- Este debate tiene 15 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 13 años, 2 meses por ICM75.
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Puede la empresa inscribir a los trabajadores a la formacion en sabado?
Con la cantidad de datos que das, SÍ puede. Otra historia es lo de compensar o abonar esas horas pero por poder puede.
No, sin abonar, para no perder la empresa las horas que el trabajador pierde.
Si empezamos con que el trabajador “pierde” el tiempo cuando se está formando en la evitación y control de riesgos de su actividad; éste no es tu foro.
Artículo 19. Formación de los trabajadores.1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación deber estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.
2. La formación a que se refiere el apartado anterior deber impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaer en ningún caso sobre los trabajadores.
A estas alturas de la vida me parece indignante que haya personas que sigan preguntado esto.
Yo estoy esponiendo un caso real, no es que sea yo kien lo haga, y lo ke me han comtestado es ke despues el trabajador se lleva el diploma debajo del brazo.
Pues esa pregunta me la he hecho muchas veces, porque lo se de primera mano, que las formaciones del convenio de la construcción se estan dando los viernes por la tarde y los sábados por la mañana. Y los trabajadores no reciben compensación.
No se yo hasta qué punto los trabajadores podrían negarse a ir a formación fuera de la jornada de trabajo cuando no reciban compensación por ello (tiempo libre o pago de horas extra), aunque el tema del trabajo esté tan mal.
En esto creo que se está fallando con el mega convenio de la consrucción, y por cierto, al que le quedan 10 meses de vigencia. A ver que inventan ¿formación cada 5 años de 8 y 20 horas, por ejemplo? Tiempo al tiempo.
Lo que te dicen en estos tiempos que el trabajo estan tan mal…. Es como las lentejas, si kieres lo tomas, si no lo dejas.
Es triste pero es asi.Buenos días, tengo una duda sobre la obligatoriedad de exigir la formación de 2º ciclo ya. Depende de con quien hables te dice una cosa u otra. Pero yo necesito saber si existe alguna normativa, orden, … de la inspección de trabajo donde realmente diga si existe esa obligaotoriedad o es a partir del 1 de enero de 2011.
Un saludoLa formación del convenio es obligatoria desde que entró en vigor el convenio. Como todo el mundo no podía tener la formación de 8 y 20 horas en ese instante, se ha ido pidiendo progresivamente, primero la de 8 y ya la de 20. Creo que ya es hora de que se tengan ambas, ya que el convenio se publicó en 2007.
Me consta que en 2010 ha habido unos cuantos requerimientos de la Inspección exigiendo a las empresas toda la formación del convenio (2º ciclo, directivos, etc.).
Pues nada, siguiendo en la misma línea de otro post, como la realidad se impone y la cosa esta muy malica, por la misma regla de tres, que los trabajadores se traigan el arnes y el casco de casa, y las herramientas de trabajo, y ya puestos que se compren ellos las protecciones colectivas si quieren anteponerlas a las individuales, la empresa a facturar, no vaya a ser que no se pueda permitir un BMW el jefe.
Lo que hay que oir.
Una cosa es que se levante la mano y otra cosa muy distinta que no se exigible.
Creo que este tema de la formación ya está tratado pero voy a ver si soy capaz de subir a los descargables la nota informativa de la Inspección que dice que la formación de convenio cumple con el Art. 19 de la Ley de PRL y que se debe de ampliar con formación expresa de riesgos más específicos que los genéricos de la actividad.
En cuanto a la formación en sábados, la aplicación de la FLC permite comunicar cursos en sábados porque tiene que cumplir con el criterio de tripartita, que también permite dar la formación esee día (y en domingo). Tener en cuenta que si te vas a bonificar la formación lo tienes que hacer según criterio de tripartita. Quizás el problema sea que esta aplicación si deja…Es que hay que ser cazurros, porque la empresa puede deducirse el coste de esas horas de su crédito de formación, leñe!!!
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
A veces leo los foros y pienso que no vivo en España.
No sé si os dais cuenta de cómo está todo, pero yo principalmente hago cursos los viernes por la tarde, sábados por la mañana y hasta algún domingo, de gente que si no los hacen los echan de las obras.
También se me da el caso contrario, de gente que ha encontrado trabajo, pero que le exigen antes de entrar la formación de 8 horas, y si no la tienes, pues otro que la tenga.
Y si entre tanto tienes que esperar a que alguna entidad realice un curso dígase la FLC, UGT o CCOO, igual se pega el trabajador 2 meses para poder trabajar, ¡¡¡¡en un país con casi 5 millones de parados!!! Para flipar…
Saludos. -
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