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  • #60002 Agradecimientos: 0
    muer-d
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    octubre 2007

    Iniciado

    ¿Lo incluis como trabajador atendiendo a que es un trabajador en situación irregular? ¿o como es autónomo o descartáis como trabajador hasta que el empresario regularice su situación?
    ¿que hacéis cuando al hacer una toma de datos veis trabajadores sin contrato o falsos autónomos?
    gracias

    #336428 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Yo absolutamente nada. A lo más que llego es a advertir que la situación irregular de los trabajadores conlleva cuando menos, sanciones . Es un tema de RRRHH.

    Si la empresa te dice que son trabajadores y no te lo crees ¿le vas a pedir el contrato o los TCs? Los técnicos hacemos el trabajo sobre los datos que nos da la empresa.

    Saludos.

    #336429 Agradecimientos: 0
    muer-d
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    12
    octubre 2007

    Iniciado

    gracias
    paso de incluirlos en evaluación, hasta que los regularice tanto sin contrato como los que son autonomos falsos

    #336430 Agradecimientos: 0
    William T. Fine
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    noviembre 2006


    Pues yo en estas situaciones, digo: “un segundo, tengo que coger unas cosas del coche”.

    Salgo y cojo mis lentillas azules, me echo agua oxigenada por el pelo y me pongo una chapita con mi nombre y apellido acabado en –son.
    Vamos… que procuro hacerme el sueco.

    #336431 Agradecimientos: 0
    Batalleta
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    10
    15
    julio 2007

    Iniciado

    No entiendo las empresas que tienen prevención y trabajadores en B.
    Yo para eso no tendría nada de nada, ¿total para que ir por la vida a medias de legal o ilegal? o se es de una cosa o de otra.
    No me veo diciendo al empresario: “Ponte las gafas de seguridad” y el otro diciéndole “pues cabrón hazme un contrato!!”

    #336432 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Pues este es un tema mu delicado, que yo creo no deja exento de responsabilidad al tecnico de prevención.

    Un “falso autonomo” lo es hasta que deja de serlo, y mira por donde si tiene un accidente de trabajo en la empresa tanto si es falso autonomo, como si carace de contrato de trabajo, como si no fgura en los tc o está de alta, pasa automaticamente a considerarse trabajador por cuenta ajena, en situación de “alta de pleno derecho” (vease LGSS) tendrá derecho “inmediato” a las prestaciones de la seguridad social que le corresponden como trabajador por cuenta ajena y al empresario le caerá una somanta de sanciones, gastos y pago de indemenizaciones.

    Por tanto, ante tal sitación se abrirá una investigación y como ¿justificas que un tecnico de prevención evaluando el riesgo del personal no haya visto al sujeto? Con lo cual además se podrá sancionar por falta de “evaluación de riesgo del puesto de trabajo del sujeto”, hecho que alguien (empresario o inspector) no dudará en conectar con el accidente.

    Por otro lado incluirlo en la evaluación de riesgos es encararte con el empresario, porque permitir dicha inclusión es permitir la existencia, no presunta sino directa, de la relación laboral del trabajador con el empresario.

    Y por último una pregunta reflexión, ¿si conociendo el hecho, omites evaluar el puesto de dicho sujeto, que como técnico te consta trabaja en la empresa, ¿no te hace “complice o encubridor necesario? (ello en caso de que la cosa se destape vía accidente de trabajo.

    Piensalo.

    #336433 Agradecimientos: 0
    William T. Fine
    Participante
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    noviembre 2006


    Dices: “como ¿justificas que un tecnico de prevención evaluando el riesgo del personal no haya visto al sujeto? Con lo cual además se podrá sancionar por falta de “evaluación de riesgo del puesto de trabajo del sujeto”, hecho que alguien (empresario o inspector) no dudará en conectar con el accidente”.

    Yo ahí no coincido mucho, insinúas que por ejemplo, en un trabajo a turnos, ¿debo ir a visitar a los trabajadores del turno de noche? (que hacen exactamente lo mismo que los de día).

    Hay casos que por mucho que queramos no son razonables ni lógicos. Si me sanciona un inspector por eso, pues que lo haga, creo que eso no implica que yo haya hecho mal mi trabajo.

    Un saludo Carloss

    #336434 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Bueno no sé cómo son tus evaluaciones, pero a nosostros nos es exigible evaluar:
    1.- Todos los puestos de trabajo.
    2.- Poner lo nombres y apellidos de todos los trabajadores evaluados.
    3.- Considerar las características personales de los trabajadores y abrirles ficha (no solo al personal especialmente sensible).

