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  • #19991 Agradecimientos: 0
    osquitar10
    Participante
    1
    agosto 2003


    ¿Serían válidos los certificados de formación de los trabajadores de una empresa portuguesa que va a trabajar en España emitidos por una empresa formadora portuguesa?

    #181862 Agradecimientos: 0
    mvarilla
    Participante
    0
    octubre 2005


    Debería de estar acreditada en España, para que esa formación fuera válida, entiendo modestamente.

    #181863 Agradecimientos: 0
    Roger Sanz
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Como te ha marcado el compañero, evidentemente debería estar acreditada. No obstante una forma de hacerlo es solicitar a algun empresa de formación española que acredite dichos cursos de formación o que modifique para poder acreditarlos.

    Si tienes dudas

    Un saludo,

    #181864 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Yo pienso que sí, por lo de la libre circulación de los ciudadanos en paises miembros de la UE. Y con que cumpliese los requisitos en Portugal sería, en principio suficiente, ya que todos los países miembros tenemos la “misma” legislación comunitaria sólo que traspuesta (traducida) a nuestras singularidades.
    De todas formas como saldrá de dudas es preguntándoselo a la Inspección de Trabajo y que le indique su “criterio”, que suele ser bastante variado y peculiar…

    #181865 Agradecimientos: 0
    carlos mar
    Participante
    0
    febrero 2006


    En mi opinión, deberían aparecer en el certificado el nº de horas impartidas y la fecha, temario, identificación del trabajador y del formador-entidad y sus firmas.
    Después de comprobar esto, tú le darás la validez que consideres, respecto al trabajo que vayan a realizar.
    Pero en un caso extremo, creo que podría no resultar válido ni así, porque la entidad formadora y el formador deberían cumplir los mismos requisitos que los establecidos aquí (cosa que dudo en los portugueses, por los certificados que normalmente me entregan).
    Ojo, te aclaro que de este último párrafo no estoy muy seguro, simplemente me baso en que cualquier trabajador y empresa en nuestro país tiene que cumplir toda su legislación de PRL. Pero si me viene un super soldador alemán… ¿voy a dudar de su formación? Por esto no estoy seguro.
    Un saludo.

    #181866 Agradecimientos: 0
    kinino
    Participante
    0
    octubre 2001


    Yo la aceptaria desde luego, se supone que en portugal tambien tienen sus propias leyes de Prevencion que no son otra cosa que transposiciones de las directivas europeas, entonces la libre circulacion de trabajadores se encontraría con un obstaculo.
    Otra cosa es que se le de una charla informativa a dichos trabajadores sobre las condiciones que se dan en el tajo.
    Pero vamos un riesgos electrico es igual aqui que en Portugal .

    #181867 Agradecimientos: 0
    Rodriguezr
    Participante
    0
    enero 2011


    toda la formación o capacitación que se imparte a los trabajadores en materia de seguridad es válida los conocimientos son universales lo que si deberías revisar es cual normatividad es más estricta y en su caso aplicarla haciendo referencia que se cumple y en su caso excede con la normatividad y disposiciones en materia de seguridad para el país en donde se va a efectuar la actividad

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