Quería preguntaros si se puede obligar a los miembros de policia o guardia civil que entran en una planta o explotación minera a llevar los equipos de protección individual exigidos por la disposiciones de seguridad internas de la misma , o bien pueden saltarse a la torera dichas disposiciones , ya que la Ley de Prevención de Riesgos no les aplica.
La ley de prevención de riesgos laborales no les aplicará a ellos, pero sí al titular del centro de trabajo, quien debe informar de sus riesgos a cualquier persona que acceda a sus instalaciones.
Si consideras que sin los EPI´s establecidos, dichas personas corren un riesgo grave e inminente, debe paralizarse su actividad o al menos la actividad que genera dichos riesgos; pero si no es así, les habrás informado de los riesgos y que ellos hagan lo que quieran (lo que está muy claro es que hagan lo que hagan en tu centro de trabajo, no es de tu propia actividad, por lo que no tienes deber de vigilancia).
Como segundo criterio, entiendo que si están en tu centro de trabajo, vienen como agentes de la autoridad, por lo que ni pío; eso sí, insistiendo en informarles de los riesgos que corren.
Como tú comentas, su presencia en las voladuras y la gestión de explosivos conlleva estas circunstancias.
Ejemplo de riesgo grave e inminente: Aunque esto no pasa nunca, tú no podrás dar nunca una voladura si hay agentes de la guardia civil dentro del área de seguridad. Ahora bien, si ellos no llevan casco en la explotación, una vez les hayas informado de ello, que se las apañen.
Como yo utilizo el foro para aprender y autoexaminarme, si puedo ayudar, éste es mi correo:
De acuerdo con De Locos. Se debe de entregar evaluación y comunicación de riesgos, QUE LA FIRMEN Y DEJEN CONSTANCIA DE SU ENTREGA Y RECEPCIÓN. Aunque la reglamentación no se les aplique (al igual que los EPIS)
Gracias por las respuestas pero han sido un poco ambiguas creo yo.
Es decir , entiendo entonces que no les puedo obligar a llevar los EPIS aunque si aconsejais que se les informe sobre los riesgos que pueden correr; Pero que luego en definitiva pueden actuar como ellos quieran , llevando o no los EPIS, y atendiendo o no a las instrucciones de seguridad que se les facilite.
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