    Tu me perdonarás pero si hay turnos de noche mucho me temo que evaluando tendrás que “doblar” tu jornada y verificar el personal turno por turno. Si bien esto último solo es mi opinión.

    Saludos.

    #336435 Agradecimientos: 0
    William T. Fine
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    noviembre 2006


    Coincido con la idea y el protocolo de trabajo que empleas,de hecho es practicamente identico, pero siendo sinceros aún no he evaluado el puesto de trabajo de “Fulano de tal” sino un puesto de trabajo en el cual constan todos estos señores/as.
    (Quitando los casos evidentes de especialmente sensibles, en los cuales si se personaliza).

    #336436 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Yo te puedo contestar según mi experiencia.

    No, no omito evaluar ningún puesto. Yo evalúo los puestos de trabajo que me dicen que evalúe. Si el trabajador tiene contrato o es un holograma, me la suda. Si son varios trabajadores que realizan la misma tarea, por ejemplo camioneros, no voy persiguiendo uno a uno para “omitirlo o evaluarlo” según esté o no de alta.

    ¿Cómo justifica el técnico que un trabajador accidentado no estaba dado de alta? Pues de la misma manera que tiene que justificar que la mujer del empresario se pinta las uñas de los pies.

    Hay que tener en cuenta que pueden estar evaluados todos los puestos de trabajo y unos meses después, no quedar ninguno de los trabajadores que estaban originalmente. ¿El técnico de prevención tiene que volver a realizar otra evaluación? Pues eso.

    #336437 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Sí,si (como dice Rajoy) si no digo que no. Se evaluan puestos de trabajo, eso está claro. Se traba de “evaluación de riesgos de los puestos de trabajo de la empresa tal” Pero es que por ley (no me preguntes ahora cual, en el “contenido de la evaluación” se deben hacer constar nombres y apellidos de los trabajadores que ocupen esos puestos en el momento de la evaluación.

    Y efectivamente no es el tecnico quien tiene que justificar si tal o cual trabajador está dado de alta o no, eso le corresponde al empresario. Pero le reultará dificil si existe un documento “oficial” como es la evaluación de riesgo que dice que fulano trabaja o trabajaba aqui en tal fecha.

    Osea la pregunta es ¿incluis la relación de nombres y apellidos de los trabajadores que ocupan los puestos de trabajo evaluados?

    #336438 Agradecimientos: 0
    Runpro
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    febrero 2005


    Pues sí, te pregunto.Sería bueno que nos dijeses en qué normativa se exige el nombre de cada trabajador en la evaluacíón de riesgos.

    Otra cosa es que algún inspector de trabajo lo pida, que doy fe de ello. Pero en este país si fuese obligatorio por ley evaluar a cada trabajador e identificarlo…con la precariedad y la movilidad laboral que existe…

    Vamos, que los técnicos de prevención haríamos el trabajo de los IT…(glup, ya se me ha escapado y he dado pistas).

    #336439 Agradecimientos: 0
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Además, si ya decía yo que me sonaba, lo “exige” el 5 del RSP

    Artículo 5. Procedimiento.

    1. A partir de la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajadores, se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuestos a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración, según los conocimientos técnicos existentes, o consensuados con los trabajadores, de manera que se pueda llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar o de controlar y reducir el riesgo.

    Vamos que sí, que tenemos que poner el nombre del currante y es lógico sino como acreditar daños latentes o enfermedades profesionales de determinado trabajadores si no figuran de forma fehaciente en el evaluación de riesgos.

    No obstante no pretendo polemizar, sino intercambiar enfoques y prácticas que todos hacemos más o menos a nuestro criterio y buen hacer y que en nada restan eficacia a una buena evaluación del riesgo.

    Saludos

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    #336440 Agradecimientos: 0
    Runpro
    Participante
    0
    febrero 2005


    Pues en cuanto a acreditar los daños latentes y enfermedades profesionales ya está el certificado de aptitud mediante el reconocimiento médico.

    En cualquier caso, la práctica que vengo llevando a cabo y la que, ay, seguiré utilizando mientras los inspectores de trabajo sigan mirando para otro lado, es la de evaluar puestos de trabajo y la de anotar los nombres que el empresario tenga a bien darme.

    En la zona donde trabajo no hay una sola empresa que mantenga el 50% de sus trabajadores durante un año. Imagínate los costes en prevención que tendría una empresa a la que cada dos por tres les tiene que visitar el técnico para evaluar a los nuesvos trabajadores…

    Seguro que algún día me darán un nombre tipo Donald Trump o Galileo Galilei y lo plantaré en la evaluación como si tal cosa. Los riesgos de la masificación preventiva…

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