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  • #394130 Agradecimientos: 0
    Cors
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    diciembre 2009


    Buenos dias Foreros.Soy coordinador de S.S. en obra, y en mis informes siempre adjunto un reportaje fotográfico, y en el incluyo tanto las faltas de seguridad colectiva como las individuales, y también las infracciones que en materia de seguridad haya podido observar por el personal.Porque si os encontráis con un operario que está subiendo por el exterior de un andamio tubular en vez de utilizar la escalera interior y le hacéis una foto ¿Qué hacéis con esa foto?. Yo en mi caso la envié al responsable de la empresa a la cual pertenecía el operario, con el advertimiento de que no quería volver a ver a ese trabajador en esa obra.

    #394131 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Los inspectoes de trabajo no imponen sanciones, sino que “proponen” una sanción admisitrativa para que la autoridad laboral competente imponga la sanción, que es un poco disitinto. Evidentemte se trata de un proceso administrativo que tiene sus plazo y sus recursos. Si el ITSS utilizó ese medio para proponer la denuncia es porque puede hacerlo, ya que le ampara la ley. De todas formas, aunque lo hubiese hehco sin pruba fotográfica, seguiría teneniendo validez su palabra, ya que se le supone “veracidad”. si además lo acompña con una fotografia, una descrioción de los hechos y una comprobación in situ de los riesgos existentes en el momento de la visita… pues nada hay que hacer. A´quí la cuestión es la de siempre: para la realización de esos trabajo era obligatorio el uso de casco protector, ¿sí? pues a qué esperaba para ponerselo. Por cierto: la empresa debió ponerle una sanción disciplinaria al trabajador por ese hecho.

    #394132 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    si para tener evidencia es importante tomar las fotos para compartir con el personal y anexarla a la capacitacion y la sancion

    #394133 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pues si te encuentras un operario subiendo por el exterior del andamio y no está usando la escalerilla interior, lo que deberías hacer es indicarle allí mismo al encargado de obra (que debería estar a tu lado en la visita) que paras el tajo. Y punto.

    A ver, ¿de qué sirve esa fotografia? De nada. Si ese trabajador hubiese caído de allí, y se te ocurre decirle al juez (en un hipotético juicio) que tienes un foto de lo malisimamente mal que estaba operando el trabajador, al primero que te cae un puro es a tí, por ser el “experto” en la materia que estuvo allí, y perdió el tiempo haciendo de fotógrafo mientras habia un riesgo que se consumó en accidente.

    ¡Claro!, lo que pasa es que es “raro” que “pilles” el accidente en vivo, pero no es un buena opción 8en mi modesta opinión) ampararse en: “mira al pajarito, que te pillé, que tengo un afoto tuya haciendo de spiderman”.

    Si es que fíjate que a mi me parece que el problema es que los CSS fallais en las visitas en algo esencial: Ir acompañados de un responsable de la ejecución de la obra. Pero bueno, luego pasa lo que pasa.

    #394134 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Cojon…, ¿y reflejas esas deficiencias en el libro de incidencias?, ¿no?, pues estas incumpliendo una de tus obligaciones (art.14.1 RD 1627/1997) y encima lo estas dejando por escrito y con pruebas gráficas.

    #394135 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pues yo hago lo mismo que tú, porque si no tengo una foto no hay manera de que el contratista ponga medios para evitar el problema.

    #394136 Agradecimientos: 0
    Ignacio
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    mayo 2002


    Sí, pero aconsejaría no incluir la mala praxis de los trabajadores en el informe a dirección de obra pues no aporta nada y puede traer dolores de cabeza.

    Foto sí, pero guardarla, (y si acaso enseñarla al contratista)y mas libro de incidencias.

    #394137 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Tambien se dan casos en los que el mismo encargado de obra dice que tal hueco estaba protegido, o que tal trabajador no estaba en obra, y es tu palabra contra la suya.
    Fotografia al canto.

    A mi me pasó un caso parecido con el Ayuntamiento de mi pueblo. Depues de una ocupación de vía pública, se limpió completamente la calle. Vamos que la limpié yo personalmente. A los pocos días 170 euros de multa desde el ayuntamiento. En el ayuntamiento me dijeron que habian tenido que retirar un container de escombro 3 personas durante toda una mañana y que tenia que abonarla. Lo que no sabian es que yo habia sacado fotos (por “vicio profesional”) y se las habia enviado al concejal de urbanismo al movil el mismo dia que termine los trabajos.
    Fui a hablar con el personal del ayuntamiento y se mantenian en sus trece, que la proxima vez espabilara y que era su palabra contra la mía. Cuando le dije que tenia fotos ya dijeron que no era un container sino un dumper autovolquete.
    Y cuando se las enseñé, dijeron que las habia hecho despues de que ellos limpiaran.
    Y ya cuando vino el concejal con las fotos en su móvil, directamente el encargado se dio la vuelta, cogió su coche y todavia estoy esperando una explicación.

    Yo hago muchas fotografias, Corsario no se tarda tanto en hacer una fotografia, porque luego la gente no se cree lo que les pongo en los informes.

    Un saludo.

    #394138 Agradecimientos: 0
    alcali
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    abril 2009


    Pues ahondando en lo que dice Corsario, imaginaos que el inspector toma la foto de un trabajador en altura sin arnés y el trabajador en ese momento al ver que lo fotografian se pone nervioso y zas! Tambien seria para que el juez divagase un poquito…

    #394139 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Es legal fotografiarlo…tomar video y tambien despedirlo con esa evidencia, siempre y cuando no utilices el material para otros fines tales y como realizar publicidad, subirlo a you tube y similares.

    Todas las evidencias recabadas son para uso interno y tomar medidas disciplinarias posibles

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