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  • #70843 Agradecimientos: 0
    amserrano
    Participante
    2
    abril 2006


    Buenos días.

    Os pongo en antecedentes, un amigo tiene un laboratorio químico donde, el técnico de prevención que tienen contratado, les hace una vez al año un estudio de contaminantes químicos, lo que pasa es que el técnico toma las muestras y es el propio laboratorio quien las analiza para que luego el técnico haga el informe.

    Le he comentado que creo que eso no se puede hacer, no pueden ser juez y parte, es decir que no pueden analizar las muestras de su propia empresa, que tendrían que contratar a un tercero que se las hiciera.

    Mi pregunta es, hay algún sitio en la ley donde ponga si eso se puede hacer así o no ??

    MUCHAS GRACIAS

    #418245 Agradecimientos: 0
    PedroV
    Participante
    19
    15
    mayo 2007


    Iniciado

    Bueno dices que no se puede ser juez y parte. Vamos a analizar eso con la escasa información que das (no indicas que organización preventiva tienen, solo indicas que tienen un técnico de prevención contratado pero no se si te refieres a que está en plantilla en la empresa o es un técnico de SPA).

    Si es un técnico de su SPA, entonces no hay duda. Tal y como dice el RD 39/1997 en su artículo 17 en su apartado 1.c, los SPA no pueden mantener con las empresas concertadas vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, distintas a las propias de su actuación como servicio de prevención, que puedan afectar a su independencia e influir en el resultado de sus actividades. El caso de tu amigo entraría en esta incompatibilidad.

    Pero si es un técnico en plantilla de su organización preventiva propia, no veo en el citado RD porque no pueden utilizar los medios de su laboratorio.

    Espero haberte ayudado.

    #418246 Agradecimientos: 1
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    De acuerdo por completo con “Pedrov”. . . 😉

    #418247 Agradecimientos: 0
    pichon 1
    Participante
    1
    0
    enero 2008

    Iniciado

    estimado amserrano. quiero decirte que la legislacion de cada pais es difeerente, en algunos dice que se pueden hacer los muestreos por el propio laboratorio, en mexico solo se puede si el personal esta autirizado por la EMA, ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACION, O HACERLO CON UN LABORATORIO AUTORIZADO ´POR LA EMA. en otros paises con otras entidades, pero seria importante que revisaras que dicen tus n ormas de seguridad que te indican los decdretos reales o las normas de seguridad de mtu pais, eso te puede dar un mejor panorama de decision.
    Saludos.
    Sergio desde Mexico

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