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  • #284 Agradecimientos: 0
    rives
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    marzo 2005


    Buenas tardes,
    Después de buscar sobre este tema en el foro no me ha quedado claro. En la obra en la que trabajo la empresa de ascensores OTIS va a aportar los medios materiales y cree que sólo aportaría un supervisor de los trabajos, ya que a los montadores los subcontrataría…En este caso se podría decir que OTIS aporta medios materiales y humanos? Gracias.

    #75353 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Si aporta el supervisor, que está continuamente en obra, yo creo que sí.
    Es el mismo caso de la empresa de la que actualmente soy responsable de seguridad. Diseña y supervisa la construcción y transformación de instalaciones industriales y fabrica equipos para las mismas, subcontratando empresas de montaje industrial para dicha función. Tiene la capacidad material, organizativa y en recursos humanos suficiente para efectuar su labor.

    #75352 Agradecimientos: 0
    rives
    Participante
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    marzo 2005


    Me estás diciendo que la empresa en la que trabajas Diseña y supervisa, por lo que si subcontrata el montaje, no está incumpliendo con la actividad para la cual ha sido contratada( diseñar y supervisar), pero en mi caso no, OTIS ha sido contratada para el montaje de ascensores y lo va a subcontratar, sólo aportaría el supervisor.Alguien me lo podría aclarar?

    Muchas gracias.

    #75351 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

    Iniciado

    Es contratista principal . NO ?

    Está en el REA .. NO ?

    Pues puede subcontratar los trabajos.

    #75350 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Bueno, yo lo consulte en la ITSS y me dijeron que debíamos inscribirnos en el REA pero que no podríasmos subcontratar todo el montaje (siempre con su coledtilla de que es como ellos interpretan la ley, pero legalemente no supone jurisprudencia).
    Cuando yo plantee esta circunstancia ante la dirección de la empresa y su gabinete legal, ellos dijeron que despues de mas de cien años de existencia de una empresa que trabaja por todo el mundo siempre así a estas alturas no iban a crear un departamento de montaje solo para España.

    #75349 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
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    193
    junio 2004


    Experto

    Otis no es contratista principal, sino subcontrata. Aunque esté inscrita en el REA, requisito indispensable pues aporta personal (el supervisor), entiendo que los materiales que suministra son los que constituyen el propio ascensor y que no aporta los equipos de trabajo necesarios para su montaje.

    Luego para mí: no es un proveedor (pues tiene contratado un supervisor en obra) y sí un subcontratista “intensivo”, pues aunque suministra materiales (no por suministralos se convierte exclusivamente en proveedor) NO APORTA los medios o equipos necesarios para la EJECUCIÓN de la unidad de obra para la que ha sido contratada.

    En mi opinión no puede subcontratar.

    Saludos.

    #75347 Agradecimientos: 0
    rives
    Participante
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    marzo 2005


    No es contratista principal( es subcontrata) y está en el REA. Entonces con todo lo dicho por los foreros, puede o no puede subcontratar? Esto es un lío, cada uno decimos una cosa.

    #75348 Agradecimientos: 0
    lita386
    Participante
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    octubre 2005


    La empresa de ascensores OTIS es Subcontrata del primer nivel de subcontratación. Pero es una “Subcontrata Intensiva”, ya que no aporta maquinaria a obra (los ascensores no son maquinaria), por lo tanto OTIS no podría subcontratar nada (ni a otra empresa ni a trabajador autónomo).

    #75345 Agradecimientos: 0
    Ramon Perez Merlos
    Participante
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    febrero 2014


    Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que la Ley de Subcontratación nace con el propósito de que solo las empresas que tengan solvencia puedan trabajar en las obras. Esa solvencia (art. 4 Ley 32/06) habla de los medios humanos y materiales.
    En primer lugar, aunque no utilicen maquinaria (solo máquinas herramientas), si fabrican ellos mismos los ascensores, disponen de equipos de trabajo en sus instalaciones fijas para ello, hecho que evidentemente justifica el asunto de los medios materiales, pues no olvidemos que por su idiosincrasia no utilizan maquinaria en la obra. Recordemos que muchas empresas utilizan plataformas de trabajo dentro del ascensor, medio auxiliar que también se le considera medios materiales. En principio la IT está dando por bueno esto. Pero insisto que por sentido común no se puede decir que estas empresas no cumplan con los requisitos, cuando todo lo que hacen en la obra depende exclusivamente de ellos.
    En segundo lugar, en cuanto a los medios humanos, evidentemente que deben de disponer de un encargado o responsable de los montajes en la obra, para dar cumplimiento a los medios humanos. Pero no olvidemos que por la propia definición de subcontratista, no puede subcontratar todo lo que le han contratado, es decir, deben instalar con operarios propios algún ascensor de la obra, por muchos años que lleven montando ascensores y ese tipo de chorradas.
    Por tanto, tendrán que tener un responsable de los trabajos y montadores en obra que ejecuten parte de estos montajes, se pongan como se pongan.

