Viendo 8 entradas - de la 31 a la 38 (de un total de 38)
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  • #109988 Agradecimientos: 0
    GIGIA
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    noviembre 2004


    Disculpas aceptadas. Y creo que te mereces una aclaración por mi parte, aunque creo que debería darse por obvia, y es que ningún médico del trabajo puede “presumir” de realizar control con fines selectivos. SIEMPRE he hablado de control para alcanzar una autética política preventiva, pues si no sé lo que manejo, dificilmente podré prevenir nada. Un ejemplo: he tendio 3 neumonías este invierno en mi empresa, pues bien, pienso buscar un nexo entre ellas hasta debajo de las alfombras. ¿Puede ser una casualidad? Hasta que no lo demuestre no creo en la casualidad.
    Por cierto, me tratas en femenino… ¿No sabes el significado de Gigia? Pues busca ciudades romanas en Hispania.

    #109989 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Queda por el norte,jeje. Otra pista, antes que romanos en esa zona (aunque no exactamente en el mismo emplazamiento) habitaban los cilúrnigos.

    #109990 Agradecimientos: 0
    GIGIA
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    noviembre 2004


    Sí, era la tribu de la Campa Torres. Cuando Gigia no era Gigia y se llamaba Noega.

    #109991 Agradecimientos: 0
    basil
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    octubre 2003


    El equipo de vigilancia de la salud puede decidir realizar pruebas y estaria en su derecho con el fin de realizar estudios epidemiologicos, etc… para observar algun tipo de incidencia en el sector … , de la misma manera que si se decide realizar una medicion higienica, una encuesta para psicosociologia, algun tipo de operacion de ergonomia, la empresa no puede negarse aunque muchas veces no se realicen para no “molestar” en el caso de pymes . Simplemente para no molestar se recurre al dinero del concierto para vigilancia para la salud a fin de tener un papelito por un lado y obtener un fijo por otro sin “complicarse la vida” ya que normalmente la pyme todo el dinero lo considera gasto y no diferencia gasto de inversion

    #109992 Agradecimientos: 0
    NandoBCN
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    6
    octubre 2006

    Iniciado

    Ya, Basil, pero el debate era, no si la empresa puede negarse a hacer reconocimientos sino el trabajador.
    Y si queres realizar esos estudios epidemiolçogiocs, deberás probar muy bien, no solo la conveniencia de los mismos, sino que son IMPRESCINDIBLES.

    Y ahí ya es cuestión de matices (como ves, hay un tribunal que entendio que no lo era un reconocimiento que la empresa definio como obligatorio en una reincorporacion tras 18 meses de IT, mientras que para el amigo Gigia parece que es del todo necesario. Lo malo es que lo que al final cuenta es la opinion del tribunal)

    Saludos

    Saludos

    #109993 Agradecimientos: 0
    basil
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    octubre 2003


    Si se basan en el real decreto 1299/2006 de enfermedades profesionales por la presencia de alguna enfermedad profesional ( la verdad que dime que empleo no esta con la posible afectacion ) o sea que como dije antes sera dependiendo de la evaluacion de riesgos que en funcion del RD 1299/2006 se oblige o no la realizacion, teniendo parte de ellas protocolo sanitario especifico con lo que si de la evaluacioin de riesgos se observa manipulacion de cargas, presencia de substancias de alto peso molecular, … o sea que la excepcion del 22.1 que dice solo lo es si alguna norma lo obliga y si vamos al real decreto 1/1994 LGSS en su articulo Artículo 196.-Normas específicas para enfermedades profesionales.
    1. Todas las empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgo de
    enfermedades profesionales están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo
    a la admisión de los trabajadores que hayan de ocupar aquéllos y a realizar los
    reconocimientos periódicos que para cada tipo de enfermedad se establezcan en las
    normas que, al efecto, dictará el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
    2. Los reconocimientos serán a cargo de la empresa y tendrán el carácter de obligatorios
    para el trabajador, a quien abonará aquélla, si a ello hubiera lugar, los gastos de
    desplazamiento y la totalidad del salario que por tal causa pueda dejar de percibir.
    3. Las indicadas empresas no podrán contratar trabajadores que en el reconocimiento
    médico no hayan sido calificados como aptos para desempeñar los puestos de trabajo de
    las mismas de que se trate. Igual prohibición se establece respecto a la continuación del
    trabajador en su puesto de trabajo cuando no se mantenga la declaración de aptitud en
    los reconocimientos sucesivos.
    4. Las disposiciones de aplicación y desarrollo determinarán los casos excepcionales en
    los que, por exigencias de hecho de la contratación laboral, se pueda conceder un plazo
    para efectuar los reconocimientos inmediatamente después de la iniciación del trabajo
    qu es el que hace aplicable el real decreto de enfermedades profesionales.

