Tabla 1. Agentes extintores y su adecuación a las distintas clases de fuego según el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. (R.D. 1942/1993. BOE 14.12.1993)
AGENTE EXTINTOR CLASE DE FUEGO (UNE-EN2 1994)
A
(Sólidos) B
(Líquidos) C
(Gases) D
(Metales especiales)
Agua pulverizada OOO (2)
O
Agua a chorro OO (2)
Polvo BC (convencional) OOO OO
Polvo ABC (polivalente) OO OO OO
Polvo específico metales OO
Espuma física OO (2)
OO
Anhídrido carbónico O (1)
O
Hidrocarburos halogenados O (1)
OO
Siendo: OOO Muy adecuado / OO Adecuado / O Aceptable
Notas:
1. En fuegos poco profundos (profundidad inferior a 5 mm) puede asignarse OO.
2. En presencia de corriente eléctrica no son aceptables como agentes extintores el agua a chorro ni la espuma; el resto de los agentes extintores podrán utilizarse en aquellos extintores que superen el ensayo dieléctrico normalizado en UNE-23.110.