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  • #8168 Agradecimientos: 0
    sara_maiden
    Participante
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    noviembre 2007


    Buenas tardes, quería pediros consejo sobre el tema de los extintores en mi empresa.

    Según tengo entendido, por m2 de la oficina debemos tener dos extintores de polvo polivalente obligatoriamente, pero es recomendable tener otro extintor de CO2, pues es una oficina con equipos informáticos y el polvo podría dañarlos,corregirme si me equivoco. Se lo he comentado al Director de la empresa, pero me dice que como no es obligatorio que no lo va a poner, es su obligación poner un extintor de CO2 o puesto que no es obligatorio se puede negar, auque le asesoremos que es recomendable?

    #121868 Agradecimientos: 0
    R. G. C.
    Participante
    0
    junio 2003


    Tienes la opción de que uno de los dos que colocas sea de CO2, entiendase cambiar uno de los de polvo, por el de CO2; El director puede mantener su posición, si acepta el riesgo que si se presenta un conato de incendio sea apagado, pero deteriorando completamente los equipos de computo. Donde no lo recomendaría y me mantendría en que se colocara un sistema de CO2, sería en el “servidor de la compañía”.

    #121869 Agradecimientos: 0
    akguirao
    Participante
    2
    marzo 2006


    Planteaselo como una cuestión de coste beneficio.
    Un extintor extra de CO2 supone un coste anual de entre 30 y 60 € dependiendo del mantenedor y tipo de extintor (yo recomendaría uno de 3 Kg, no más).
    En caso de que se incendie un equipo informático (muy poco probable) el coste de la reparación del equipo podría variar entre 170 € (coste de un monitor nuevo) y 1000 € (Coste de un equipo completo de gama baja).
    El coste de los datos y del software se pierde te pongas como te pongas.
    A partir de estos datos te sale que con lo que te ahorras en el extintor cada cinco años podrías comprar un equipo informático nuevo. No sale un cálculo muy a favor del extintor extra.
    Podrías plantear los daños colaterales, puesto que la “rociada” del extintor de polvo seguramente alcance a otros equipos informáticos, impresora, enchufes,… Con lo cual los daños en equipamiento se podrían multiplicar por dos o por tres. Pero sobre todo, y ahí está la clave, los daños en cuanto a datos y software podrían incrementarse bastante, puesto que podrías perder los de varios equipos.
    Recuperar un equipo puede suponer medio día de trabajo, dos equipos, un día de trabajo (más coste del equipo nuevo más coste del técnico), todo esto es más o manos medible. Lo que es más dificil de medir, es el coste de perder esos datos. Pueden ser datos precisos para el trabajo, archivos de información más o menos utiles o importantes, proyectos almacenados… es más dificil de valorar económicamente, pero seguro que eso no lo tiene asegurado, mientras que lo otro puede que si (y si no, quel o valla asegurando).
    Deberíamos de ser capaces de hacer además del análisis técnico, un somero analisis económico, empresarial… de los elementos preventivos.

    #121870 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Planteate también si el extintor de CO2 realmente será efectivo a efecto “global”. A parte de los equipos informáticos, hay que tener en cuenta el tipo de la oficina (si tiene ventilación suficiente o es un lugar más bien tirando a mazmorra, porque entonces no es muy recomendable usar el de CO2, si no queréis tener un problema con la falta de aire).

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #121871 Agradecimientos: 0
    fernando_prev
    Participante
    0
    noviembre 2007


    De acuerdo al decreto 594 la superficie maxima que debe cubrir un extintor con un potencial minimo de extincion de 4A es de 150 mts. cuadrados y no debe superar una distancia maxima de traslado de este a 9mts.

    Superficie maxima 225mts. potencial de extincion 6A como minimo. distancia de traslado 11mts.

    y asi sucesivamente solo tienes que revisar el decreto 594.

    #121872 Agradecimientos: 0
    Aguadulce
    Participante
    0
    febrero 2003


    En España NO es de aplicación logicamente este decreto.

    #121873 Agradecimientos: 0
    arael
    Participante
    0
    septiembre 2007


    vendele la idea por el lado de la limpieza y del riesgo que sufre el equipo si se ensucia y recuerda el co2 ya va de salida

    #121874 Agradecimientos: 0
    ALEJO21
    Participante
    0
    noviembre 2007


    Cosulta la NFPA 10 ahí encontraras la normativa sobre la ubicación de los extintores

    #121875 Agradecimientos: 0
    suzitan
    Participante
    0
    septiembre 2005


    hola, te recomiendo dejar constancia de lo que le recomiendas asi si resulta obligatorio el uso de co2 en tu pais, tu ya se lo advertiste y tienes los registros.

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