Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • Autor
    Entradas
  • #62778 Agradecimientos: 0
    manu1974
    Participante
    0
    febrero 2003


    una empresa de limpieza; donde el puesto de trabajo de los limpiadores es itinerante (comunidades, oficinas…)…
    ¿es obligatorio que tengan un plan de autoproteccion de una oficina que dispone dicha empresa (tamaño 12m2)la cual se utiliza para temas de admon. y donde de vez en cuando trabaja el autonomo (gerente de la empresa de limpieza) para hacer dichas tareas de admon.? gracias

    #356895 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Hombre, aplicando pura y duramente del R.D. 171/2004, el que tiene que informar de las medidas de emergencia es el titular del centro. Y si el riesgo no es grave, ni siquiera por escrito, con lo cual…

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #356896 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Desde luego, un Plan de Autoprotección tal y como contempla el RD 393/2007 NO.

    Otra cosa es que se cumpla con el Artículo 20 de la LPRL, que desde luego puede hacerse de forma mucho más sencilla que elaborandfo un Plan de Autoprotección.

    #356897 Agradecimientos: 0
    67613
    Participante
    4
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Deberían acercarse al Departamento de Urbanismo y/o Industrial de su Gobierno Autonómico porque puede ser que sea exigible… aunque no lo creo. De acuerdo con Zalo, según la normativa estatal.

    #356898 Agradecimientos: 0
    makavelifmk
    Participante
    2
    enero 2010


    LA PREVENCION SE DA DEACUERDO AL NIVEL DE RIESGO DE LA EMPRESA Y LA CANTIDAD DE TRABAJADORES. DEBES DARME MAS INFORMACION PARA PODER DAR MI CRITERIO

    #356899 Agradecimientos: 0
    tevening
    Participante
    0
    enero 2010


    En mi opinión, deben de tener Medidas de Emergencia, no plan de autoprotección, que es un documento mucho más complejo y de legislación específica para unos determinados recintos.

    #356900 Agradecimientos: 0
    manu1974
    Participante
    0
    febrero 2003


    1 trabajador
    actividad admon
    12m2 o menos

    #356901 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Atiende a lo dicho por Zalo5886… lo que debes de cumplir es el art. 20 de la LPRL para lo cual no es necesario un Manual de Autoprotección

    #356902 Agradecimientos: 0
    tenderi
    Participante
    0
    abril 2008


    SI DEBE DE CONTAR CON UN PLAN BASICO DE CAPACIATCION,INSPECION, EMERGENCIAS EQUIPOS DE PROTECCION PERSONA MANEJO NSEGURO DE QUIMICOS

    #356903 Agradecimientos: 0
    manu1974
    Participante
    0
    febrero 2003


    donde pone eso??

    #356904 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
    2
    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Eso no viene en ningún sitio… de la normativa española, en Nicaragua tal vez pero no en España

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • El debate ‘ manual de autoproteccion’ está cerrado y no admite más respuestas.