    #75346 Agradecimientos: 0
    rives
    Participante
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    marzo 2005


    Entonces, con la aportación del supervisor no cumplen con los medios humanos, sino que es necesario que aporten montadores también?

    #75344 Agradecimientos: 0
    miref
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    2
    junio 2004

    Iniciado

    Si es subcontrata no puede subcontratar si no aporta maquinaria …. ¿medios materiales? sería subcontratista intensivo.

    Así que hablar con el promotor y que amplie la contratación horizontal y otis sea contratista o alquilar una plataforma elevadora …. y Santa Inspección del Trabajo dirá.

    #75343 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
    Participante
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    193
    junio 2004


    Experto

    Con la aportación del suprevisor Sí cumplen con los medios humanos.

    Donde no cumplen la condición que les permitiría subcontratar es porque no aportan equipos ni medios para ejecutar el montaje. Ni siquiera aportan los medios auxiliares (por lo menos eso me pareció entender), pues quieren subcontratar todo el montaje del ascensor a otra empresa.

    Si aportaran estos medios auxiliares sí que podrían subcontratar, pues son equipos de trabajo distintos de las herramientas manuales y portátiles motorizadas, que es la condición impuesta por la Ley de Subcontratación).

    Acerca del comentario de Raimond1 sobre el tema de aseguramiento de la solvencia de las empresas como uno de los motivos de la aparición de la Ley 32/2006… Yo, como contratista, donde me fijo es en que la empresa esté inscrita en el REA y que se cumplan los niveles de subcontratación en mi obra. No en la solvencia ni en la organización de la empresa, pues eso a quien le compete aprobarlo es al organismo de la administración que le facilita el certificado de registro.

    Insisto en que, para mí, no pueden subcontratar en estas condiciones, por mucha solvencia que tengan. Podrán en otra obra donde se den otras circunstancias, pero no en la tuya.

    Saludos.

    #75341 Agradecimientos: 0
    Softor
    Participante
    5
    5
    mayo 2007

    Iniciado

    Buenos días,

    Si tu empresa tiene por contrato el sumnistro y montaje de los ascensores, sólo podrá subcontratar, si aparte del propio ascensor (es un sumnistro) aporta maquinaria, entendiendose por maquinaria lo que refleja la Ley 32/2006.Art. 5.2.f. “Asimismo, tampoco podrán subcontratar los SUBCONTRATISTAS, cuya organización productiva puesta en uso en la obra consista fundamentalmente en la aportación de mano de obra, entendiéndose por tal la que para la realización de la actividad contratada no utiliza más equipos de trabajo propios que las herramientas manuales, incluidas las motorizadas portátiles, aunque cuenten con el apoyo de otros equipos de trabajo distintos de los señalados, siempre que éstos pertenezcan a otras empresas, contratistas o subcontratistas, de la obra.”

    Un saludo.

    #75342 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    A mi lo que me parece, así según va pasando el tiempo, es que a los TPRL nos han empaquetado un tema más administrativo que otra cosa, en lo que tiene que ver a la Ley 32/2006.

    Pero en fin, no me he pasado horas con la norma en cuestión para arriba y para abajo para ahora no intentar aportar nada (además, así casi llego a los 400 puntazos, y paso al “Top 10 alevín con aspiración a megalómano”):

    Artículo 4. Requisitos exigibles a los contratistas y subcontratistas.
    1. Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:
    a. Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.
    ¿Tiene medios materiales? Me da igual.
    ¿Tiene medios humanos? La verdad, también me da igual.

    Porque, si me sujeto a lo que la norma dice estrictamente (no me invento nada), lo que interesa son medios materiales y personales NECESARIOS. ¿Necesarios para qué? Pues para el desarrollo de la actividad contratada.

    Vamos al caso concreto: Empresa instaladora, pone los medios materiales (material, herramientas, tráctel, andamio, etc.) y un encargado para dirigir el montaje. ¿Con esto se podrá montar el ascensor? No, porque además necesita contratar a unos montadores (como el supervisor no sepa, el ascensor no se va a montar solo).

    ¿Se puede decir que por sí sola la empresa cuenta entonces con los medios necesarios para el desarrollo de la actividad contratada?

    Blanco y en botella…

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

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