- Este debate tiene 16 respuestas, 15 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 17 años, 7 meses por Juan Peña.
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Publicada en el BOE de hoy jueves 19 de octubre.
SaludosCenquiu verimach.
Me viene al pelo porque ya estaba estudiando el borrador …
Blanfi. Muchas gracias por tu aportación.
Muchas gracias por el aporte.
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Gracias por la información Blanfi,añadir que quien lo desee la puede localizar exactamente en:
Saludos.
Entra o regístrate para ver los enlaces Muchisimas gracias….
Esto es estar informado. muchas gracias
Muchisimas gracias, estaba ya pendiente de su publicación.
Un saludo
Me encanta este foro. Meses seperando a enterarme cuando salía la dichosa ley, y un colega forista nos informa. Muchas gracias BLANFI
Sois estupendos…. gracias así da gusto.
Muchas Gracias.
Entrará en vigor a los 6 meses. Ya debatirá el foro sobre su utilidad. Me gusta lo del Registro de Empresas Acreditadas como filtro pero el tema es tan difícil que aun han de desarrollar lo del Registro mediante Reglamento. Todos a contratar y subcontratar antes de abril aunque se ejecute la obra el 2008. Ya puede estar regulado lo del Registro antes de 6 meses.
Además del libro de incidencias habrá el de subcontratación que supongo lo harán controlar al coordinador (más responsabilidad para el coordinador). Coordinadores, recursos preventivos sois unos “cracks” … en serio.
Acreditar la formación de los trabajadores de la construcción ….. a desarrollar reglamentariamente pero mientras tanto valen los carnets que haga el INSHT …. se van a volver locos dando formación y carnets …. lo tendrán que subcontratar ja,ja,ja
La ley se aplica a las obras públicas ….. ya veremos.Me gustría saber opiniones de los expertos …. los que trabajais en el tajo, los coordinadores que están a pie de obra, …
No me gusta el artículo 5.3 … es un cajón de sastre.
Si se aplicara, siguiera y controlara bien el RD 1627/97 no haría falta regular más y liar la troca. Opinión personal.
bueno, al menos en el 5.3 le tiene q echar mano la DF, vamos q debe actuar como filtro y ser conocedor de quienes van a entrar en obra.
entra hoy .pero realmente quedan 6 meses
Y ya empezamos a ver joyitas legislativas….al paso que vamos, nos van a exigir que sepamos “kung fu mental” para poder interpretar los artículos.
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/Pro fin un principio de regulación de la subcontratación.
Un pequeño paso para los legisladores, pero un gran paso para contratas y subcontratas que lo pasarán realmente mal para adaptarse.
A ver si se aplica aunque sea en grandes constructoras.
El artículo 4.4 va a traer cola: Eso de obligación de un porcentaje de contratación indefinida va a ser tela marinera.
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- El debate ‘ LEY 32/2006 REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN’ está cerrado y no admite más respuestas.