    #109994 Agradecimientos: 0
    NandoBCN
    Participante
    2
    6
    octubre 2006

    Iniciado

    Sí, ya he oidos y leído muchas veces eso de “qué actividad profesional no está exenta de riesgos”, y de alguna manera estoy de acuerdo.

    Pero si por ahí pretendemos justificar la obligatoriedad absoluta para el trabajador de someterse a los reconocimientos médicos dejamos sin contenido el derecho por parte del trabajador que la propia LPRL contempla, en el sentido de que salvo en la serie de supuestos que ya hemos comentado (actividades expresamente definidas como peligrosas por la norma, que exista un riesgo cierto para la salud del trabajador o del resto de trabajadores…)

    Insisto en que estoy tratando de hacer un análisis desde el punto de vista jurídico, no lo que mi sensibilidad sobre la materia me dicta (yo, en principio, haría obligatorios los reconocimientos, tanto los iniciales como los periódicos según hayan definido los especialista en vigilancia de la salud).

    Por tanto, lo que quiero dar a entender es que la mera definicion por parte de la empresa de un reconocimiento como obligatorio no es suficiente para que éste realmente lo sea, al final deberá justificar (ante un tribunal, llegado el caso) de objetivamente puede defenderse que nos encontramos ante una de esas excepciones (y recordad que una excepcion no puede ser lo habitual, ¿cómo vamos a defender que siempre se da la excepcion porque siempre hay riesgos?, eso no es una excepción).

    Por tanto, o cambiamos la norma o debemos matizar mucho esas afirmaciones de que “esta revision es obligatoria porque así lo ha definido la empresa o nuestro servicio de prevención”. Eso no es suficiente, y vuelvo a remitirme a la sentencia que aporte en mi primera intervención.

    Un saludo

    #109995 Agradecimientos: 0
    GIGIA
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Fernando, voy a terminar con este debate que se está haciendo interminable (además en Sevilla ya se terminó la Feria y finaliza también el tiempo libre). Yo soy médico, no sé tú, y creo que puedo y debo, llegar hasta donde me deje la sensated para poner en marcha mis políticas sanitarias en la empresa. Las mías, sin miedo a rozar los límites legales, para controlara eso está el juez. Creo que si dejamos los periódicos a la interpretación extricta de la ley y apretamos en los inciales y tras IT prolongada, o por cambio de puesto, “obligando” a los trabajadores a realizarlos, serán muy pocos los que se metan en pleitos, pues los casos particulares son más fáciles de atacar que los colectivos a la hora de buscar resquicios de presión. Y no olvidemos que es en esos casos donde más actuación profesional no rutinaria se puede aplicar. Yo creo que si me dejan apretar, aprieto, ya vendrá el responsable de decirme que suelte un poco, si es que hay que soltar. La defensa de derechos no es mi competencia, sobretodo cuando esos derechos que se defienden son más una actitud blandengue por parte del legislador. Yo no arraso con ningún derecho manteniendo una actitud preventivista, y para ello hay que pasar por el control a todos, pues la prevención colectiva sólo se logra con el análisis de todos los casos.

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  • El debate ‘ ¿La empresa debe pagar por TODOS los reconocimientos medicos?’ está cerrado y no admite más respuestas.