@elenarojo2 wrote:
Buenos días
Quería saber el tratamiento, en cuanto a PRL, que se les da a los trabajadores expatriados. ¿Se rigen por la normativa española, por la del país en el que estén, o por ambas? Los reconocimientos médicos, formación, información, investigación de accidentes…se les proporciona desde España o no? Gracias.
Introduce en San Google esto y leete sobre todo a partir del punto 45 en adelante me parece que te aclara, o no……., tu pregunta:
LA PROTECCION TRANSNACIONAL DE LOS DERECHOS
LABORALES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD: UNA ASIMETRIA COMUNITARIA Y SUS REMIENDOS INSTITUCIONALES
María Gema Quintero Lima
Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Carlos III de Madrid