada salvo un documento de la UGT, alguna NTP (no vinculante) y obviamente el RD 487/97 de manipulación de cargas. Tampoco me han dado respuesta desde el INSHT (ya hace algún tiempo de ello que les consulte). Lo que sí está realizada la oportuna evaluación de riesgos, pero no tienen un estudio ergonómico (aún). Claro que si se realiza y surge un riesgos real y/o potencial pues la rezón será para los trabajadores.

    Mi pregunta es que es lo que pensáis al respecto y si se me escapa algún detalle, normativa o similar. Gracias compañeros.

    #437466 Agradecimientos: 1
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Salvo que en Tabarnia haya leyes nuevas; no existe ninguna normativa que obligue tal disposición.
    La respuesta, como suele decir con razón nuestro compañero ICM es la evaluación de riesgos.

    En la manipulación de traspaletas, no es de aplicación la manipulación manual de cargas porque… no es manipulación manual.
    La tracción de una traspaleta requiere de ciertos esfuerzos, que son fruto del peso que transporta, de como estén de bien mantenidas sus ruedas, de lo lisa o irregular que sea la superficie de trabajo, de su pendiente, etc.

    Al final, puedes realizar un estudio, que nunca será exhaustivo debido a tantas variables que se ponen en juego; y adoptar un criterio técnico (Es decir, por decisión técnica de un técnico de la empresa) que establezca que por encima de tantos Kg, por muy bien que esté la superficie y muy llana que sea y muy bien que esté la traspaleta, el esfuerzo de tirar de ella va a superar el recomendable; por lo que prohíbes usarla.

    Me parece correcto y sería un criterio claro, entendible y del lado de la seguridad; pero no será un criterio con base legal. No la hay.

    #437467 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Además de revisar la transpaleta y su carga máxima que tiene que venir establecida, y con unas instrucciones que especifiquen claramente las limitaciones de peso y/o volumen de carga en función de terreno (liso, rugoso, plano, inclinado…)

    En cuanto a la normativa, no estoy al tanto de que vaya a salir ninguna de este tipo, al menos una que vaya a ser tan clara con respecto al peso máximo y que afecte retroactivamente a las transpaletas ya fabricadas… mmm hiede a leyenda urbana que tira patrás.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #437468 Agradecimientos: 0
    FRANCISCO Nebot Edo
    Participante
    0
    enero 2015


    Muchisimas grácias compañeros, yo pensaba lo mismo

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