Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #74018 Agradecimientos: 0
    MARIA.MM
    Participante
    16
    mayo 2007


    Buenos días, quería haceros una consulta, si en una empresa por ejemplo una ganadería el trabajador no utiliza un tractor determinado, pero le faltan ciertas protecciones o no se sube a los silos pero sabemos que hay riesgo de caída de más de dos metros, yo lo he incluido como posibles riesgos y he indicado las protecciones que tienen que colocar en la planificación. Además he indicado que el trabajador no está autorizado para usarlos porque no tienen las protecciones indicadas ¿lo haríais asi? o como no las usa el trabajador no las incluiríais??

    Muchas gracias

    #436808 Agradecimientos: 1
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Yo las incluiría. Porque estar están. El trabajador puede “decir” no usarlas y de hecho no usarlas….pero quien te dice que en un momento dado las use. Y las use porque esos equipos o circunstancias “están ahí” …y fuera de control.
    Si el tractor no se usa, se debe retirar.
    Si el silo no tiene protección contra caídas …porque no sube nadie. O bien se “condena” el acceso a esa “posición” , impidiendo se de la situación (físicamente) o bien se evalua el riesgo y se proponen las “medidas correctoras y de prevención-“

    Acordarse que la LPRL ya indica que el empresario debe tener en cuenta no solo las condiciones de trabajo típicas y habituales, sino aquellas “atípicas” que pudieran darse incluso por imprudencia de los trabajadores.

    #436809 Agradecimientos: 2
    Histófenes
    Participante
    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    Lo encontré… tachánnnn

    Guía de Equipos de Trabajo de la ITSS:
    ITEM 20 PAG 9
    Siguiendo la Guía Técnica elaborada por el INSHT. el referido punto 16 del Anexo II del RD 1215/97, básicamente quiere decir
    que mientras exista físicamente un equipo de trabajo en un centro de trabajo o empresa, o está con sus protecciones, listo
    para poder ser utilizado o, por el contrario, está inutilizado, de forma que no pueda ser puesto en funcionamiento, eliminando o
    retirando partes esenciales del mismo que permitan alcanzar ese objetivo.
    Los preceptos infringidos serían los señalados anteriormente, y el tipificador el artículo 12.16.b) del TRLISOS.

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    #436810 Agradecimientos: 0
    Enrique Noguero Rodríguez
    Participante
    5
    13
    julio 2017

    Iniciado

    Exacto, es que además técnicamente todo lo que no pertenezca al proceso productivo de la empresa no debería estar en los centros de trabajo de la misma, porque pueden suponer riesgos adicionales en la actividad que no tendrían por qué tenerse. Y se trata de ir eliminando riesgos o irlos reduciendo como mínimo a un nivel tolerable, ¿no? ¿o es que queremos evaluaciones de riesgos con centenares de riesgos que incluimos “por si acaso” (ojo, que cuando he sido técnico de SPA he sido el primero en incluirlos, pero quizá desde un SPP se ven las cosas de otra forma). Por cierto, si me permites, trabajas en un SPA ó en un SPP? Es verdad que incluso en un SPP tampoco puedes estar todo el día junto al tractor impidiendo que nadie lo use, así que si no te quedara más remedio yo también incluiría el riesgo pero con todas las precisiones que te ha indicado Histófenes anteriormente.

    #436811 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¡Buenas!

    Aunque es una opinión más, no estoy muy de acuerdo con lo que se está comentando. Me imagino el caso de una empresa con un coche de empresa en la que un trabajador no pueda conducir (por la razón que sea)… y yo diciéndole al empresario que retire el vehículo porque al estar en el centro existe riesgo de que el trabajador lo utilice. Como diría alguien que yo me sé, de locos.

    La LPRL te pide que tengas en cuenta las acciones imprudentes que pueda realizar el trabajador, no las temerarias. Manipular un equipo existente en la empresa, pero para el cual no se está autorizado, formado, etc., para usarlo, me parece lo segundo. ¿Solución? Que la empresa emita autorizaciones para los equipos de trabajo que pueda o no utilizar el trabajador para dejar ese aspecto claro.

    En cuanto al técnico de prevención… personalmente, si desde la empresa me insisten en que el trabajador no maneja tal o cual máquina, lo reflejo por escrito en la evaluación y listo. A partir de ahí, que se apañen.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #436812 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    La pregunta tiene mucho que ver con un cáncer principal de todo este lío: el TPRL no se conoce la empresa, no la vive y a menudo tampoco hay una relación con la confianza suficiente como para fiarse de lo que le dicen; por eso se tira a meterlo todo, no vaya a ser…
    Y tiene su lógica personal, pero evidentemente no es bueno para la calidad del servicio.

    En estos casos, ocurre como lo que suelen decir los médicos: tengo que verlo, es decir, cada TPRL sabrá qué grado de confianza tiene con sus empresas; porque lo único que está claro es que la evaluación de riesgos debe reflejar la realidad, es lo único sagrado. A partir de ahí, el TPRL debe utilizar su criterio.

    #436813 Agradecimientos: 0
    Enrique Noguero Rodríguez
    Participante
    5
    13
    julio 2017

    Iniciado

    A ver, creo que no me he explicado con la suficiente extensión, suponiendo que se daba por entendido… Cuando hablo de retirar cualquier elemento no perteneciente al proceso productivo de la empresa me refiero no únicamente por los riesgos de conducción insegura ante la falta de protecciones del vehículo o lo que fuera… aunque sea simplemente por tenerlo ahí sin usar por posibles choques contra objetos inmóviles cuando está parado. Que soy puntilloso, sí, pero es que si no lo retira y por lo que sea es el mismo empresario (suponiendo que está dado de alta de autónomo y no en el Régimen General) quien lo utiliza a mi humilde criterio sí que debería estar contemplado en la evaluación. Cuanto menos ponerlo fuera de servicio, pero eso no elimina el riesgo. En cuanto a la diferenciación entre imprudencia y temeridad para mí el ideal es que el trabajador no se pueda hacer daño ni queriendo… después por mucho criterio técnico (o poco) que tenga yo quien interpreta a la hora de la verdad es el juez…

    #436814 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Tenemos que diferenciar entre:

    1. Equipo chungo que te cagas, sin protecciones y descachuflao, que nadie en su sano juicio debería usar. Se retira/se deja sin servicio o se protege. Si lo usa únicamente el empresario, hombre, yo no dejaría que se matara el pobre hombre… ¿tan mala persona es? 😆 Puedes poner algo como por ejemplo, “si en algún momento se debiera autorizar al trabajador a usar tal equipo, las medidas a tomar serían…” y explicarle al empresario que si no quiere arriesgar su vida se planifique tomar dichas medidas. Así le informas y le ayudas pero le dejas ya según su criterio. Y mientras, que únicamente el empresario tenga acceso al equipo. Eso de dejar la llave en el contacto, kk

    2. Equipo con sus riesgos y sus cosas pero que está correcto, que sólo usan los trabajadores autorizados. Nadie en su sano juicio pedirá que se retire, par favar, peeeeeeeeero los trabajadores no autorizados no deben poder utilizar el equipo. Eso de dejar la llave en el contacto, kk otra vez.

    Lo mismo a zonas no autorizadas, productos que no todo el mundo puede usar… etc.
    Hay que poner en la evaluación la necesidad de proteger/retirar el equipo, y consensuar con el empresario los mecanismos que se van a usar para evitar que los trabajadores no autorizados lo usen, mecanismos que irán detallados en la evaluación.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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